Ayudas a empresas y autónomos afectados por la DANA

por Angela Bello Cardona

La DANA ha causado importantes daños en varias zonas de la Comunidad Valenciana, afectando tanto a empresas, trabajadores y particulares. El Gobierno ha implementado una serie de medidas económicas, fiscales, laborales para apoyar a las empresas y autónomos afectados. Y, desde CE Consulting, queremos contarte en qué consisten.

Manos revisando las ayudas por la DANA para empresas y personas físicas

Medidas fiscales

Aplazamiento de deudas tributarias

Para facilitar la recuperación, las empresas y autónomos afectados pueden solicitar el aplazamiento o fraccionamiento de deudas tributarias. De esta forma, el Ministerio de Hacienda ha suspendido el segundo pago fraccionado del IRPF para 2023 a empresas y autónomos de las zonas afectadas. Aquellos que ya hayan realizado el pago podrán solicitar una devolución rápida a través de la Agencia Tributaria.

También las empresas de la zona no afectadas directamente podrán beneficiarse de esta medida de aplazamientos y moratorias. Se ofrecerán aplazamientos a un tipo de interés reducido del 0,5% durante los próximos cuatro meses, o bien moratorias a un año con interés cero en el pago de cotizaciones sociales.

Se amplían plazos para trámites de declaraciones, requerimientos, alegaciones, recursos y reclamaciones.

Se aplazan pagos para declaraciones como pagos fraccionados impuesto sociedades, IAE.

Y se suspende plazos para segundo pago fraccionado del IRPF para 2023.

IRPF

Se declaran exentas en IRPF las ayudas directas y las ayudas por daños personales provocados por la DANA, con domicilio fiscal, a 28-10-2024, en cualquiera de los municipios o áreas afectadas por la DANA. Esto, siempre que a esa fecha estuvieran dados de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores.

Impuesto de Sociedades

Se declaran exentas en el IS las ayudas directas provocados por la DANA. Debe cumplirse lo mismo que en IRPF. Y que a 28-10-2024 estar dado de alta en el censo de empresarios.

La ayuda para las personas jurídicas se determinará en función del volumen de operaciones del ejercicio 2023, en el marco del IVA, o en su defecto el importe de neto de la cifra de negocios.

IBI

Se establece la exención de la cuota del IBI correspondiente al ejercicio 2024 de bienes inmuebles urbanos, rústicos y de características especiales situados en los municipios afectados.

Impuesto sobre Actividades Económicas

Se establece una reducción en la cuota del IAE de este ejercicio. Aplica a las industrias de cualquier naturaleza, establecimientos mercantiles, marítimo-pesqueros, turísticos y profesionales.

Impuesto de Transmisión de Patrimonio /Impuestos de Actos Jurídicos

Se aprueba una nueva exención en la modalidad AJD aplicable a las escrituras de formalización de las moratorias de préstamos y créditos hipotecarios o sin garantía hipotecaria que se produzcan en aplicación de la suspensión de las obligaciones de pago de intereses y principal para dichos préstamos y créditos. Esto, independientemente de si están o no al corriente de pago, concedidos a los afectados por los daños causados.

Otras moratorias

Las empresas afectadas también podrán beneficiarse de moratorias en la tasa de tramitación de las bajas de los vehículos.

Medidas laborales

Moratorias, ampliación de plazo y aplazamiento de pagos a la SS

Las empresas y autónomos, con domicilio de residencia o actividad en dichas localidades afectadas, siempre que se encuentren al corriente en sus obligaciones con la Seguridad Social y no tuvieran otro aplazamiento en vigor, podrán solicitar aplazamiento en el pago de las cuotas de la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta cuyo devengo tenga lugar entre los meses de octubre de 2024 a enero de 2025.

Flexibilidad en ERTE y bajas laborales

Para proteger el empleo y permitir a las empresas adaptarse a las circunstancias, el Gobierno ha flexibilizado la gestión de Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) por causas de fuerza mayor. Esto significa que las empresas pueden acogerse a un ERTE temporalmente. Gracias a ello, pueden reducir su carga salarial sin recurrir a despidos definitivos. Aplica a todas las empresas y trabajadores que, aunque no están localizadas en los municipios afectados, han visto su actividad severamente dañada por la DANA.

Estas empresas estarán exentas de pagar el 100% de las cotizaciones a la Seguridad Social de sus trabajadores, al menos hasta febrero de 2025.  Este tiempo en ERTE será considerado como plenamente cotizado, asegurando que los trabajadores no vean afectadas sus futuras prestaciones sociales.

Régimen especial de bajas

Se ha creado un régimen especial de incapacidad laboral para las personas trabajadoras afectadas por la DANA. Tendrá la consideración especial de asimilada a accidente de trabajo. La prestación será del 75% de la base reguladora. No se requerirá un período mínimo de cotización.

Prestación por cese de actividad para autónomos

Los autónomos que deban detener o suspender su actividad, por los efectos de la DANA, podrán acceder a una prestación por cese de actividad. Esta corresponde al 70% de su base de cotización. Esta ayuda está disponible incluso si no han alcanzado el periodo mínimo de cotización. Esto no afectará sus prestaciones futuras.

Se aprueba una nueva prestación extraordinaria para los autónomos que les permitirá compatibilizar su actividad durante tres meses con la recepción de una prestación extraordinaria por cese parcial. Esta será equivalente al 50% de su base de cotización.

Permisos y medidas extraordinarias para trabajadores

Entre estas medidas se encuentran:

Ausencias justificadas con derecho a remuneración y no recuperables:

  • Por imposibilidad de acceder al centro de trabajo o realizar la prestación laboral
  • Por labores de traslado, limpieza o acondicionamiento del domicilio habitual
  • Por desaparición de familiares hasta el segundo grado de consanguinidad.
  • Por fallecimiento de familiares.

Adaptación y/o reducción de la jornada

Esto ante deberes de cuidado por circunstancias excepcionales relacionadas con la DANA, con reducción proporcional de su salario.

Obligatoriedad de trabajo a distancia frente a otras medidas de ajuste u organizativa

Esto siempre y cuando el estado de las redes de comunicación lo permitan. A no ser que ello resulte incompatible con la naturaleza de la prestación laboral.

Prohibición de despidos

Se prohíbe el despido de personas trabajadoras de las empresas que hagan uso de las ayudas directas o ERE previstos por la DANA. De producirse el despido, se calificará como nulo y la empresa deberá devolver las ayudas recibidas.

Se garantiza que los ERTE no afecten a la duración máxima de dichos contratos ni a sus periodos de referencia.

Incapacidad temporal extraordinaria para autónomos

Se ha creado una incapacidad temporal extraordinaria para autónomos que sufran daños físicos o psicológicos por este fenómeno. Esta incapacidad se considera accidente de trabajo. Garantiza el 75% del salario desde el primer día de baja.

Permiso climático

Permitirá a trabajadores no acudir al trabajo en caso de catástrofes o alertas climáticas.

Otras medidas y ayudas

Línea de Avales DANA

Se ha creado una línea de avales DANA destinada a empresas y autónomos afectados, con un valor total de 5.000 millones de euros. Esta línea facilitará el acceso al crédito para cubrir daños y recuperar la actividad. El primer tramo aprobado es de 1.000 millones de euros, lo que permitirá comenzar a ofrecer apoyo inmediato.

Se abre otro tramo (240 millones de euros) para el acceso de autónomos y pymes a préstamos al 0% para relanzar su actividad económica.

Línea ICEX

Está dirigida a facilitar la internacionalización de la actividad de empresas damnificadas.

Subvenciones para reparación de infraestructuras

Se han aprobado subvenciones directas para la reparación de instalaciones y maquinaria dañadas. Estas ayudas permitirán a las empresas afectadas recuperar sus infraestructuras y reanudar sus operaciones cuanto antes. La subvención cubre tanto la rehabilitación de espacios físicos como la adquisición de nuevos equipos.

Moratoria en hipotecas y préstamos al consumo

Las pymes que tengan hipotecas o préstamos al consumo cuentan con una moratoria de tres meses en el pago de sus créditos. Esto les permite posponer el pago completo del préstamo. Además, se ofrece la opción de pagar solo los intereses durante los nueve meses posteriores, lo que reduce la carga económica en los primeros meses tras la DANA.

Plan ‘Reinicia Auto’

Ayudará a la renovación del parque automovilístico. Es decir para reponer turismos, furgonetas y camionetas ligeras y también motos. Habrá varias categorías de ayudas:

  • Vehículos
    • Nuevos: 10.000 euros para vehículos electrificados y de 5.000 euros para vehículos de combustión e híbridos.
    • De segunda mano o usados de hasta tres años. Los electrificados tendrán 4.000 euros y los de combustión e híbridos, 2.000 euros.
  • Motos.
    • Nuevas: 2.000 euros para electrificadas y 1.000 euros para las de combustión e híbridas:
    • De segunda mano: 1.000 euros en el caso de que fueran electrificadas y 500 euros en el caso de que fueran de combustión o híbridas.

Se dará una ayuda de 1.000 euros adicionales en situaciones de movilidad reducida.

Plan REINICIA+

  • Ayudas para la reparación de instalaciones, equipos, stock de productos y realizar nuevas inversiones. Beneficiarios: autónomos y empresas del sector de la industria y el turismo.
  • Creación del Fondo de Emprendimiento y de la pyme de ENISA (FEPYME), ofrecerá financiación reembolsable y no reembolsable a las pequeñas y medianas empresas industriales como turísticas. Y una línea específica de financiación del Fondo de Apoyo a la Inversión Industrial Productiva (FAIIP DANA)
  • Creación de una línea extraordinaria de ayudas para la recuperación y ampliación de las capacidades digitales de las empresas turísticas.

Otras ayudas

  • Para explotaciones agrarias dañadas, se ha creado una línea de ayudas directas. Así mismo, hay una línea adicional de créditos ICO Mapa Saeca para agricultores y ganaderos. Y, para reparar infraestructuras agrarias, ha surgido un programa especial que ejecutará Tragsa.
  • Para empresas industriales, se va a flexibilizar las ayudas, plazos de ejecución y condiciones de los proyectos.
  • Para los cines, librerías y entidades culturales que han tenido que cerrar sus puertas se pondrán en marcha dos millones de euros en ayudas directas.
  • El Consorcio de Compensación de Seguros abonará indemnizaciones a empresas y afectados que han perdido sus vehículos.
  • El 19 de noviembre se abre el plazo para pedir una Ayuda directa a empresas y profesionales afectados por la DANA. El importe a recibir es de 5.000 € para personas físicas y de 10.000 a 150.000 para personas jurídicas. La ayuda irá en función del volumen de operaciones del ejercicio 2023. La concesión de esta ayuda quedará condicionada a que el beneficiario siga de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores con fecha 30 de junio de 2025.
  • Nueva línea de préstamos bonificados de 300 millones de euros, para pymes que deseen adquirir tecnología y maquinaria de última generación.

Todas estas medidas aparecen en en Boletín Oficinal del Estado: BOE 7/11/2024 BOE 12/11/2024 

Impuesto a las grandes fortunas

Impuesto a las grandes fortunas: todo sobre este tributo y las últimas novedades

por Marina Simón Rodríguez

A finales del año 2022 se publicó el Impuesto Temporal de Solidaridad a las Grandes Fortunas (ITSGF). Desde CE Consulting te contamos los aspectos más importantes de este impuesto.

personas admirando a otra que debería pagar impuesto de grandes fortunas

¿En qué consiste el nuevo Impuesto a Grandes Fortunas?

El Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas pretende, por un lado, aumentar el esfuerzo fiscal de aquellos contribuyentes con una mayor capacidad económica con el objetivo de poder hacer frente a la crisis inflacionista y energética. Por otra parte, armonizar las distintas Comunidades Autónomas en tema de fiscalidad patrimonial.

Este impuesto es complementario al Impuesto sobre el Patrimonio (IP). Para evitar la doble imposición, los sujetos pasivos del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas solo tributarán por la parte de su patrimonio que no haya sido ya gravado por su Comunidad Autónoma con el IP.

¿Cuándo entró en vigor?

La norma que regula el impuesto entró en vigor el 29 de diciembre de 2022. Es por ello que el Impuesto se devengará el 31 de diciembre de cada año. Afectará al patrimonio neto del cual sea titular el sujeto pasivo en el 31 de diciembre de 2022 y 2023.

La idea era que el impuesto fuera temporal y estuviera vigente únicamente durante dos ejercicios. No obstante, mediante el RD-Ley 8/2023, de 27 de diciembre, se ha prorrogado su aplicación con efectos desde el 2024de forma indefinida. Esto, en tanto no se revise la tributación patrimonial en el contexto de la reforma del sistema de financiación autonómica. Es decir, el impuesto deja de ser temporal. Por tanto, el impuesto sobre Grandes Fortunas (ITSGF) sigue en vigor, con carácter indefinido. Por lo que es recomendable realizar una cuidadosa revisión del patrimonio individual y familiar para minimizar su impacto.

¿A quién le afecta el impuesto a grandes fortunas?

Los sujetos pasivos de este impuesto serán aquellos que están sujetos al Impuesto sobre el Patrimonio (IP). Es decir, las fortunas netas de más de 3 millones de euros. Concretamente, se han establecido distintas cuotas según el total del patrimonio:

Base liquidableHasta eurosCuotaEurosResto Base liquidableHasta eurosTipo aplicablePorcentaje
0,000,003.000.000,000,00
3.000.000,000,002.347.998,031,7
5.347.998,0339.915,975.347.998,032,1
10.695.996,06152.223,93En adelante3,5

Como hemos adelantado anteriormente, la configuración del nuevo Impuesto Temporal de Solidaridad a las Grandes Fortunas coincide con la del IP en la gran mayoría de sus elementos esenciales. Para evitar la doble imposición, la nueva norma permite deducir la cuota del IP satisfecha por el contribuyente de la cuota del nuevo impuesto. Por tanto, ambos impuestos van a coexistir.

La cuota íntegra de este impuesto conjuntamente con las cuotas del IRPF y del IP no puede exceder del 60% para los sujetos pasivos por obligación personal.

¿Qué aspectos ha tenido que aclarar Hacienda?

Ante esta situación de incertidumbre, la Dirección General de Tributos ha aclarado recientemente el alcance de la reforma a través de una consulta vinculante, determinando que no estarán sujetos al impuesto aquellos no residentes que inviertan de forma indirecta en sociedades inmobiliarias cotizadas.  

¿Ha habido ampliación de los sujetos pasivos?

Una de las cuestiones más problemáticas introducidas por la Ley 38/2022 fue la reforma del artículo 5.Uno.b) de la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio. Este artículo delimita los sujetos pasivos del Impuesto sobre el Patrimonio. Y, por consiguiente, también del Impuesto temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas (ITSGF).

Tras la reforma, parece ampliarse el concepto de bienes localizados en territorio español en el ámbito de la obligación real de contribuir. En concreto, la nueva redacción viene a establecer que, si una entidad tuviese una parte significativa de sus activos en bienes inmuebles en territorio español, y sus valores no cotizan en mercados organizados, entonces, las personas físicas no residentes que posean estos valores estarán sujetas al ITPSGF.

La norma no especifica claramente el alcance de la exclusión para los valores negociados en mercados organizados. Tampoco si esta debe entenderse como absoluta, o se aplica únicamente cuando la inversión es directa.

¿Cómo beneficia este cambio a los inversores extranjeros?

No cabe duda de que la resolución de la Dirección General de Tributos aporta certeza a los inversores no residentes sobre su no sujeción al impuesto.

La Dirección General de Tributos lleva a cabo una interpretación a favor del contribuyente, eximiendo así tanto del Impuesto sobre el Patrimonio, como sobre el ITSGF, la inversión indirecta en sociedades inmobiliarias cotizadas.

Mínimo exento de 700.000 €

Además, en el supuesto de obligación personal, la norma establece un mínimo exento de 700.000€. Esto significa que su incidencia efectiva, con carácter general, supone que los residentes españoles con patrimonios inferiores a 3.700.000 euros no deberán tributar por este impuesto.

¿Cómo y cuándo hay que presentar este impuesto?

El plazo de presentación es entre los días 1 y 31 julio del año siguiente a la fecha de devengo del mismo. Así por ejemplo, el Impuesto del año 2023 se debió presentar desde el 1 al 31 de julio de 2024.  Y el Impuesto del año 2024 se presentará desde el 1 al 31 de julio de 2025.  

Consideraciones a tener en cuenta sobre el Impuesto a Grandes Fortunas

  • Se aplica en todo el territorio español, sin perjuicio de los regímenes tributarios forales de Concierto y Convenio Económico vigentes en los Territorios Históricos del País Vasco y de la Comunidad Foral de Navarra, respectivamente, y de lo dispuesto en los Tratados o Convenios internacionales que hayan pasado a formar parte del ordenamiento interno.
  • Muchos expertos afirman que la articulación técnica de este nuevo impuesto puede entrar en contradicción con la distribución de las competencias tributarias entre las CC.AA. y el Estado (ya que sería un gravamen estatal). También con los principios de justicia que rigen el ordenamiento tributario.
  • Esto podría abrir la puerta a una posible impugnación de las autoliquidaciones que se presenten y, por tanto, a una solicitud de devolución de las cuotas ingresadas. De hecho, el Tribunal Constitucional admitió a trámite, en abril del 2023, los recursos que Madrid, Andalucía y Galicia presentaron contra la ley de este impuesto.
  • El Tribunal Constitucional se ha pronunciado al respecto en sentencia de 7 de noviembre de 2023 (BOE de 18 de diciembre de 2023). Sentencia en la que rechaza el primero de los recursos de inconstitucionalidad contra el art. 3 de la Ley 38/2022 sobre el iITSGF interpuesto por la Comunidad de Madrid, negando así la posible vulneración de la autonomía financiera de las CCAA. Así como otros principios constitucionales, como el principio de seguridad jurídica, capacidad económica y no confiscatoriedad. Posteriormente, la Xunta de Galicia y de la Junta de Andalucía y la Región de Murcia interpusieron sendos recursos en el mismo sentido. Y que, como apunta el tribunal, deberán resolverse aplicando la doctrina sentada en relación con el recurso de la Comunidad de Madrid.
  • Con el Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, se introducen las medidas tributarias siguientes que  afectan directamente al ITSGF:

Novedades sobre el Impuesto sobre Grandes Fortunas

  • Se extiende la aplicación del mínimo exento de 700.000 euros a los sujetos pasivos por obligación real (no residentes en España). Esta modificación tiene efectos desde la entrada en vigor de la ley que creó el ITSGF. Por ello, los no residentes que liquidaron el impuesto en 2022 podrán solicitar la correspondiente devolución.
  • Se establece la obligatoriedad de presentación telemática de las declaraciones. Esta cuestión está siendo objeto de debate en otros impuestos con el argumento de que la relación electrónica de los contribuyentes con la Administración debería de ser un derecho y no una obligación. Y que, en todo caso, dicha obligatoriedad no se debería aplicar a la generalidad de los contribuyentes.
  • Los contribuyentes por obligación real aplicarán, desde la entrada en vigor del ITSGF, la reducción, en concepto de mínimo exento, de 700.00 euros en la base imponible del Impuesto.
  • Los contribuyentes que hubiesen presentado su declaración correspondiente a 2022, conforme a la redacción originaria de la ITSGF, sin aplicar dicho mínimo exento, podrán presentar un escrito solicitando la rectificación de la autoliquidación presentada. Esto debe hacerse en la Agencia Tributaria.
  • Si se presentó la declaración usando el formulario web (modelo 718)de la Agencia Tributaria, se puede conocer el importe de la nueva cuota. Para ello, hay que acceder a la sesión del ejercicio 2022, donde ya se han actualizado los cálculos derivados de este cambio normativo. Importante tener en cuenta que no es posible trasladar automáticamente estos cambios a la autoliquidación de 2022 presentada. Por ello, se deberá presentar un escrito solicitando su rectificación.

Acuerdos Previos de Valoración

Acuerdos Previos de Valoración: por qué son importante en la planificación fiscal

por José Ramón Huertas López

Los Acuerdos Previos de Valoración (APAs, por sus siglas en inglés -Advance Pricing Agreements-) son convenios celebrados entre una empresa y la administración tributaria. Su objetivo es establecer, de manera anticipada, los criterios de valoración para las operaciones realizadas entre entidades vinculadas. En CE Consulting te explicamos más sobre estos.

Mano indicando acuerdos previos de valoración entre países

Acuerdos Previos de Valoración y su utilidad para las empresas

Los APAs son particularmente útiles para las empresas con operaciones internacionales. En estas, las transacciones intragrupo, como ventas, préstamos o licencias, están sujetas a precios de transferencia. Por tanto, la importancia de estos acuerdos radica en la previsibilidad fiscal que ofrecen. Esto es crucial en un entorno regulatorio en constante evolución.

La utilización de los APV o APA es una práctica recomendada por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) en sus directrices para precios de transferencia. Además, es cada vez más común en el contexto de la planificación fiscal internacional para empresas multinacionales.

Beneficios de los APAs

Ofrece seguridad fiscal

Los APAs eliminan la incertidumbre sobre cómo deben valorarse las operaciones vinculadas. Esto facilita la planificación fiscal, asegurando que se cumple con las normativas locales e internacionales.

Esta “claridad” es fundamental para las empresas multinacionales que operan en varias jurisdicciones fiscales. Reduce el riesgo de doble imposición o sanciones por incumplimiento de precios de transferencia.

Evita conflictos en auditorías fiscales

Los APAs ayudan a evitar disputas entre las empresas y las administraciones tributarias. Especialmente, durante auditorías fiscales. Al estar respaldados por un acuerdo previo, las empresas pueden demostrar que sus valoraciones cumplen con los estándares regulatorios.

Usando estos Acuerdos, los conflictos relacionados con los precios de transferencia, que son una de las principales causas de litigios fiscales, se reducen significativamente. Se establecen, de una manera clara, las condiciones de valoración antes de que ocurra cualquier disputa.

Relación entre los Acuerdos Previos de Valoración y los Precios de Transferencia

Los Acuerdos Previos de Valoración (APAs) tienen una relación directa con los precios de transferencia. Estos son las valoraciones aplicadas a las transacciones entre empresas vinculadas. Deben ajustarse al principio de plena competencia. Es decir, reflejar valores de mercado.

Los APAs sirven como una herramienta para garantizar que las empresas cumplen con las normativas de precios de transferencia. Es un mecanismo proactivo. Busca evitar disputas entre las empresas y las autoridades fiscales respecto a la adecuación de los precios de transferencia utilizados en las operaciones Inter-compañía.

Además, los APAs proporcionan un marco claro para aplicar los métodos de precios de transferencia aceptados, como el método del precio comparable o el margen neto operacional. Esto evita discrepancias interpretativas.

Tipos de Acuerdos Previos de Valoración

Existen diferentes tipos dependiendo de las partes involucradas en el acuerdo, clasificándose como:

Unilaterales

Acuerdo entre una sola empresa (o grupo de empresas) y una sola administración tributaria. Se limita a la jurisdicción fiscal del país donde se solicita. No involucra a otras jurisdicciones fiscales donde la empresa pueda operar.

Su principal ventaja es la rapidez en la negociación. Proporciona certeza fiscal en un país, pero no protege contra posibles disputas de precios de transferencia con administraciones tributarias de otros países.

Bilaterales

Acuerdo entre la empresa y dos administraciones tributarias de los países donde opera la empresa. Generalmente es entre país de residencia y el país de una entidad vinculada. Se realiza bajo los procedimientos de mutuo acuerdo que están previstos en los tratados fiscales internacionales. Ofrece una mayor seguridad en comparación con los unilaterales, ya que evitan el riesgo de doble imposición. Proporcionan certeza fiscal en ambas jurisdicciones.

Multilaterales

Involucra a una empresa y a tres o más administraciones tributarias de diferentes países. Este tipo de APA es el más complejo. Esto es así porque requiere la coordinación y el consenso entre múltiples países. Son útiles para empresas multinacionales con operaciones en varias jurisdicciones.

Requisitos para los Acuerdos Previos de Valoración

Documentación

Debe de incluir descripción de operaciones vinculadas, política de precios de transferencia de la empresa, y metodología propuesta para la valoración de dichas operaciones.

Análisis económico

Este análisis debe justificar los precios o márgenes propuestos.

Información financiera

Deben presentarse estados financieros y otra información financiera relevante de las entidades involucradas en las operaciones vinculadas.

Período de aplicación

Se debe especificar el período durante el cual el APA será aplicable.

Compromiso de cumplimiento

La empresa debe comprometerse a cumplir con los términos del APA y a proporcionar informes anuales de cumplimiento.

Pasos para la solicitud de un Acuerdo Previo de Valoración

Los pasos esenciales son los siguientes:

Preparación de la solicitud

La empresa debe presentar una propuesta detallada que incluya el análisis de las operaciones vinculadas. También el método de valoración propuesto y la documentación que respalda el acuerdo.

Revisión por parte de la administración tributaria

Las autoridades fiscales evaluarán la viabilidad de la propuesta. Y, en su caso, iniciarán las negociaciones con las administraciones extranjeras si se trata de un APA bilateral o multilateral.

Formalización del acuerdo

Una vez alcanzado un consenso, se firma el acuerdo. Tiene una duración determinada (generalmente entre tres y cinco años).

Renovación o modificación

Al finalizar el período de vigencia del APA, la empresa puede solicitar su renovación. O la modificación si han ocurrido cambios significativos en las circunstancias comerciales o fiscales.

Preparación y tramitación de Acuerdos Previos de Valoración

El proceso de solicitud de un APA puede ser costoso. Implica la contratación de expertos en precios de transferencia y la preparación de documentación técnica exhaustiva. Los costes pueden variar considerablemente. Depende de varios factores, incluyendo la complejidad de las transacciones, jurisdicción o jurisdicciones involucradas, calidad de la documentación e información proporcionada.

Además, el tiempo necesario para completar el trámite puede variar significativamente. Puede ir desde varios meses para acuerdos unilaterales hasta años en el caso de acuerdos multilaterales. En estos últimos es necesario coordinar y obtener acuerdos entre múltiples países.

A pesar de los costes iniciales, los beneficios a largo plazo en términos de seguridad fiscal y reducción de litigios superan ampliamente la inversión.

Concurso de acreedores

Concurso de acreedores: Qué es y cuándo presentarlo

por Ángel Manuel Cardo Herrero

El concurso de acreedores es un procedimiento legal que se aplica cuando una empresa o persona física no puede hacer frente a sus obligaciones de pago de manera regular. Este proceso tiene como objetivo encontrar una solución a la insolvencia, ya sea mediante la reestructuración de las deudas o, en casos más extremos, a través de la liquidación de los activos del deudor para hacer frente a sus acreedores.

El concurso de acreedores se presenta cuando la empresa o persona se encuentra en una situación de insolvencia. Esto quiere decir: cuando ya no puede pagar sus deudas de forma continua y a tiempo. Este mecanismo está regulado por la Ley Concursal en España. Puede ser solicitado tanto por el propio deudor como por los acreedores. Además, la ley establece ciertos requisitos y modalidades según el tipo y tamaño de la entidad, como el concurso ordinario, microempresas, el express. Desde CE Consulting te lo explicamos en detalle.

manos de profesionales analizando posible concurso acreedores

¿En qué consiste un concurso de acreedores?

El concurso de acreedores es un proceso complejo que busca solucionar los problemas financieros de una empresa o persona insolvente de forma ordenada y legal. Antes de llegar a esta instancia, existe la figura del preconcurso de acreedores, que permite al deudor intentar negociar con sus acreedores para evitar el concurso formal. Esta fase previa otorga un margen de tiempo para intentar llegar a acuerdos, protegiendo al deudor de acciones judiciales mientras negocia.

También existe el concurso express, una versión simplificada del concurso de acreedores que se aplica a empresas que no tienen activos suficientes para cubrir los gastos del propio proceso concursal. Este permite una resolución rápida, pero está limitado a casos específicos en los que no se espera la continuidad de la actividad económica.

Y también ha regulado la Ley Concursal, un procedimiento simplificado: el de microempresas (menos de 10 empleados y menos de 2 millones de euros en activos o negocio). Este procedimiento busca agilizar el proceso, reduciendo costes y tiempos.

¿Cuál es el objetivo del concurso de acreedores?

El principal objetivo del concurso de acreedores es evitar la quiebra definitiva del deudor y lograr que los acreedores puedan cobrar, en la medida de lo posible, las deudas que se les deben. El proceso busca:

  • Reorganizar las deudas del deudor.
  • Mantener la actividad económica de la empresa, si es viable.
  • Liquidar los activos de la empresa, si no hay otra solución, para distribuir el valor obtenido entre los acreedores de forma equitativa.

En algunos casos, el concurso puede finalizar con un acuerdo que permita a la empresa continuar operando. En otros, si no se llega a un acuerdo o la viabilidad es nula, puede concluir con la liquidación total de la empresa.

¿Quién puede solicitar un concurso de acreedores?

Cualquier persona física o jurídica que se encuentre en situación de insolvencia puede solicitar un concurso de acreedores. Este proceso puede ser iniciado por:

  • El propio deudor: si reconoce que no puede hacer frente a sus deudas de forma regular.
  • Los acreedores: si consideran que el deudor es insolvente y no está cumpliendo con sus obligaciones de pago.

¿Cuándo presentarlo?

El concurso de acreedores debe presentarse en cuanto se detecte la insolvencia. Esto puede ser cuando la empresa ya no puede pagar a sus proveedores, empleados o cualquier otra obligación financiera. La ley establece que el deudor tiene un plazo de dos meses desde que reconoce su estado de insolvencia para solicitar el concurso.

¿Cómo se declara un concurso de acreedores?

El proceso comienza con la solicitud de concurso ante el Juzgado de lo Mercantil. En esta solicitud, el deudor o los acreedores deben acreditar que existe una situación de insolvencia actual o inminente.

El juez evaluará la situación y, si considera que se cumplen los requisitos, declarará el concurso de acreedores.

Seguidamente, se nombra a un administrador concursal, que se encargará de supervisar y gestionar el proceso, siendo responsable de la evaluación patrimonial del deudor y de la coordinación con los acreedores.

Fases del concurso de acreedores

El concurso de acreedores se desarrolla en varias fases:

Fase común

Se analiza la situación patrimonial del deudor y se clasifica a los acreedores.

Fase de convenio

Se intenta alcanzar un acuerdo entre el deudor y los acreedores para el pago de las deudas.

Fase de liquidación

Si no se llega a un acuerdo en la fase de convenio o si la empresa no es viable, se procede a la liquidación de sus activos para pagar a los acreedores.

Fase de calificación

Se determina si la insolvencia es fortuita o si ha habido dolo o negligencia en la gestión de la empresa, lo que podría acarrear responsabilidades personales a los administradores.

Para profundizar sobre insolvencia y gestión empresarial en situaciones de crisis

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Despido disciplinario

Despido disciplinario: qué es y en qué consiste el trámite de ‘audiencia previa’

por Ana Alarcón Ruiz

Cuando hablamos de despido disciplinario se hace referencia a una forma de finalización del contrato de trabajo que se produce cuando el empleador decide poner fin a la relación laboral con un trabajador. Esto debido a un incumplimiento grave y culpable por parte del trabajador. Desde CE Consulting creemos que tanto empresas como trabajadores deben conocer los detalles de este tipo de despido por si les afectara en algún momento. Además, porque la Sala de lo Social del Tribunal Supremo corrige su propia doctrina y obliga a una ‘audiencia previa’ en estos despidos. ¡Os lo contamos todo!

despido disciplinario

¿Qué es el despido disciplinario?

El despido disciplinario es considerado la sanción más grave que puede imponer el empleador. Este se rige por una serie de requisitos formales y procedimentales específicos. Solo los representantes legales de los trabajadores gozan de garantías especiales frente al despido disciplinario debido a la función que desempeñan.

Causas

Existen diferentes causas que pueden dar lugar a un despido disciplinario. En el art.54 del Estatuto de los Trabajadores (ET) se enumeran las siguientes:

– Las faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad al trabajo.
– La indisciplina o desobediencia en el trabajo.
– Las ofensas verbales o físicas al empresario o a las personas que trabajan en la empresa o a los familiares que convivan con ellos.
– La transgresión de la buena fe contractual, así como el abuso de confianza en el desempeño del trabajo.
– La disminución continuada y voluntaria en el rendimiento de trabajo normal o pactado.
– La embriaguez habitual o toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajo.
– El acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual y el acoso sexual o por razón de sexo al empresario o a las personas que trabajan en la empresa.

La adecuada comprensión y aplicación de estas causas del despido disciplinario son fundamentales para garantizar un ambiente laboral justo y respetuoso entre la empresa y el trabajador.

Consecuencias

El despido disciplinario puede tener diversas consecuencias legales para el trabajador o el empleador, dependiendo de la causa y la forma en que se lleve a cabo.

  • El despido disciplinario puede ser declarado procedente si se demuestra la causa de la extinción alegada por el empleador. En este caso, al incumplir el trabajador sus obligaciones, la empresa puede reclamar por daños y perjuicios. Ejemplos: daños en bienes de la empresa o por competencia desleal.
  • Por otro lado, si el despido disciplinario es declarado improcedente, el trabajador puede tener derecho a una indemnización y/o a la readmisión en el mismo puesto de trabajo. La indemnización que deberá abonar la empresa será de 33 días de salario por año de servicio, con un límite de 24 mensualidades. En caso de contratos firmados antes del 12 de febrero de 2012, el cálculo será diferente.
  • Si el despido es declarado nulo, el trabajador tiene derecho al reingreso en la empresa y al pago de los salarios de tramitación por parte de la empresa.

Es importante destacar que el despido disciplinario debe ajustarse a unos requisitos legales establecidos.

Requisitos que deben cumplirse en este tipo de despido

Para que un despido disciplinario sea considerado procedente, es necesario que se cumplan ciertos requisitos:

  • Los hechos en los que se fundamenta el despido deben estar suficientemente precisados en la carta de despido junto con la fecha en la que será efectivo.
  • La infracción denunciada debe ser constitutiva de un incumplimiento contractual y tener la entidad suficiente para justificar la adopción de una decisión tan drástica como el despido.
  • En algunos casos, se requiere la instrucción de un expediente disciplinario previo al despido.
  • Este despido debe ser notificado a los representantes legales de los trabajadores. Aunque su incumplimiento no propicia la nulidad del mismo, puede dar lugar a una infracción administrativa.
  • En el convenio colectivo pueden establecerse otros requisitos a parte de los mencionados.
  • Abrir trámite de ‘audiencia previa’. Este requisito, incorporado por el Tribunal Supremo, obliga al empleador a ofrecer al trabajador la posibilidad de defenderse de los cargos formulados contra él, antes de adoptar la extinción del contrato de trabajo por despido disciplinario.

Cumplir con estos requisitos es crucial para la validez y efectividad de un despido disciplinario.

Audiencia previa: qué es y cómo debe procederse

La audiencia previa es un procedimiento que debe hacer toda empresa a la hora de realizar despidos disciplinarios. Este trámite consiste en dar traslado a la persona trabajadora de los cargos y hechos que se le imputan.

Se recomienda que esta comunicación se realice por escrito, preferiblemente una carta o notificación escrita. Esto asegura que quede constancia de la entrega y del contenido. El documento debe ser comprensible, evitando tecnicismos o ambigüedades que dificulten su comprensión. Deben detallarse de forma específica los hechos que motivan el despido disciplinario, indicando fechas, acciones y cualquier otra información relevante. La entrega del documento debe hacerse, siempre que se pueda, de forma directa al trabajador o trabajadora, solicitando su firma como constancia de recepción. Si no es posible, sería por correo certificado o burofax. La empresa debe conceder un tiempo razonable para que la persona trabajadora pueda expresar su versión de los hechos.

En el caso de trabajadores afiliados a sindicatos o en empresas con representación legal de los trabajadores, es obligatorio que la empresa informe a sus representantes sobre el procedimiento de despido y permitirles participar en la audiencia previa. Si la empresa omite este paso, el despido podría ser considerado improcedente o incluso nulo, dependiendo de las circunstancias específicas.

Excepciones de audiencia previa

  • Esta exigencia procedimental no aplica a los despidos realizados antes del 18 de noviembre de 2024, fecha de publicación de la sentencia que introduce esta obligatoriedad.
  • El TS también reconoce una excepción a esta obligatoriedad: cuando no pueda pedirse razonablemente al empleador que conceda esta audiencia previa. Esta excepción debe justificarse en función de las circunstancias concretas de cada caso. Los jueces serán quienes valoren finalmente esa justificación. A pesar de ello, no están claramente definidas las razones que determinan esta excepción.

Consecuencias de omitir la audiencia previa

La omisión de la audiencia previa puede acarrear consecuencias legales significativas que a día de hoy no están fijadas. Debemos esperar a que a través de un desarrollo normativo o de los próximos pronunciamientos judiciales estos efectos se concreten en la declaración de improcedencia/nulidad o en el abono de una indemnización económica, entre otros.

Ante esta nueva exigencia procedimental, desde CE Consulting recomendamos a las empresas asesorarse correctamente a la hora de realizar despidos disciplinarios. Cualquier duda o mal procedimiento en la implementación, puede generar problemas legales, económicos y reputacionales.

¿Cuándo puede el despido considerarse nulo?

Podrá considerarse nulo el despido que se lleve a cabo atentando contra los derechos fundamentales de los trabajadores, así como cuando esté condicionado por una causa de discriminación, al amparo del artº 55.5 del Estatuto de los Trabajadores.

Especial atención merecen los despidos realizados durante la baja médica o tras una baja médica de larga duración, que pueden ser considerados discriminatorios por razón de salud. Sin embargo, no todo despido estando de baja es nulo.

La STSJ CyL 15 de junio de 2023, establece que “El despido no tendrá un móvil discriminatorio, y por ello no cabe calificarlo como nulo, sino como improcedente en aquellos supuestos en los que concurran causas reales, que justifican un despido disciplinario, pero que, sin embargo, la decisión extintiva no supera el juicio de proporcionalidad (teoría gradualista). En estos casos en los que el despido es una sanción excesiva, o en los que se haya probado y valorado la existencia de tolerancia empresarial frente a la conducta sancionada, o los hechos imputados están prescritos, o cuando concurren incumplimientos formales, si el despido no tiene el móvil discriminatorio vinculado a la enfermedad o condiciones de salud, procede declararlo improcedente”.

Fundaciones comunitarias

Fundaciones comunitarias: qué son y cómo se regulan

por Javier Milara Muñoz

Las fundaciones comunitarias son entidades sin ánimo de lucro que juegan un papel crucial en el tejido social y económico de España. Actúan como un catalizador para el desarrollo donde se implantan. También promueven la cohesión social a través de la participación ciudadana y la gestión de recursos dedicados a la mejora comunitaria. En este artículo, que hemos preparado en CE Consulting, te ofrecemos una visión general de las fundaciones comunitarias en España, destacando su importancia. Hablamos además de las características que las diferencian de otras entidades y los procesos necesarios para su creación y gestión eficaz.

integrantes de las fundaciones comunitarias trabajando

¿Qué son las fundaciones comunitarias?

Una fundación comunitaria es una organización sin ánimo de lucro que se dedica a mejorar la calidad de vida en una comunidad específica. Puede ser una localidad, comarca, pequeña ciudad o barrio. Estas entidades pueden gestionar patrimonios y donaciones de manera independiente con el objetivo de apoyar iniciativas locales.

Según la Asociación Española de Fundaciones (AEF), en España existen 9 fundaciones de este tipo enfocadas en necesidades específicas de su entorno. Y alrededor de 12 grupos que quieren crearla en su comunidad.

Características diferenciadoras de las fundaciones comunitarias

A diferencia de otras fundaciones o entidades sin ánimo de lucro, las fundaciones comunitarias están profundamente arraigadas en sus áreas locales.

Estas fundaciones operan con una filosofía de proximidad. Esto significa que no solo recaudan fondos, sino que también están activamente involucradas en la identificación y solución de problemas locales. Trabajan a través de la colaboración directa con los residentes y otras organizaciones locales.

Esta conexión cercana con la comunidad les permite ser muy efectivas en la adaptación y respuesta a las cambiantes necesidades locales.

Constitución de una fundación comunitaria: requisitos

Las fundaciones comunitarias adoptan en España la personalidad jurídica de fundación. Por tanto, su creación está regulada por la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

Los requisitos incluyen un capital inicial o patrimonio fundacional que, aunque variado, debe ser suficiente para garantizar la sostenibilidad de la fundación.

Además, se deben preparar y presentar una serie de documentos. Entre estos están: los estatutos y la documentación que detalle los objetivos de la fundación. Estos deben ser claros y concretos para facilitar su aprobación por parte del Protectorado (órgano administrativo de asesoramiento, apoyo técnico y control de las fundaciones) correspondiente.

Proceso de constitución de fundaciones comunitarias

La creación de una fundación comunitaria implica varios pasos esenciales:

Patronato

Se debe formar un patronato. Este es el órgano de gobierno de la fundación. Es responsable de llevar a cabo los fines fundacionales y administrar los bienes y derechos que componen el patrimonio fundacional.

Estatutos

Hay que redactar los estatutos que regulen el funcionamiento de la fundación. Ello incluye el detalle de los objetivos, la organización interna y los procedimientos operativos. Se recomienda que la redacción de los estatutos sea clara, concisa y precisa. Además, que se adecue a la normativa vigente.

Constitución y registro

Una vez establecidos los estatutos y el patronato, la fundación debe ser formalmente constituida mediante escritura pública. Luego, se tiene que inscribir en el Registro de Fundaciones, lo cual le otorga personalidad jurídica.

La escritura pública debe incluir, entre otros, la fecha y lugar de otorgamiento, la identidad de los fundadores, los estatutos de la fundación, la aportación inicial al patrimonio fundacional y el nombramiento de los miembros del patronato.

El enfoque de las fundaciones comunitarias, orientado a las necesidades específicas de las comunidades, les permite implementar soluciones efectivas y sostenibles. Además, su estructura regulada les garantiza transparencia. Este tipo de fundaciones van a resultar esenciales para el futuro de España.

La Asociación Española de Fundaciones ha lanzado la VI Convocatoria de su Programa de apoyo a la creación de Fundaciones Comunitarias. El objetivo de este es impulsar la constitución de fundaciones comunitarias como nuevas formas filantrópicas de ámbito territorial que mejoran nuestras sociedades y contribuyen al bienestar de nuestras comunidades. 

¿Qué es un ERTE?

¿Qué es un ERTE? Te explicamos todo lo que tienes que saber

por Ana Alarcón Ruiz

Un ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo) es un mecanismo legal en España que permite a las empresas suspender o reducir temporalmente los contratos de trabajo de sus empleados debido a circunstancias económicas, técnicas, organizativas o de fuerza mayor. En este artículo, de la mano de expertos de CE Consulting exploramos las principales características de este mecanismo. Y explicamos cómo actuar en ERTES de empresas afectadas por la DANA.

Mujer recogiendo sus pertenencias en la oficina por un ERTE

¿Cuándo se puede aplicar un ERTE?

Un ERTE puede aplicarse cuando existan causas económicas, técnicas, organizativas o de producción que justifiquen la suspensión temporal de los contratos de trabajo. También es posible aplicar un ERTE en situaciones de fuerza mayor, ya sea por causas ordinarias o por impedimentos o limitaciones en la actividad de la empresa debido a decisiones de la autoridad como sucedió durante la pandemia por COVID.

Los ERTE no dan lugar a la extinción de la relación laboral, sino a una suspensión de los contratos de trabajo de aquellos trabajadores afectados. No existe restricción en cuanto al número máximo de trabajadores que la empresa puede incluir en el ERTE. Por lo tanto, es posible incluso la aplicación a todos los trabajadores de la empresa. En todo caso, será válido el criterio de selección de determinados trabajadores afectados por un ERTE, siempre y cuando se justifique con criterios objetivos, como la baja carga de trabajo o los rendimientos por debajo de los costes de explotación.

Una vez se haya alcanzado un acuerdo con la representación legal de los trabajadores, el ERTE tiene plena eficacia y solo puede impugnarse por fraude, dolo, coacción o abuso de derecho en su conclusión.

¿Cuáles son los pasos para realizar un ERTE?

Por fuerza mayor

SI el ERTE es por fuerza mayor, los pasos que deben seguirse son los siguientes son:

  • Se inicia mediante solicitud de la empresa dirigida a la autoridad laboral. Y simultánea comunicación a la representación legal de los trabajadores (RLT).
  • La autoridad laboral ha de recabar, con carácter preceptivo, informe de la ITSS. Esta se debe pronunciar sobre la concurrencia de la fuerza mayor.
  • La resolución de la autoridad laboral debe dictarse en el plazo máximo de 5 día. Esto, a contar desde la fecha de entrada de la solicitud en el registro del órgano competente para su tramitación. Y debe constatar la existencia de la fuerza mayor alegada por la empresa y hasta qué fecha surte efectos.
  • Corresponde a la empresa la decisión sobre la extinción de los contratos. O la aplicación de medidas de suspensión de los contratos o reducción de la jornada. Esto debe trasladarse a la RLT y a la autoridad laboral.

Si el ERTE es ETOP

SI el ERTE es ETOP (por causas económicas, organizativas o de producción), los pasos que deben seguirse son los siguientes:

  • El procedimiento se inicia con la comunicación de la apertura del periodo de consultas dirigida a los representantes de los trabajadores. O, en caso de de no contar con esta figura, a los trabajadores directamente. Y a la a la autoridad laboral competente.
  • La autoridad laboral da traslado de la comunicación empresarial a la entidad gestora de las prestaciones por desempleo y recaba informe de la ITSS.
  • Durante el periodo de consultas, ambas partes deben negociar para alcanzar un acuerdo. Este acuerdo requiere la mayoría de votos de los representantes legales de los trabajadores o de la comisión representativa.
  • Tanto la empresa, como la representación de los trabajadores, pueden acordar sustituir el periodo de consultas por un proceso de mediación o arbitraje.

Durante el ERTE, los trabajadores afectados pueden solicitar prestaciones por desempleo al SEPE. Estas prestaciones están sujetas a ciertos requisitos y condiciones. Por ejemplo: haber cotizado el tiempo suficiente y estar en situación legal de desempleo. El SEPE evalúa la solicitud. Y, si se cumplen los requisitos, aprueba la prestación.

¿Existen limitaciones a su duración?

La duración de un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) no está limitada por plazos mínimos o máximos según la legislación, ya que se considera una situación excepcional vinculada a circunstancias específicas que afectan tanto a la empresa como a sus trabajadores.

Por lo tanto, la duración de un ERTE está directamente relacionada con la superación de dicha situación de crisis que llevó a su implementación.

¿Puede un trabajador negarse a entrar en un ERTE?

No, no es posible. La empresa toma esta decisión basada en necesidades económicas y un trabajador no puede negarse. Sin embargo, los trabajadores que no estén de acuerdo con su inclusión en un expediente de regulación temporal de empleo tienen el derecho de impugnarla a través de la vía judicial.

¿Cómo afecta el ERTE al periodo de vacaciones de los trabajadores?

En el caso de un ERTE de suspensión de la relación laboral, el trabajador no devenga vacaciones en el periodo de la suspensión. Esto supone que a su reincorporación deberá tener en cuenta la reducción del cómputo global de las vacaciones proporcional al periodo no trabajado.

Si la empresa ha establecido un ERTE de reducción de jornada, el número de días de vacaciones no se reduce, pero es importante tener en cuenta que el salario durante el período vacacional sí se verá reducido proporcionalmente a los días afectados.

¿Qué diferencias existen entre un ERTE y un ERE?

Un ERTE es un Expediente de Regulación Temporal de Empleo, mientras que un ERE es un Expediente de Regulación de Empleo. La principal diferencia entre ambos radica en su finalidad: el ERTE busca suspender temporalmente las relaciones laborales debido a causas coyunturales, como una disminución de la actividad, mientras que el ERE tiene como objetivo la extinción de contratos de trabajo por causas estructurales, como reestructuraciones empresariales o cambios en la organización.

Durante la vigencia de un ERTE, una empresa no puede llevar a cabo un ERE a menos que demuestre la existencia de una alteración sustancial e imprevisible entre ambos procesos, ya sea por una causa sobrevenida distinta o cambios sustanciales en la causa anterior.

Por otro lado, la decisión de acudir a un ERE o a un ERTE recae exclusivamente en la dirección de la empresa. En ella recae determinar si la situación es coyuntural o estructural. En el caso de que se aplique un ERTE y posteriormente se declare nulo, la empresa estará obligada a compensar a los trabajadores por las cantidades retenidas tanto en salarios como en cotizaciones.

ERTE DANA

Las empresas afectadas por la DANA deben presentar el ERTE ante la Autoridad Laboral. Esta debe aprobar el ERTE. Si en 5 días la empresa no recibe respuesta, se considera aprobado por silencio administrativo positivo. En ese caso, la empresa puede presentar la solicitud colectiva de prestaciones ante el SEPE. Esta debe remitirse a través de Certific@2.

La empresa debe saber que esta solicitud debe hacerse en plantilla oficial. Se tiene que enviar a través de un nuevo servicio en la sede electrónica del SEPE. A esta, debe adjuntarse ficheros de periodos de actividad e inactividad (XML). Así como el calendario mensual para el control de la actividad por la inspección de trabajo.

Las personas trabajadoras afectadas por un ERTE, no tienen que presentar solicitud individual de prestación ante el SEPE. La empresa se encarga de ello, en representación de su plantilla.

Solo deben hacer este trámite las personas trabajadoras al servicio del hogar. Estas sí tienen que presentar su solicitud individualmente.

Los autónomos podrán también solicitar la prestación por cese de actividad por fuerza mayor. Puede ser temporal o definitivo. Su importe oscila entre el 70% y el 50% de sus bases reguladoras.

Contrato fijo discontinuo

Contrato fijo discontinuo: qué es y cómo funciona

por Ana Alarcón Ruiz

Un contrato fijo discontinuo es una modalidad del contrato de trabajo de carácter indefinido. Su principal característica consiste en que la prestación del trabajo no es continua, sino que se realiza en uno o varios períodos durante el año. Asimismo, otro elemento particular es que el trabajador sigue formando parte de la plantilla de la empresa durante la temporada en la que no tiene actividad. En CE Consulting creemos que es importante conocer sus particularidades. ¡Te las contamos!

profesionales de hostelería con contrato fijo discontinuo

¿Cuándo usar este tipo de contrato?

El contrato fijo discontinuo está pensado, sobre todo, para empresas que tienen picos de trabajo en ciertos periodos del año. Se da, por ejemplo, en los sectores agrícola o turístico. También es aplicable cuando la empresa tiene servicios que se repiten de manera cíclica, pero no continuamente, durante todo el año. Así, este contrato puede usarse para trabajos que, por su naturaleza, son estacionales, como la hostelería en temporadas vacacionales. También para aquellas actividades de temporada, como el personal que atiende al cliente durante el período de rebajas.

Además, se puede utilizar para trabajos que se presten de forma intermitente y para contratos mediante los que una empresa de trabajo temporal cede a una persona trabajadora para que preste sus servicios.

Ventajas del contrato fijo discontinuo

Este contrato tiene ventajas tanto para la empresa como para el trabajador.

Para la empresa:

  • Bonificaciones por celebrar contratos indefinidos.
  • Plantilla estable y capacitada para rendir al 100% desde el primer día de trabajo.
  • Flexibilidad para adecuar su plantilla a las necesidades exactas en función del volumen de producción.

Para la persona trabajadora:

  • Derecho a paro y vacaciones, acumulados en proporción al tiempo trabajado.
  • Garantía de ser llamado en los periodos de actividad.
  • Estabilidad e indemnización en caso de despido.

¿Es lo mismo un contrato fijo discontinuo que un contrato temporal?

No es lo mismo un contrato fijo discontinuo que un contrato temporal. La principal diferencia es que, aunque en ambos hay una necesidad temporal de contratación, en el temporal esa necesidad es extraordinaria. Esto significa que no tiene que repetirse de forma periódica. En cambio, en el fijo discontinuo siempre existe esa necesidad en determinados periodos del año.

Por otro lado, a diferencia de los contratos temporales, en que la relación laboral finaliza al acabar el contrato, el trabajador, en un contrato fijo discontinuo, no pierde esa relación laboral con la empresa en los periodos de inactividad, sino que se suspende hasta que vuelva a ser necesario.

Cómo se gestionan el paro y las vacaciones en estos contratos

Los trabajadores con este tipo de contrato, aunque durante el periodo de inactividad no cobran salario ni abonan cotizaciones a la Seguridad Social, se entiende que se encuentran en situación de desempleo. Es por ello que tienen derecho a paro mientras dure la inactividad. Esto, siempre que cumplan con la cotización mínima exigida para ello. Al iniciarse el periodo de trabajo, el cobro de la prestación se detiene hasta que se vuelva a un periodo de inactividad.

Las personas trabajadoras fijas discontinuas pueden tener derecho al subsidio por desempleo para personas mayores de 52 años, siempre y cuando el hecho causante del mismo sea después del 2 de marzo de 2022.

Por otra parte, estos trabajadores tienen derecho a las vacaciones, proporcionales al tiempo trabajado, con condiciones similares a los trabajadores con contrato indefinido. No obstante, el periodo de disfrute de esas vacaciones debe negociarse entre la empresa y el trabajador, tomándose preferiblemente durante los periodos de inactividad, y teniendo en cuenta lo establecido para las mismas en los convenios colectivos del sector que se trate.

Preguntas frecuentes sobre los contratos fijos discontinuos

¿Cuántos meses dura un contrato fijo discontinuo?

La normativa establece que no existe un límite temporal de inactividad en el año natural para los fijos discontinuos. Sin embargo, si las actividades se extienden más de 10 meses en un año natural, con un período de inactividad de 1 mes, podría considerarse que la relación laboral es, de hecho, una relación laboral indefinida ordinaria.

¿Cuánto tiempo puede estar parado un fijo discontinuo?

El tiempo que una persona trabajadora con contrato fijo discontinuo puede estar inactivo depende de las características de la actividad de la empresa y de las necesidades de contratación estacional.

¿Qué finiquito tiene este tipo de contrato?

En este tipo de contrato, cuando finaliza el periodo de trabajo la relación laboral se suspende, no se extingue, correspondiéndole a la persona trabajadora un finiquito que incluirá las vacaciones no disfrutadas, pagas extraordinarias y todo concepto que no tenga prorrateado.

Por otra parte, en caso de que el trabajador no sea llamado nuevamente o la empresa decida finalizar la relación laboral, el trabajador tendrá derecho a recibir la indemnización correspondiente por despido, al igual que cualquier trabajador indefinido. También el convenio correspondiente puede recoger una cuantía para cuando termina el llamamiento.

Nueva Cuota de Solidaridad

Nueva Cuota de Solidaridad: qué es y cómo funciona

por Ana Alarcón Ruiz

Desde el 1 de enero de 2025, se implementa en España la cuota de solidaridad para los salarios más altos. Es una medida progresiva que busca reforzar el sistema de la Seguridad Social a través de una mayor cotización en aquellos salarios que superen la base máxima establecida anualmente. Regulado en el artículo 19.bis de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), este nuevo esquema afectará tanto a empresas como a trabajadores. Desde CE Consulting te explicamos en qué consiste, a quién afecta y cómo se distribuyen las nuevas cargas.

flecha indicando cuota solidaridad para salarios más altos

Cuota de solidaridad: ¿en qué consiste?

La cuota de solidaridad implica un aumento en las cotizaciones de aquellos trabajadores cuyos ingresos superen la base máxima anual. Este incremento no generará derecho a una pensión más alta. El importe adicional no se considera para el cálculo de la misma. Se trata de una medida redistributiva que contribuye al sostenimiento del sistema de pensiones sin aumentar los derechos futuros.

¿A quién afecta la cuota de solidaridad?

Esta nueva cotización se aplicará en los siguientes regímenes de la Seguridad Social:

  • Régimen General
  • Cuenta ajena del Régimen de los Trabajadores del Mar
  • Cuenta propia del Régimen Especial de Trabajadores del Mar

Es importante señalar que la cuota de solidaridad no aplica al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Por ello, estos trabajadores no verán afectadas sus cotizaciones con esta medida.

Tipos de cotización aplicados en esta cuota

Para el año 2025, se establecen tres tramos de cotización en función del exceso salarial sobre la base máxima:

  • Primer tramo: 0,92% para el 10% del exceso salarial sobre la base máxima.
  • Segundo tramo: 1 % para el exceso salarial entre el 10% y el 50% sobre la base máxima.
  • Tercer tramo: 1,17% para el exceso que supere el 50% de la base máxima.

Este porcentaje irá aumentando de forma gradual hasta el año 2045, con un incremento anual de 0,25%.

¿Cómo se distribuye la cuota de solidaridad entre trabajador y empresa?

La distribución de esta cuota de solidaridad sigue el esquema de cotización por contingencias comunes. En este la empresa asume el 83,4% y el trabajador el 16,6%. Para las empresas, esta medida implica una gestión adicional. Estas deberán comunicar electrónicamente a la Tesorería General de la Seguridad Social:

  • Los datos identificativos de los trabajadores afectados por esta cotización adicional
  • El periodo en que deban abonarse las retribuciones
  • El importe de las retribuciones que determinen una base de cotización que supere la base máxima de cotización aplicable
  • El importe de las bases de cotización comprendidas entre la base máxima y la determinada por las retribuciones computables.

Otra medida que refuerza al sistema de pensiones

Además de esta cuota de solidaridad, existe desde el 01/01/2023 el Mecanismo de Equidad Intergeneracional. Su finalidad es preservar el equilibrio entre generaciones y fortalecer la sostenibilidad del sistema de la Seguridad Social. Está prevista su finalización el 31/12/2050.

En 2024, la cotización aplicada es del 0,7 % (0,58 % para la empresa; 0,12 % para el trabajador). Esta se irá incrementando paulatinamente hasta alcanzar el 1,2 % en 2030 (1%, para la empresa; 0,2 % para el trabajador).

Se trata de una cotización aplicable en todos los regímenes que no es computable a efectos de prestaciones. Su finalidad se centra en incrementar el Fondo de reserva de la Seguridad Social con el objetivo de fortalecer sistema de pensiones.

Plan LGTBI para empresas

Plan LGTBI para empresas: qué es y cuándo es obligatorio

por Ana Alarcón Ruiz

La lucha por la igualdad de derechos y la inclusión de las personas LGTBI ha avanzado considerablemente en las últimas décadas. Este esfuerzo ha dado lugar a la Ley 4/2023. La Ley Trans es una normativa pionera. Busca garantizar la igualdad real y efectiva de las personas transgénero, transexuales y de género diverso. A través de este artículo en CE Consulting exploramos los objetivos, estructura y componentes que deben incluir el plan LGTBI en las empresas. También vemos las obligaciones y plazos para su implantación. Y analizamos cómo se relaciona este plan con otros instrumentos existentes en las organizaciones.

Bandera LGTBI ondeando ante un cielo despejado

¿En qué consiste el protocolo LGTBI empresas?

El Plan LGTBI tiene como propósito establecer un entorno laboral libre de discriminación, asegurando la igualdad de trato para todos los empleados. Esto, independientemente de su orientación sexual o identidad de género. Este plan debe abarcar diversas áreas, incluyendo la prevención del acoso, la formación en diversidad y la sensibilización. Siempre con un enfoque específico hacia la protección de las personas LGTBI. Además, las empresas están obligadas a desarrollar políticas que promuevan la igualdad de género y la no discriminación.

¿Qué es la ley trans y cómo afecta a las empresas?

La Ley Trans no solo representa un avance significativo en el reconocimiento y protección de los derechos de las personas LGTBI. También establece un marco legal para que las empresas implementen medidas concretas para promover un entorno laboral inclusivo.

Este marco requiere que las empresas desarrollen y ejecuten un Plan LGTBI, el cual es obligatorio para empresas con más de 50 trabajadores. La implementación de este plan supone una oportunidad para que las empresas lideren con el ejemplo y demuestren su compromiso con la diversidad.

¿Qué debe incluir el Plan LGTBI?

Un plan LGTBI efectivo debe ser integral y abarcar diversas áreas:

  • Políticas de no discriminación.
  • Formación en diversidad y sensibilización.
  • Medidas específicas para garantizar la inclusión de las personas LGTBI.
  • Protocolos para prevenir, detectar y actuar ante situaciones de acoso o violencia.

Estas medidas deben aplicarse a todos los trabajadores, independientemente de si la empresa tiene conocimiento de la presencia de personas LGTBI en su plantilla.

¿Cuándo es obligatorio implantar el protocolo LGTBI?

La implementación del plan LGTBI es obligatoria para las empresas con 51 o más trabajadores. De contar con menos trabajadores, la adopción de las medidas es voluntaria.

El protocolo LGTBI empresas se aplica a todas las personas trabajadoras que integren la plantilla. También a aquellas que presten sus servicios en la empresa a través de una Empresa de Trabajo Temporal (ETT). Estas deben beneficiarse de las garantías y los derechos reconocidos para el resto de la plantilla. Son puestas a su disposición de forma temporal.

Para el cómputo de las personas trabajadoras, a efectos de la obligatoriedad de las medidas, se aplican las siguientes reglas:

  • Se debe computar la totalidad de la plantilla de la empresa
  • Se incluyen las personas con contratos fijos discontinuos, de duración determinada. Y las contratadas por (ETT) que son puestas a disposición de la empresa (como empresa usuaria)
  • Cada persona con contrato a tiempo parcial, con independencia del número de horas de trabajo, se computa como una persona trabajadora más.
  • Se incluyen los contratos de duración determinada que hubieran estado vigentes en la empresa durante los 6 meses anteriores a que se hayan extinguido en el momento de efectuar el cómputo. Por cada 100 días trabajados o fracción se computa 1 persona trabajadora más.

El cómputo de la plantilla se efectúa al constituir la comisión negociadora. En todo caso, dos veces al año: último día de junio y último de diciembre.

¿Son diferentes el Plan de Igualdad y el Plan LGTBI?

El plan LGTBI debe estar alineado con el Plan de Igualdad de la empresa y puede integrarse en el mismo, aunque no es obligatorio. Sin embargo, ambos deben abordar específicamente la inclusión y protección de las personas trans, con especial atención a las mujeres trans. Esto para asegurar que su situación se aborde de manera integral dentro de la empresa.

Sanciones para las empresas que no cumplan el plan LGTBI

El incumplimiento de las obligaciones relacionadas con el protocolo LGTBI de empresas puede resultar en sanciones, que varían en función de la gravedad de la infracción:

  • Infracciones leves: Multas de 200 a 2.000 euros.
  • Infracciones graves: Multas desde 2.001 hasta 10.000 euros.
  • Infracciones muy graves: Multas que pueden llegar hasta 150.000 euros.

Además de estas sanciones económicas, pueden imponerse otras medidas, como:

  • Prohibición de acceder a subvenciones públicas.
  • Prohibición de contratar con la administración pública por un periodo de hasta tres años.
  • Cierre temporal del establecimiento donde se haya producido la discriminación.
  • Cese de la actividad económica por un plazo máximo de tres años.

Es crucial que las empresas comprendan la importancia de implementar adecuadamente el Plan LGTBI. No solo para cumplir con la legislación vigente y evitar sanciones. También para fomentar un entorno laboral inclusivo y respetuoso con la diversidad sexual y de género. Esto no solo beneficia a las personas LGTBI. Además, contribuye a crear una cultura organizacional más abierta y respetuosa, mejorando el clima laboral y la productividad en general.

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