BONIFICACIÓN PARA TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA O AUTÓNOMOS POR CONCILIACIÓN DE LA VIDA PROFESIONAL Y FAMILIAR VINCULADA A LA CONTRATACIÓN

Estimado cliente:
Con fecha 29 de julio de 2015, se publicó en el BOE la Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, por la que se entre otras novedades, cabe destacar la modificación del Estatuto del Trabajo Autónomo añadiendo un nuevo artículo al mismo (art.30): Bonificación por conciliación de la vida profesional y familiar vinculada a la contratación, con entrada en vigor el 30 de julio de 2015.
A continuación se detalla los puntos más importantes de este nuevo artículo:
  • Los trabajadores incluidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (en adelante RETA) tendrán derecho, por un plazo de hasta doce meses, a una bonificación del 100% de la cuota de autónomos por contingencias comunes, que resulte de aplicar a la base media que tuviera el trabajador en los doce meses anteriores a la fecha en la que se acoja a esta medida, el tipo mínimo de cotización vigente en cada momento establecido en el citado Régimen Especial en los siguientes supuestos:
a. Por cuidado de menores de 7 años que tengan a su cargo.
b. Por tener a su cargo un familiar, por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, en situación de dependencia, debidamente acreditada.
c. Por tener a su cargo un familiar, por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, con parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33% o una discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65%, cuando dicha discapacidad esté debidamente acreditada, siempre que dicho familiar no desempeñe una actividad retribuida.

En el caso de que el trabajador lleve menos de 12 meses de alta en el RETA, la base media de cotización se calculará desde la fecha de alta.

  • La aplicación de la bonificación estará condicionada:
a. Permanencia en alta RETA y a la contratación de un trabajador en el régimen general, a tiempocompleto o parcial, en este último caso no podrá celebrarse por una jornada laboral inferior al 50 % y la bonificación prevista para el RETA será del 50 %.
b. La contratación deberá mantenerse durante todo el periodo de su disfrute. En todo caso, la duración deberá ser, al menos, de 3 meses desde la fecha de inicio del disfrute de la bonificación.
c. Dicho trabajador contratado será ocupado en la actividad profesional que da lugar al alta en elRETA. 
d. Cuando se extinga la relación laboral, incluso durante el periodo inicial de 3 meses, el trabajador autónomo podrá beneficiarse de la bonificación si contrata a otro trabajador por cuenta ajena en el plazo máximo de 30 días.
  • En caso de incumplimiento de lo previsto en el apartado anterior, el trabajador autónomo estará obligado a reintegrar el importe de la bonificación disfrutada,excepto cuando la extinción esté motivada por causas objetivas o por despido disciplinario cuando una u otro sea declarado o reconocido como procedente, ni en los supuestos de extinción causada por dimisión, muerte, jubilación o incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez del trabajador o por resolución durante el periodo de prueba.
En caso de que el menor que dio lugar a la bonificación prevista en este artículo alcanzase la edad de 7 años con anterioridad a la finalización del disfrute de la bonificación, esta se podrá mantener hasta alcanzar el periodo máximo de 12 meses previsto, siempre que se cumplan el resto de condiciones.
En todo caso, el trabajador autónomo que se beneficie de la bonificación prevista en este artículodeberá mantenerse en alta en la Seguridad Social durante los seis meses siguientes al vencimiento del plazo de disfrute de la misma. En caso reintegrará el importe de la bonificación disfrutada.
  • Solo tendrán derecho a la bonificación los trabajadores autónomos que carezcan de trabajadores asalariados en la fecha de inicio de la aplicación de labonificación y durante los doce meses anteriores a la misma.
  • Los beneficiarios de la bonificación tendrán derecho a su disfrute una vez por cada uno de los sujetos causantes.
  • La medida prevista en este artículo será compatible con el resto de incentivos a la contratación por cuenta ajena, conforme a la normativa vigente.
Póngase en contacto con su asesor laboral para cualquier aclaración.

Noticiario Nº 29 – 24 de julio de 2015

Internet va cada día un poco más lento.

Si entras en una página web cualquiera y sientes que su carga es lenta, puede ser que no sea cosa de tu conexión a Internet.

La carga de las páginas web tarda más en realizarse debido al aumento progresivo del peso de las mismas. Desde una mayor cantidad de fotos, vídeos o texto, y pasando por un aumento de los enlaces o ‘plug-ins’. Además, los ‘codecs’ van siendo cada vez más complejos y necesitando más requisitos, a lo que hay que sumar también que muchas webs añaden complementos o herramientas de terceros para analizar el comportamiento de los visitantes. Las diferentes versiones de una misma web para los diferentes dispositivos también influye en el peso.

 

La Agencia Tributaria ha aflorado en tres años unos 775 millones de euros defraudados.

A través de programas informáticos de doble uso, que permiten llevar una contabilidad b y rebajar la facturación oficial.

Las empresas que los usan son de tamaño mediano, cadenas de restaurantes, textil, o repuestos de automóviles que tienen un importante volumen de pagos en metálico. La Agencia ha impulsado las técnicas de auditoría informática que permiten destapar este tipo de fraudes. Además, proporcionan indicios —por ejemplo rentabilidades muy bajas en un negocio— para destapar otros fraudes. Además, entre enero y junio, los expertos informáticos de la Agencia han realizado 1.051 actuaciones, lo que supone un aumento del 63% respecto a las realizadas durante el mismo periodo del año pasado.

 

El número medio de extranjeros afiliados a la Seguridad Social aumenta por quinto mes consecutivo.

En junio se han sumado 4.882 personas, un 0,29 % más. Respecto al año pasado, el número de ocupados avanza un 3,63 %, el equivalente a 58.421 afiliados más.

Se trata del primer aumento de trabajadores procedentes de otros países desde 2008. Del total de trabajadores extranjeros que cotizan en el Sistema, los grupos más numerosos proceden de Rumania (298.424), Marruecos (202.992), China (93.612) e Italia (75.746).

 

El plan de lucha contra el fraude ha aflorado 288.000 empleos irregulares desde su puesta en marcha en 2012.

Éste se ha realizado a través de 725.000 inspecciones.

La ministra de Empleo y Seguridad Social ha señalado que desde 2012 se han anulado 113.000 altas ficticias a la Seguridad Social y ha explicado que el impacto económico de las medidas y actuaciones llevadas a cabo por la Inspección de Trabajo durante el periodo 2012-2014 y lo transcurrido de 2015 alcanza los 12.822 millones de euros.

Noticiario Nº 28 – 16 de julio de 2015

La AEAT podrá ceder datos fiscales de los contribuyentes si sirven para localizar bienes embargados o decomisados en un proceso penal.

Supone una nueva excepción a la regla general de reserva que se establece en la Ley General Tributaria (LGT).

El PP ha registrado en el Congreso una enmienda a la modificación de dicha normativa para ampliar los supuestos. Por otra parte, se añade una apartado nuevo a la Ley General Tributaria para trasponer la directiva de cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad, que prevé la obligación de las instituciones financieras de identificar la residencia de quienes tengan la titularidad o controlen determinadas cuentas financieras, y de trasladar dicha información a la Administración tributaria.

 

La Comisión de Hacienda del Congreso ha aprobado la reforma de la Ley General Tributaria.

Además del proyecto de ley que permitirá publicar el listado de morosos y defraudadores de la Hacienda pública.

La Ley General Tributaria pasará ahora directamente al Senado para continuar con su tramitación, mientras que el proyecto de ley de publicación de sentencias fiscales, al tener carácter orgánico, deberá ser debatida de nuevo por el Pleno del Congreso, lo que sucederá este mismo jueves. Posteriormente, se remitirá a la Cámara Alta.

Las previsiones de Asempleo y AFI apuntan a la estabilización de la población activa.

La mejora de la situación macroeconómica reducirá el efecto desánimo entre la población.

El número de ocupados aumentará en 516.000 personas en el segundo trimestre y la tasa de paro se reducirá 1,8 puntos, hasta el 22%, según las previsiones para la próxima Encuesta de Población Activa (EPA), que se publicará el próximo 23 de julio. La tasa interanual de la ocupación para el próximo mes de julio alcanzará el 3,6%, y se estabilizará en estos niveles e incluso ligeramente por debajo en los meses posteriores.

 

El gobierno aprueba medidas en materia energética.

El Real Decreto Ley de medidas urgentes para reducir la carga tributaria soportada por los contribuyentes del IRPF y otras medidas de carácter económico, incluye tres medidas relacionadas con el sector energético.

Reduce la parte regulada del recibo eléctrico. Se aplicará, en el período agosto-diciembre, una bajada media de la factura eléctrica para los consumidores del 2,1 por 100, que será del 2’2 por 100 para los consumidores domésticos. Introduce, en materia de autoconsumo eléctrico, una modificación de la Ley del Sector Eléctrico a fin de disminuir la carga para los pequeños consumidores que decidan autoconsumir. Por último, se ha reforzado la protección social a los trabajadores del sector de la minería, anticipando, con carácter voluntario, el acceso a su prejubilación de aquellos que tuviesen previsto prejubilarse antes del 31 de diciembre de 2018.

 

Noticiario Nº 27 – 9 de julio de 2015

El Gobierno adelanta al 1 de julio la segunda parte de la rebaja del IRPF que estaba prevista para enero de 2016.

Supondrá un ingreso adicional para los contribuyentes de unos 1.500 millones de euros este año y se verá aplicado sobre las nóminas con efecto de 1 de julio.

Es decir, todos los trabajadores notarán en su nómina una rebaja de retenciones igual que la que experimentaron en enero de este año, ha señalado. Rajoy también ha avanzado que se extenderá el tipo de retención del 15% en el IRPF a todos los profesionales (hasta ahora solo se aplicaba a aquellos con rendimientos inferiores a 15.000 euros).

 

La AEAT ingresó en el primer semestre 6.500 millones € por las acciones de lucha contra el fraude.

Constituye el mejor arranque de un ejercicio de la historia tras incrementarse la recaudación un 20% respecto del mismo periodo del año pasado.

Así lo ha avanzado el ministro de Hacienda, durante su defensa de los proyectos de ley de Reforma de la Ley General Tributaria y de Publicación de las sentencias fiscales ante el Pleno del Congreso.

 

El número de procesos concursales registrados en el segundo trimestre de 2015 muestra un descenso en el ritmo de caída desde 2013.

Se han producido 1.182 casos, lo que supone un descenso del 4,2% respecto al trimestre anterior, según se desprende de los datos recogidos por Crédito y Caución.

En el acumulado anual de 2015, se han registrado 4.000 procesos concursales. Aún así, el entorno de insolvencia se mantiene «frágil y complicado», según expertos de Crédito y Caución, marcado por el exceso de capacidad, la inactividad de la economía y la incertidumbre del entorno exterior.

 

No se alcanzará una tasa de paro cercana al 17% antes de 2023.

Aunque se intensifique la creación de empleo experimentada en los últimos tres trimestres de 2014, según ha advertido la asociación de agencias privadas de empleo, Asempleo.

Por este motivo y ante las necesidades específicas de determinados colectivos en riesgo de exclusión (parados de larga duración y jóvenes y mayores de 45 años en desempleo), la patronal reclama un cambio en el modelo de colaboración público-privada a fin de disponer de un instrumento eficaz en la lucha contra el paro.

BAJAN LOS PORCENTAJES DE RETENCIÓN EN EL IRPF

Estimado cliente:

Con la aprobación del RD-Ley 9/2015, de 10 de julio, de medidas urgentes para reducir la carga tributaria soportada por los contribuyentes del IRPF(publicado en el BOE de 11 de julio), se modifican a la baja los TIPOS DE RETENCIÓN aplicables a partir del 1 de enero de 2015. Dado que la entrada en vigor es el 12 de julio, supondrá:

  • La aplicación de las nuevas tarifas aprobadas sobre la renta general y la renta del ahorro durante todo el año 2015.
  • La regularización de las retenciones practicadas sobre las rentas del trabajosatisfechos a partir del 12 de julio de 2015 (si bien la regularización podrá realizarse a opción del pagador, en los primeros rendimientos del trabajo satisfechos o abonados a partir de 1 de agosto).
  • La aplicación de los nuevos porcentajes de retención sobre las rentas abonadas a autónomos, alquiler de inmuebles,etc a partir del 12 de julio de 2015.

 I.- RENDIMIENTOS DEL TRABAJO:

La nueva escala de retención supone una bajada de los tipos del IRPF por cada tramo, en base a la siguiente tabla.

TIPO DE RETENCIÓN 

BASE DEL REND. TRABAJO PARA CALCULAR EL TIPO DE RETENCIÓN

2015

Hasta 11 de Julio

2015 RDL

Desde 12 de julio o 1 de agosto (a elección del pagador)

Hasta 12.450 €

20%

19,50%

12.450 – 20.200 €

25%

24,50%

20.200 – 34.000 €

31%

30,50%

34.000- 60.000 €

39%

38,00%

– 60.000 € en adelante

47%

46,00%

 II.- RENDIMIENTOS DEL AHORRO:

Se modifican a la baja los tipos de retención de la escala del ahorro con efectos desde el 1 de enero de 2015:

TRIBUTACIÓN BASE LIQUIDABLE DEL AHORRO

 IRPF 2014

 IRPF 2015

– hasta los 6.000 euros

21%

19,5%

– desde los 6.000 euros hasta los 24.000 euros

25%

21,5%

desde los 24.000 euros hasta los 50.000 euros

27%

21,5 %

– a partir de los 50.000 euros

27%

23,5%

III.- TABLA DE PORCENTAJES DE RETENCIÓN:

En la siguiente tabla se recogen los tipos de retención e ingresos a cuenta más habituales, en función del tipo de renta, y desde qué fecha operan:                                                                                   

TIPO DE REND. SATISFECHO O ABONADO/ OBLIGACIÓN DE RETENER

HASTA EL 11 DE JULIO

DESDE EL 12 DE JULIO

 

Actividad profesional: Con carácter general

19%

15%

 

Actividad profesional: Inicio de actividad (1º ejercicio y los 2 años siguientes).

9%

7%

 

Actividad profesional: Cuando del volumen de rendimientos íntegros del ejercicio anterior sea inferior 15.000 euros anuales y representen más del 75% de la suma sus Rend.Integros Activ.Económicas y Rend.Integros de Trabajo.

15%

15%

 

Actividad económica: Determinadas actividades empresariales en régimen de estimación objetiva del IRPF (módulos): entre otros, transporte mercancías, servicios mudanza, carpintería, pintura, etc.

1%

1%

 

Ganancias patrimoniales derivadas de venta de acciones y participaciones sujetas a retención

20%

19,5%

 

Rendimientos de  arrendamientos y subarrendamientos de inmuebles urbanos: Con carácter general.

20%

19,5%

 

Rendimientos del capital mobiliario: Con carácter general (entre otros, intereses, dividendos, ganancias patrimoniales).

20%

19,5%

Rendimientos del trabajo: Administradores -personas físicas: Con carácter general.

37%

37%

 

Rendimientos del trabajo: Administradores- personas físicas: Cuando los rendimientos procedan de entidades con un importe neto de cifra de negocios inferior a 100.000 euros anuales.

20%

19,5%

 

Rendimientos del trabajo: Derivados de impartircursos, conferencias, coloquios y seminarios.

19%

15%

Revise que en las facturas recibidas y emitidas por servicios prestados a partir de 12 de julio de 2015 y sujetos a retención (de profesionales, por el alquiler de inmueble, etc) se aplica el nuevo tipo de retención que le corresponde de acuerdo con las tablas adjuntas.

Para cualquier duda o aclaración que precise, no dude en ponerse en contacto con su asesor.

Noticiario Nº 26 – 2 de julio de 2015

Hacienda rebaja la tributación del despido a los directivos.

Su despido tributaba en su totalidad y puede aplicarse a las indemnizaciones de los últimos cuatro años no prescritos.

Cambio revolucionario en las indemnizaciones a directivos. El despido ordinario de los directivos no tributará a partir de ahora. Así lo establece una consulta vinculante de Hacienda, que modifica el criterio existente hasta ahora, esto es, que el despido del directivo tributa en su totalidad. La consulta puede además tener efecto retroactivo y aplicarse a los despidos de los últimos cuatro años no prescritos, según apuntan fuentes jurídicas consultadas.

 

Empleo concederá subvenciones directas a parados.

Podrán solicitarla quienes necesiten compatibilizar su participación en acciones formativas con el cuidado de hijos menores de seis años o de otros familiares dependientes.

Esta posibilidad quedará recogida en el proyecto de ley de Reforma del sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral gracias a una de las 17 enmiendas que el PP ha registrado en el Congreso. Otro de los cambios que propone el partido que da sustento al Gobierno supondrá dejar en manos de las comunidades autónomas la competencia para acreditar e inscribir entidades de formación para la modalidad de teleformación, que en el texto aprobado originalmente por el Consejo de Ministros recaía en el Servicio Público de Empleo Estatal.

Los ciudadanos de la Unión Europea que viajen fuera de su país no tendrán que pagar ningún recargo por usar el móvil a partir del 15 de junio de 2017.

La Comisión y el Consejo Europeo, bajo la presión del Parlamento, acordaron ayer, y tras años de dura negociación, poner fin al roaming dentro la UE, aunque bajo ciertos límites: estancias cortas en el extranjero y uso responsable.

Hasta esa fecha, se introduce un régimen transitorio por el que las operadoras tendrán que reducir un 75% los actuales recargos en abril de 2016. La medida tiene que ser aún ratificada por los países miembros.

 

La Dirección General de Tráfico difundirá la localización de todos los tramos de las carreteras donde se colocará los radares móviles.

Según ha anunciado la máxima responsable de la institución, ha asegurado que el listado se publicará en su página web.

«Se han definido 1.500 tramos —todos en vías convencionales—, elegidos por la alta accidentalidad que presentan o por detectarse que allí las infracciones de velocidad representan porcentajes superiores a la media», han resaltado fuentes de Tráfico.

Noticiario Nº 25 – 25 de junio de 2015

La CE ha publicado una ‘lista negra’ paneuropea de paraísos fiscales

En ella figuran 30 países o territorios considerados como no cooperativos en materia de lucha contra el fraude y la evasión fiscal.

Cuatro de los paraísos fiscales se encuentran en Europa: Andorra, Mónaco, Liechtenstein y la isla de Guernsey, en el canal de la Mancha, territorio dependiente de Reino Unido. También figura en la lista Panamá. El Ejecutivo comunitario no ha decidido cuáles son los países que figuran en esta lista, sino que se ha limitado a recopilar a los que aparecen en al menos 10 de las listas nacionales de los Estados miembros. Bruselas considera que la actual estrategia «fragmentada» de la UE contra los paraísos fiscales no funciona a la hora de frenar la elusión fiscal por parte de las multinacionales, porque no todos los países tienen una lista negra y no todos los que la tienen adoptan represalias contra los paraísos fiscales incluidos.

 

La Agencia Tributaria advierte de un nuevo intento de fraude tipo ‘phishing’ a través de Internet

El engaño hace referencia a una supuesta devolución y suplanta la imagen de la Agencia Tributaria.

La Agencia Tributaria ha detectado un envío de comunicaciones por correo electrónico en el que suplantando su identidad e imagen y haciendo referencia a un supuesto reembolso, se facilita un enlace para descargar un formulario con el que solicitar dicha devolución. La Agencia Tributaria recuerda que nunca solicita por correo electrónico información confidencial, económica o personal, números de cuenta o números de tarjeta de los contribuyentes.

 

Hacienda retrasará el cierre de datos de la lista de morosos a septiembre

Así lo establecerá una enmienda a la reforma de la Ley General Tributaria que tramita el Congreso, según trasladan fuentes gubernamentales, que explican que la fecha de corte hasta ahora prevista, el 31 de julio, resulta ahora precipitada ya que requiere de diversas preparaciones técnicas y administrativas.

Según ha podido saber este diario, han pesado en el Fisco a la hora de decidir el cambio de fecha las críticas sobre la posible inconstitucionalidad de cerrar los nombres de una lista de morosos cuando todavía no estuviera aprobada la ley. Algunos despachos de abogados han creado una nueva línea de negocio ante la próxima publicación de la lista de morosos: se trata de asesoramiento a ciudadanos y empresas que reúnen un conjunto de deudas con Hacienda superiores a 1 millón de euros para que eviten salir en la lista. Como todavía no está cerrado el listado, los bufetes aconsejan a sus clientes que soliciten aplazamientos o suspensiones a la Agencia Tributaria, con el fin de quedar fuera de los requisitos para salir retratado en la lista.

La Comunidad Valenciana, Extremadura y Aragón incumplen reiteradamente el plazo de pago a proveedores

Estas tres administraciones autonómicas llevan, al menos, ocho meses incumpliendo el tope marcado en la ley de morosidad del sector público, que establece un límite máximo de 60 días desde el suministro de bienes o servicios para abonar las facturas a los proveedores.

La estadística difundida ayer por Hacienda revela que el conjunto de las comunidades redujo en abril, justo antes de las elecciones, el periodo de pago a proveedores por primera vez en lo que va de año. Andalucía, Baleares, Madrid, Cataluña y Murcia tardan en pagar más de 30 días, límite máximo marcado por la ley de morosidad pero están por debajo de los 60 días que establece la ley de control de deuda comercial del sector público.

Claves para reducir la factura de la luz

A partir de 2015 podrás solicitar a tu compañía eléctrica una reducción del 85% en la base imponible del Impuesto sobre la Electricidad que se repercute en tus facturas. Te damos las claves para conocer si puedes acogerte a dicha reducción.
Te recordamos las fechas que en este mes de julio deberás tener en cuenta respecto a las obligaciones legales (tanto fiscales como mercantiles), así como las recomendaciones para que te vayas de vacaciones sin sorpresas por notificaciones de Hacienda.
Y más…
¡El Asesor Informa 3.0 vuelve en septiembre, buen verano!
Asesor Informa Julio