El TC anula parcialmente la Norma Foral que crea la plusvalía en Gipuzkoa.
La fórmula prevista en la norma para calcular el impuesto provoca que éste deba pagarse igualmente en aquellos supuestos en los que el valor de los terrenos no se ha incrementado, o incluso ha disminuido, una circunstancia esta última no poco frecuente como consecuencia de la crisis. El Tribunal declara parcialmente inconstitucionales y nulos los preceptos cuestionados; esto es, “únicamente cuando sometan a tributación situaciones inexpresivas de capacidad económica, impidiendo a los contribuyentes acreditar que no se produjo efectivamente un incremento de valor”.
El Algunos de los expedientes para demostrar que el régimen sancionador del modelo 720 resultaba excesivo.
Presentar fuera de plazo la declaración o con algún error puede suponer rápidamente multas de miles de euros, algo impensable en cualquier otro formulario tributario. Falta por conocer si Bruselas también se opone a la imprescriptibilidad derivada del régimen sancionador, un aspecto que no queda claro en la nota que publicó. Fuentes de la Administración lamentan que Bruselas expediente a España por las medidas de la lucha contra el fraude fiscal. En cambio, los profesionales que han denunciado el caso aplauden que sus argumentos hayan prevalecido. Si Hacienda no modifica la norma, el caso acabará en el Tribunal Superior de Justicia de la UE. Estos son algunos de los expedientes presentados Bruselas para demostrar que el régimen sancionador resultaba excesivo. El caso de un jubilado granadino, fue el primero que trascendió a la opinión pública.
Bufetes de abogados y asesorías fiscales están recomendando estos días a sus clientes que impugnen cuanto antes las liquidaciones del Impuesto sobre la Plusvalía Municipal.
Lo que los técnicos en fiscalidad explican a sus clientes es que la sentencia del Tribunal Constitucional solo afecta a los residentes en el territorio foral guipuzcoano, pero no al resto de los contribuyentes españoles, aunque los artículos anulados son exactamente iguales que los incluidos en la Ley de Haciendas Locales. El Tribunal Constitucional debe fallar de nuevo sobre la inconstitucionalidad de estos artículos. En la actualidad hay recursos pendientes referidos a los municipios del Barcelona, Jerez y Madrid, referidos a la Ley de Haciendas Locales, y otro de Álava, de carácter foral.
Las start up están irrumpiendo en el sector jurídico español a un ritmo impresionante.

Entre ellas, Bigle Legal, CouncilBox, Legaliboo, Milcontratos.com, PymeLegal, Red Points y Signaturit. El mundo jurídico no queda al margen de los cambios y son muchos los proyectos que se están desarrollando alrededor de la tecnología».