Porcentajes de retención más habituales

A partir del 1 de julio de 2015 las empresas pueden evitar o cuando menos atenuar la responsabilidad penal implantando un programa interno de medidas de prevención y control de delitos. Te recordamos los porcentajes de retención más habituales tras las modificaciones legales del pasado mes de julio. El próximo 31 de Octubre finaliza el plazo para que los autónomos soliciten incrementos en su base de cotización con efectos 1 de enero de 2016. Esto tiene una especial transcendencia si en el año 2016 cumples los 47 años.

 

Noticiario Nº 33 – 24 de septiembre de 2015

La reforma de la Ley General Tributaria entrará en vigor el próximo 12 de octubre.

Con ésta se pone el punto final a la reforma fiscal del Gobierno en la actual legislatura

No obstante, se retrasa hasta el 1 de enero de 2017 la entrada en vigor de la aportación o llevanza de los libros registro del IVA que se deba efectuar por medios telemáticos en los servidores de Hacienda – bautizado como sistema de Suministro Inmediato de Información (SII)-, así como las sanciones a imponer por los incumplimientos de las nuevas obligaciones formales, tal y como se regula en un reglamento que hoy en día ultima Hacienda. Por otra parte, hasta el próximo 23 de enero no entrarán en vigor las nuevas sanciones administrativas por contrabando, reguladas en el propio texto legislativo.

 

La lista de morosos informará de las deudas impagadas por las medianas empresas abocadas a la insolvencia, pero no incluirá los nombres de los mayores defraudadores.

Los que se acogieron a la amnistía fiscal de 2012, ni los incluidos en la Lista Falciani.

La simple publicación de morosos aportará transparencia, aunque cree que no reducirá la deuda pendiente de cobro –más de 50.000 millones–, por lo que pide que se complete con los nombres que tienen mayor responsabilidad en la elusión y defraudación fiscal para combatir la economía sumergida de una manera más efectiva. Gestha lamenta que de la lista -cuya publicación está programada para finales de año- excluya también la información del pago real de impuestos de cada multinacional y grupo empresarial, con referencia a su volumen de ventas y beneficios contables en España.

El mercado inmobiliario español tiene por delante dos años buenos, pero con matices.

La demanda absorberá 117.000 viviendas hasta 2016, según las previsiones del Anuario Estadístico del Mercado Inmobiliario Español 2015, elaborado por RR de Acuña & Asociados

Pero el aumento de las ventas no será suficiente para disolver completamente el volumen de vivienda acumulado durante el periodo de crisis. En España quedan 1,6 millones de viviendas sin vender. De ese total, 657.000 son prácticamente invendibles por la deslocalización geográfica, esto es, el 40% de la oferta se localiza en zonas donde difícilmente se recuperará la demanda.

 

Los administradores concursales rechazan la rebaja de sus retribuciones.

Uno de los cambios que más ha sorprendido a este colectivo es la limitación a sus retribuciones que introdujo la Ley 25/2015 de 29 de julio, que modificaba el artículo 34 de la Ley Concursal.

Si se trata de un proceso de una empresa inmobiliaria y el administrador debe costear las tasaciones y las aportaciones a la cuenta de garantía arancelaria, “puede ocurrir que el saldo final sea negativo”. La Asociación Profesional de Administradores Concursales (ASPAC) no descartan que este cambio dé lugar a que desde algún juzgado mercantil se promueva una cuestión de inconstitucionalidad o que se plantee un recurso de amparo.

Noticiario Nº 32 – 17 de septiembre de 2015

Un total de 471 personas declararon tener más de 30 millones de euros en 2013, según la estadística del impuesto sobre patrimonio.

Eso supone 28 contribuyentes más que el año anterior y más del doble que las 233 personas que declaraban tener más de esa cifra en el año 2007, el último año del que hay datos previos a que España sufriese la mayor crisis económica de su historia reciente.

El desigual impacto de esa crisis y el afloramiento de patrimonios ocultos por la amnistía fiscal explican el auge de multimillonarios, aunque no es posible saber qué factor pesa más. Hacienda ha incluido este año entre la información estadística del impuesto de patrimonio una tabla que lo relaciona con el IRPF.

 

El Pleno del Congreso aprobará de forma definitiva la reforma de la Ley General Tributaria.

Junto con la nueva normativa para publicar sentencias condenatorias de fraude fiscal, reforzará la acción de lucha contra el fraude tributario mediante la publicación de listados de morosos con la Hacienda pública.

En este último trámite, la Cámara Baja debatirá únicamente las tres enmiendas que se han incorporado al texto durante su paso por el Senado. En cuanto a las enmiendas del Senado, que serán el objeto real de votación este miércoles, pasan por autorizar a la Agencia Tributaria a recuperar ayudas de Estado que afecten al ámbito tributario en cualquier supuesto en que, en cumplimiento del derecho comunitario, resulte procedente exigir su reintegro aunque no sea por una decisión de la CE, como ocurre con las ayudas regionales. Además, se reduce de 1.500 a 250 euros la multa mínima por no utilizar los medios electrónicos a la hora de suministrar a la Agencia Tributaria información relativa a datos incompletos, inexactos o falsos que no hayan producido un perjuicio económico a las arcas públicas o cuando se trate de requerimientos individualizados de información.

 

Empleo ha anunciado la puesta en marcha de un nuevo programa de orientación a parados.

Se beneficiarán 1,2 millones de españoles y que estará dotado con 500 millones de euros en dos años.

Los beneficiarios de esta iniciativa, que se debate actualmente en las Cámaras, serán personas de entre 30 y 55 años a las que se facilitará una llegada más rápida al mercado de trabajo. La ministra ha asegurado que cuenta con todas las comunidades autónomas y organizaciones sociales para esta iniciativa que se prevé que esté incluida en los Presupuestos Generales de 2016.

 

Los precios de la vivienda en España no continuarán creciendo a tasas altas.

Tenderán a la estabilización a pesar de los indicios de recuperación que arrojan muchas de las estadísticas oficiales, según la agencia de calificación crediticia Moody´s.

En este sentido, la firma de medición de riesgos subraya la aún elevada tasa de desempleo, una población menguante, especialmente en la población joven donde se concentra la demanda de primeras residencias así como las elevadas existencias de viviendas vacías, que el mercado está absorbiendo a tasas lentas.

NOVEDADES LABORALES EN MATERIA DE AUTOEMPLEO

Estimado cliente:

 

Con fecha 10 de septiembre de 2015 ha sido publicada en el BOE la Ley 31/2015, de 9 de septiembre, de medidas de Fomento y promoción del trabajo autónomo y de la Economía Social, en la que se introducen cambios en materia de autoempleo y distintas medidas destinadas a la promoción del trabajo autónomo y de la economía social.

Entre todas las modificaciones incluidas en esta Ley caben destacar las siguientes:

  • Se amplía la tarifa plana para los autónomos que inicien su actividad por cuenta propia y con posterioridad contraten trabajadores por cuenta ajena.
  • La edad ya no será un requisito a tener en cuenta para aquellos emprendedores que deseancapitalizar hasta el 100% de la prestación por desempleo con el fin de sufragar tanto la inversión como los gastos iniciales de la apertura de su negocio.
  • Los mayores de 30 años podrán compatibilizar durante un máximo de 270 días la prestación por desempleo con su alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
  • Se incrementa el plazo para poder reanudar la prestación por desempleo una vez que se ha iniciado una actividad por cuenta propia.
  • Se especifican los casos en los que los trabajadores autónomos económicamente dependientespueden contratar trabajadores.
  • En cuanto a las bonificaciones varían cuantías en determinados supuestos y se incrementa la edadpara optar a las mismas en algunos casos.

Todas las medidas recogidas en esta Ley entrarán en vigor a partir del próximo 10 de octubre de 2015.

No dude en contactar con su asesor para conocer con más detalle cómo le afecta la publicación de esta Ley.

Atentamente, reciba un cordial saludo.

Noticiario Nº 31 – 10 de septiembre de 2015

Una sentencia del Tribunal Supremo impide que la Administración pueda sancionar dos veces a una empresa por el uso de facturas falsas.

La empresa afectada en el caso que analiza el Alto Tribunal ya había sido multada como autora de una infracción muy grave por dejar de ingresar la cuota tributaria al usar una factura falsa.

Pero, posteriormente, la Administración quiso declararla, además, responsable solidaria en la sanción impuesta al particular que fue el emisor de la citada factura falsa. Respalda el fallo emitido previamente por el Tribunal Superior de Justicia de Islas Baleares.

 

El Consejo de Ministros autorizará el inicio de los trámites para la devolución de otro 25% de la paga extra a los funcionarios suprimida en 2012,

según informaron en fuentes gubernamentales.

El secretario de Estado de Administraciones Públicas, Antonio Beteta, ya afirmó a mediados del pasado mes de agosto que la habilitación de crédito para afrontar el pago del 25% de la paga extraordinaria de 2012 a los funcionarios se produciría en septiembre o en octubre, con un coste de 274 millones para el Estado y de 1.281 millones para el conjunto de las administraciones.

 

La Seguridad Social se dispone a acortar el plazo en el que los empresarios y autónomos morosos reciben una providencia de apremio.

Es como denomina este organismo al procedimiento que inicia el embargo de los bienes del deudor.

En concreto, prevé que este plazo se acorte en los próximos meses una semana. Así, las cuotas impagadas del mes de junio (cuyo plazo para pagar expira a final de julio) se han notificado a los deudores el 28 de agosto, mes en el que se deben abonar las cuotas correspondientes al mes de julio. La Seguridad Social prevé que con la implantación progresiva del nuevo sistema de liquidación directa el plazo para este envío de notificaciones incluso se adelante más. Concretamente, a la tercera semana del mes siguiente al que se ha generado la deuda

Montoro destaca la fortaleza de la recaudación tributaria.

Ha anunciado que, aún con datos provisionales de la Agencia Tributaria, la recaudación tributaria ha crecido de enero a agosto por encima del 5% en relación a los ocho primeros meses del año anterior.

Ha recalcado también que los ingresos por IVA ligado a pymes han crecido hasta agosto al 12%. El ministro ha subrayado que la primera lista de deudores con Hacienda estará disponible “a final de este año”, respecto a aquellos que a 31 de julio de 2015 mantuvieran una deuda superior al millón de euros. Posteriormente, en el primer semestre de cada año natural se publicará un listado con aquellos que estén en dicha circunstancia el 31 de diciembre del año previo.

CÓMO AFECTAN LOS CAMBIOS DEL CÓDIGO PENAL A SU EMPRESA

A partir del 1 de julio de 2015 ha entrado en vigor una reforma que va a permitir a las empresas protegerse y evitar la responsabilidad penal de los delitos cometidos en su seno, tanto por sus administradores o representantes legales de hecho o de derecho, en nombre o por cuenta de la empresa y en su beneficio, como por los delitos que cometan los trabajadores o subordinados.
La reforma contempla un sistema de exención de la responsabilidad penal si la empresa, antes de la comisión del delito, tiene implantado y ejecutado un“PROGRAMA DE PREVENCIÓN O COMPLIANCE PENAL”, en el que se establezcan unos códigos de conducta, de organización y gestión adecuadas para la prevención de los delitos, basados en:
1. Un modelo de control interno que incluya medidas de vigilancia y control de prevención de delitos o de reducción del riesgo de su comisión. Debe incluir al menos, medidas de control interno y de auditoría, de formación y adopción de decisiones y ejecución de las mismas, con procedimientos disciplinarios que sancionen los incumplimientos y de supervisión de personal, y otras medidas idóneas para detectar las infracciones.
2. Que se nombre un órgano de control y supervisión autónomo y con poderes de control del funcionamiento del cumplimiento del programa. En el caso de las pymes será el órgano de administración.
3. Que los autores del delito lo hayan cometido eludiendo el programa y las medidas de prevención.
Si una vez cometido el delito, la empresa sólo acreditase parcialmente el cumplimiento del programa, el disponer del mismo, únicamente se considerará como atenuante, si mejora las medidas de prevención si no las tenía adoptadas o eran deficientes, y siempre que exista colaboración y reparación del daño.
En relación con los delitos que pueden ser cometidos por una persona jurídica además de los que ya constaban en el Código Penal antes de la reforma (entre otros: estafas, daños informáticos, delitos contra la propiedad intelectual e industrial, contra el mercado y los consumidores, blanqueo de capitales, delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social) la reforma ha incluido otros que afectan a las personas jurídicas como: la malversación de fondos públicos como un supuesto de administración desleal, la nueva regulación del concurso punible e insolvencia, o el delito de corrupción en los negocios.