¿Horas extra en un contrato a tiempo parcial? Sí, se puede

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¿Tienes en tu empresa trabajadores contratados a tiempo parcial y necesitas que echen más horas de las establecidas en contrato?

Bueno, pues si estás en esta situación, tienes que saber que tus trabajadores sí pueden realizar más horas de las establecidas en su contrato en aquellas épocas en los que los necesites, mediante el llamado pacto de horas complementarias, y que te contamos qué aspectos básicos tienes que tener en cuenta para suscribirlo:

  • Deberá pactarse por escrito, en el momento de la firma de su contrato o con posterioridad, concretando el número de horas adicionales que se le podrán requerir al trabajador.
  • Este pacto, solo se podrá realizar en contratos con jornada no inferior a 10 horas semanales en cómputo anual.
  • No podrá exceder del 30% de las horas ordinarias de trabajo objeto del contrato.
  • El trabajador deberá conocer el día y la hora de realización de las horas pactadas con un preaviso mínimo de tres días.
  • El trabajador podrá renunciar a este pacto con un preaviso de 15 días.
  • Estas horas se pagarán como horas ordinarias, y
  • Deberán registrarse día a día estas horas, puesto que en caso de incumplimiento, el contrato se considerará celebrado a tiempo completo, salgo prueba en contrario.

 

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