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Cómo contratar a un trabajador extranjero en España

por Carlos Díaz Gutiérrez

Si una empresa está pensando en contratar a un trabajador extranjero en España, debe saber que hay diferencias si se contrata a un extranjero comunitario o no comunitario.  Con el nuevo Reglamento de Extranjería que entra en vigor en mayo de 2025 cambian algunas consideraciones. El objetivo de la nueva norma es facilitar la contratación en los países de origen, así como la regularización de los trabajadores extranjeros en nuestro país. En este artículo, especialistas de CE Consulting te cuentan todo lo que necesitas saber para contratar con éxito y en regla a un extranjero no comunitario.  

Cómo contratar a un extranjero en España

Diferencias entre contratación de ciudadanos comunitarios y no comunitarios

Con ciudadanos comunitarios hacemos referencia a los nacionales de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza. En este caso, el procedimiento es similar cuando se contrata a un español. Estos ciudadanos tienen las mismas condiciones que los nacionalizados en España.

Sin embargo, la contratación de extranjeros no comunitarios puede ser más compleja. Por ello,  es fundamental que los responsables de Recursos Humanos conozcan el procedimiento y los requisitos.  

Posibles situaciones de los extranjeros no comunitarios

Los extranjeros no comunitarios, para trabajar en España, necesitan obtener una autorización de residencia y trabajo.   

Las condiciones de contratación varían en función de la situación en la que se encuentren. Estas pueden ser las siguientes:

Extranjeros con permiso de residencia temporal por estudios o becas

Con la reforma de la ley de Extranjería se permite trabajar por cuenta propia o ajena a aquellos que tengan este permiso, siempre que sea compatible y sin autorización previa a la administración. El máximo de horas que podría trabajar la persona con este permiso sería de 30 horas semanales y sin limitaciones geográficas, salvo que el trabajo coincida con sus horas lectivas. O, en su caso, que se justifique que se tendrá en cuenta para su compatibilidad en este periodo para liberarlo. 

Extranjeros sin permiso de residencia ni de trabajo

El permiso de residencia y trabajo es fundamental tenerlo para poder trabajar. En el caso de que no lo tenga la persona, es el empresario el que debe encargarse de tramitarlo. 

Dado que existen puestos de trabajo que son difíciles de conseguir para el empresario, la reforma quiere mejorar el Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura. Por ello, a partir de ahora, este será revisado trimestralmente. Así, incorporará aquellos puestos de trabajo que sean necesarios y acordes a las necesidades reales de nuestro mercado laboral. Su objetivo es facilitar la contratación de trabajadores extranjeros en origen. 

¿Cómo funciona el Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura?

Para contratar a un trabajador extranjero utilizando el Catálogo de Ocupaciones, la empresa debe realizar los siguientes pasos:

  • Presentar la oferta de trabajo a la oficina de empleo. Este trámite se realiza de forma telemática, en el portal “Empléate”. El plazo de respuesta de esta será de 8 días desde su presentación.
  • Tras el plazo de respuesta, el empleador, a los 3 días, podrá solicitar una resolución favorable de no tener candidatos disponibles para su oferta. De esta forma podrá seguir con el expediente. (Esta situación se regirá por las excepciones y convenciones de la norma que hayan sido firmados con terceros países). 

Extranjeros con permiso de residencia temporal y de trabajo

Si el extranjero ya tiene el permiso temporal de residencia y trabajo, el empresario tendrá que asegurarse de que está en vigor. Estos tienen una duración determinada y puede que necesiten renovación. En esta situación es importante tener los siguientes aspectos en cuenta:

  • Si el permiso de residencia y trabajo está caducado, no se le podrá hacer contrato o se deberá resolver el ya existente. En este último caso, hay que pagarle el finiquito correspondiente, así como la indemnización a la que tenga derecho la persona. Si el trabajador aporta justificante de un trámite de renovación en curso, el plazo queda extendido hasta la resolución.
  • Para las renovaciones del permiso de residencia y trabajo se tendrá en cuenta un nuevo criterio de, al menos, haber trabajado 3 meses en el año o mantener la relación laboral que dio origen si el trabajador está en situación de afiliación activa. En el caso contrario, se aplicará 9 meses trabajados en los 12 estudiados.  
  • Además, se modifica las renovaciones a 4 años de permiso, cumpliendo la normativa de la ley en el momento de petición (Apartado 1, art 72) 

En el caso de que el trabajador aún no tenga permiso de residencia y trabajo y esté en su país de origen, será el empleador el que deba encargarse de solicitar dicho permiso. Esta gestión debe hacerse en la Oficina de Extranjería de la provincia donde vaya a desarrollarse la actividad. Dicha solicitud estará condicionada a que el trabajador obtenga más tarde el visado, llegue a España y sea dado de alta en la Seguridad Social. De lo contrario, el permiso carecerá de validez. 

Extranjeros con permiso de residencia de larga duración

En este caso, la persona puede vivir y trabajar en España en condiciones idénticas a los ciudadanos comunitarios y españoles.  

¿Qué sanciones existen por contratar a un trabajador extranjero sin cumplir la normativa?

Es importante tener presente que contratar a un trabajador extranjero en España sin permiso de residencia y trabajo es una infracción grave. Puede conllevar multas que van desde los 10.001€ hasta los 100.000€.   

  

Excepciones a la obligación de obtención de permiso de trabajo

Están exentos de la obligación de obtener autorización de trabajo para el ejercicio de una actividad lucrativa, laboral o profesional, aquellos extranjeros que cumplan las condiciones siguientes:  

  • Los trabajadores técnicos y científicos extranjeros, invitados o contratados por el Estado, las CCAA, las universidades, o por los organismos que tengan por objeto la promoción y el desarrollo de la investigación.  
  • Tampoco necesitan autorización de trabajo los profesorestécnicosinvestigadores y científicos extranjeros invitados o contratados por una universidad española.  
  • Los funcionarios civiles o militares de las administraciones estatales extranjeras y miembros de misiones científicas internacionales.  
  • Religiosos, representantes de sindicatos, corresponsales, artistas, técnicos y otros profesionales extranjeros del sector audiovisual.  
  • Menores extranjeros no acompañados.   

  

Cómo se puede acceder a las autorizaciones administrativas de trabajo  

Existen las siguientes formas de acceder a la autorización de trabajo:  

Gestión colectiva de contrataciones en origen

Se realiza a través del Ministerio de Trabajo y Economía Social. Esta opción es siempre que la situación nacional de empleo lo permita, con las salvedades introducidas en la ley y en el nuevo Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura. Esta vía debe utilizarse para contratar a los trabajadores de temporada.  

Procedimiento general

Para ello el empresario o trabajador presentan la solicitud. Los organismos la tramitan y resuelven el expediente, concediendo o denegando la autorización de trabajo. Esta decisión se toma en base a diferentes factores, como la situación nacional de empleo con sus anotaciones a la nueva ley reglamento publicado.

Arraigo de segunda oportunidad

Este tipo de arraigo está orientado a aquellas personas que lleven dos años justificados en España y hayan perdido un permiso anterior que hubieran tenido en estos dos años. Siempre y cuando fuera eludible que no pudo renovar por motivos de orden público, seguridad y salud pública.

Arraigo socio-laboral

Es una vía excepcional para obtener una autorización de residencia temporal que, además, lleva aparejada una autorización para trabajar en España durante su vigencia. En este caso, se solicita dos años de permanencia en el país y un precontrato de trabajo.

Arraigo Social (sin contrato)

Es parecido al anterior en sus requisitos, con la salvedad que en este caso se pide tener un vinculo con cónyuge, o pareja registrada regularizada, o vinculo en la primera línea directa hasta 1º grado. O un esfuerzo de integración social. Es imprescindible aportar medios económica al menos el 100% del IPREM.

Arraigo para la formación

Se puede obtener el permiso de residencia y trabajo si al menos se acreditan doce meses de residencia continua y un periodo de dos años con el compromiso de una formación reglada y que afecte al Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura. En este caso es obligatoria la matriculación en los tres meses siguientes a la concesión de la autorización. Esta autorización, con la nueva regulación, permite trabajar hasta 30 horas semanales.

Arraigo Familiar

Esta opción tiene una evolución con la nueva legislación que matiza mayores, menores y dependencia de una forma muy especial para derivar a la nueva modalidad en algunos casos a familiares de Españoles. Es necesario un estudio previo a cada caso.

Proceso de regularización

Esta vía de acceso a la autorización de trabajo tiene como objetivo regularizar, legalizar o normalizar la situación administrativa de aquellos extranjeros que permanecen en España sin autorización administrativa.Este tipo de concesiones se hacen en momento determinados y para colectivos específicos. El ultimo aprobado fue el de los afectados en la zona de la DANA.

Otros procedimientos 

 Existe un procedimiento único dirigido a:

  •  inversoresemprendedorestrabajadores que efectúen movimientos dentro de la misma empresa o grupo de empresas, y
  • profesionales altamente cualificados e investigadores

  

¿Qué tener en cuenta al contratar a un trabajador extranjero y redactar su contrato?

A la hora de incorporar a un extranjero a la plantilla, la modalidad de contrato no difiere de los contratos establecidos para los empleados nacionales. Lo mismo sucede con la duración del contrato.

Sin embargo, sí debe tenerse en cuenta el periodo de vigencia del permiso de residencia temporal. Con la nueva reforma laboral 2022todos los contratos han evolucionado al indefinido. Normalmente la temporalidad suele ser más compleja, excepto en contratos de temporeros.  

Renovación del permiso de residencia y trabajo

El permiso de residencia y trabajo debe renovarse en un plazo de sesenta días naturales previos a la fecha de finalización de la vigencia del mismo. Si se presenta en los tres meses posteriores a la fecha de finalización, se prorrogará su validez. Sin embargo, puede sancionarse al titular del permiso y al empresario, si este ha mantenido la relación teniendo constancia de la caducidad del mismo.

Para la renovación, se pueden dar los siguientes escenarios:

  • El trabajador puede demostrar que lleva desempeñando su actividad laboral habitual durante un mínimo de seis meses por año y ha firmado con un nuevo empleador. Este nuevo contrato debe ser acorde a las características del permiso que le fue concedido para trabajar.  
  • El empleado ha tenido como mínimo tres meses de actividad laboral por año y acredita que la relación laboral que dio lugar al permiso que ahora termina se interrumpió por motivos ajenos a su voluntad.   
  • El trabajador recibe una prestación contributiva por desempleo. En esta caso será equivalente a lo que dure esta prestación.  

La vigencia de la renovación de la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena es, ahora, por cuatro años.  

  

Contratar a un trabajador extranjero: tributación del empleado

  Dependiendo de la condición en la que se encuentre el trabajador, su tributación variará:  

    • Trabajador con residencia fiscal: tributa como una persona residente, aplicándole los mismos requisitos.   
    • Trabajador sin residencia fiscal: en este caso se le aplica una retención del IRPF del 24%, excepto si puede justificar a través de un certificado (emitido por su país de origen) que es residente de la UE, de Noruega o Islandia. Otra opción es la aplicación de una tributación de 0% en caso de prestar servicios exclusivamente para una empresa del país de residencia actual. (Revisar requisitos con el asesor).
    • Estudiantes o becarios extranjeros residentes fiscales: se les aplica una retención no inferior del 2%.
    • Estudiantes o becarios extranjeros no residentes fiscales: se les aplica una retención del 24% o del 19%.

Golden Visa: consecuencias del fin del visado

por Carlos Díaz Gutiérrez

La Golden Visa es un tipo de visado que ofrecía España, entre otros países, a ciudadanos no pertenecientes a la Unión Europea que realizan inversiones significativas en el país. Este tipo de visado dejó de otorgarse desde inicio del mes de abril de 2025. Desde CE Consulting te explicamos qué pasa con aquellas personas que obtuvieron este permiso, o lo solicitaron antes del 3 de abril de 2025.

golden visa

¿Qué era una Golden Visa?

Este visado proporciona a los inversores y a sus familias el derecho a vivir y trabajar en España. Además, este visado puede ser el primer paso hacia la obtención de la residencia permanente o la nacionalidad española.

La Golden Visa está regulada por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. Esta ley establece las bases para la atracción de inversión y talento a España y sus posteriores modificaciones.

¿Quién podía solicitar este visado?

Este visado estaba dirigido a inversores no europeos, empresarios, profesionales altamente cualificados e investigadores. También para trabajadores que realizaran movimientos intraempresariales dentro de la misma empresa o grupo de empresas. Además de los mencionados, también podían solicitar este visado un representante debidamente acreditado y designado por el inversor para gestionar un proyecto de interés general. Esto, siempre y cuando dicho proyecto cumpliera con las condiciones establecidas. Este visado ya no se puede solicitar, existiendo otros permisos para vivir y trabajar en España.

¿Qué requisitos se exigían para obtener la Golden Visa?

Los solicitantes debían cumplir con los requisitos generales de entrada y estancia en España. También no estar ilegalmente en territorio español, ser mayores de 18 años y no tener antecedentes penales. A esto había que sumar contar con seguro de salud y tener recursos económicos suficientes para sí mismos y sus familiares.

Para calificar para una Golden Visa, los inversores debían realizar una de las siguientes inversiones:

  • Adquisición de bienes inmuebles con una inversión de al menos 500.000 euros.
  • Inversión de al menos 2 millones de euros en bonos del Tesoro español o 1 millón de euros en acciones o participaciones de empresas españolas. O, en su caso, en depósitos bancarios en entidades financieras españolas.
  • Desarrollo de un proyecto empresarial considerado de interés general en España.

Los solicitantes debían presentar un pasaporte válido, prueba certificada de la inversión realizada, certificado de antecedentes penales, seguro de salud y prueba de recursos económicos.

El proceso de solicitud de la Golden Visa implicaba presentar toda esta documentación ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE). O en las oficinas consulares de España, en el país de origen del solicitante.

Beneficios y fiscalidad de este visado de Golden Visa

Los titulares de una Golden Visa disfrutan de libre circulación en el espacio Schengen. Por ello, no requieren de una visa de entrada, pueden trabajar en España y tienen acceso al sistema educativo y sanitario español (este último mediante seguro privado obligatorio).

Los titulares de una Golden Visa deben tributar en España por sus ingresos mundiales si residen en España más de 183 días al año. Sin embargo, existen convenios para evitar la doble imposición y regímenes fiscales especiales para ciertos inversores.

¿Qué pasa con los que solicitaron o tienen una Golden Visa?

Ante el fin de solicitud de permiso por esta vía, se han generado varias dudas.

La primera es si la persona que haya obtenido una Golden Visa podrá seguir renovándola. La respuesta es sí, siempre que cumpla con los requisitos originales de inversión y permanencia.

La otra duda es qué pasará con aquellas personas que solicitaron este permiso antes del 3 de abril de 2025, pero aún no lo tienen concedido. En este caso, se tramitará según lo que regía la ley. Y, desde esta fecha, ya sí que no se podrán gestionar nuevos permisos por esta vía.

De todas formas, existen otras posibilidades o permisos para vivir y trabajar en España.

Permisos para residir y trabajar en España: qué vías existen más allá de la Golden Visa

por Carlos Díaz Gutiérrez

Aunque se eliminó la famosa Golden Visa, un permiso de residencia para inversores extranjeros, existen otros permisos para residir y trabajar en España. Además, muchas personas se preguntan: ¿qué ocurre con quienes ya tienen una Golden Visa y necesitan renovarla? En CE Consulting analizamos todos estos temas con nuestros profesionales del área de extranjería y movilidad internacional.

Permisos para residir y trabajar en España

La Golden Visa, un permiso que llega a su final

Ante el fin de solicitud de permiso por esta vía, se han generado varias dudas.

La primera es si la persona que haya obtenido una Golden Visa podrá seguir renovándola. La respuesta es sí, siempre que cumpla con los requisitos originales de inversión y permanencia.

La otra duda es qué pasará con aquellas personas que solicitaron este permiso antes del 3 de abril de 2025, pero aún no lo tienen concedido. En este caso, se tramitará según lo que regía la ley. Y, desde esta fecha, ya sí que no se podrán gestionar nuevos permisos por esta vía.

Permisos para residir y trabajar en España

Aunque las condiciones de la extinta parte de la ley 14/2013 por inversiones eran espectacularmente favorables, la famosa Golden Visa, las alternativas más directa a esta serían los siguientes permisos.

Permiso de residencia no lucrativa

Este permiso se puede obtener demostrando fondos propios para poder mantenerse en España y teniendo un seguro médico completo se podría conseguir. Este permiso solo permite residir, no permite trabajar ni por cuenta propia ni ajena. Es cierto, que a los 12 meses se puede pedir la modificación de este permiso a cualquier otro y puede ser un vehículo de acceso.

Este permiso es el único de los que comentamos aquí que no permite reagrupar al resto de familiares directamente. Es decir, cada familiar debería solicitar su permiso de forma independiente.

Permiso con visado nómada digital

Este permiso, aunque es bastante restrictivo a profesionales con experiencia y formación en determinadas áreas. Y también limita las acciones de permiso en España a un 20%. Lo bueno de esta opción, si se cumple requisitos, son los 20 días que tarda en resolver la administración. Y, en caso de no responder en este plazo, sería resuelto favorable por silencio positivo.

Este permiso extiende el derecho del titular de residencia y trabajo a sus familiares directos y dependientes. (Esta circunstancia aplica a todos los siguientes permisos que se citan en este texto).

Permiso para trabajadores altamente cualificados

Es para profesionales con un perfil titulado o con una experiencia dilatada en un determinado campo especializado. Una empresa española puede contratar bajo este régimen siempre y cuando exista un proyecto empresarial donde encuadrar al profesional. Además debe acreditarse experiencia de más de cinco años y/o formación titulada acorde al puesto. Así mismo, un salario mínimo según la categoría superior (superior a 42.000€/anuales). Y permisos por dos años prorrogables mientras se justifique la duración del proyecto que justifica la contratación.

Permiso por traslado intraempresarial

Este tipo de permiso está pensado para desplazamientos dentro de empresas multinacionales de grupo. Esto significa que se puede trasladar ese perfil especifico desde una matriz, filial, sucursal del grupo empresarial, con los siguientes requisitos principales a considerar.

  • Relación laboral previa mínima de tres meses en origen.
  • Puesto de responsabilidad o perfil técnico especializado justificado.
  • Justificación del traslado entre compañías dentro de un proyecto empresarial definido.
  • Aplicación ley 45/99 donde se debe ajustar el salario al equiparable en España.
  • Este permiso se concede por dos años inicialmente si se justifica proyecto para esto, pudiendo ser prorrogable.

Permiso de residencia para emprendedores

Este permiso está orientado a personas que quieran lanzar un negocio en España. Permite optar por la residencia a emprendedores en determinados sectores y proyectos, aunque no vale cualquier proyecto. Se requiere presentar un plan de negocio viable e innovador y obtener el visto bueno de ENISA.

  • Proyecto innovador con impacto en la economía, suelen ser sectores tecnológicos o innovadores.
  • Recursos financieros suficientes para abordar el proyecto y generar empleo.
  • Informe favorable de ENISA.

En el caso no ser un sector innovador o estratégico, deberá valorarse la opción del permiso por cuenta propia bajo el reglamento de extranjería. Siendo este otro medio a valorar.

Cada caso es diferente, y la mejor alternativa dependerá del perfil y objetivos en España. Si tienes dudas sobre tu situación tras la eliminación de la Golden Visa, es recomendable asesorarte con expertos para garantizar una transición sin complicaciones. En CE Consulting contamos con especialistas en extranjería y movilidad internacional que pueden informarte y asesorarte en la gestión de tu permiso.

Golden Visa

Golden Visa: el visado que dejará de otorgarse desde abril

por Carlos Díaz Gutiérrez

La Golden Visa es un tipo de visado que ofrece España, entre otros países, a ciudadanos no pertenecientes a la Unión Europea que realizan inversiones significativas en el país. Este tipo de visado dejarán de otorgarse desde abril de 2025. Hablamos con nuestros expertos de CE Consulting para dar luz a todas las dudas que se están generando.

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¿Qué es una Golden Visa?

Este visado proporciona a los inversores y a sus familias el derecho a vivir y trabajar en España. Además, este visado puede ser el primer paso hacia la obtención de la residencia permanente o la nacionalidad española.

La Golden Visa está regulada por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. Esta ley establece las bases para la atracción de inversión y talento a España y sus posteriores modificaciones.

¿Quién puede solicitar este visado?

Este visado está dirigido a inversores no europeos, empresarios, profesionales altamente cualificados e investigadores. También para trabajadores que realizan movimientos intraempresariales dentro de la misma empresa o grupo de empresas. Además de los mencionados, también puede solicitar este visado un representante debidamente acreditado y designado por el inversor para gestionar un proyecto de interés general. Esto, siempre y cuando dicho proyecto cumpla con las condiciones establecidas. Este visado podrá solicitarse hasta abril de 2025.

Requisitos para obtener la Golden Visa

Los solicitantes deben cumplir con los requisitos generales de entrada y estancia en España. También deben no estar ilegalmente en territorio español, ser mayores de 18 años y no tener antecedentes penales. A esto hay que sumar contar con seguro de salud y tener recursos económicos suficientes para sí mismos y sus familiares.

Para calificar para una Golden Visa, los inversores deben realizar una de las siguientes inversiones:

  • Adquisición de bienes inmuebles con una inversión de al menos 500.000 euros. Esta condición está en fase de eliminación.
  • Inversión de al menos 2 millones de euros en bonos del Tesoro español o 1 millón de euros en acciones o participaciones de empresas españolas. O, en su caso, en depósitos bancarios en entidades financieras españolas.
  • Desarrollo de un proyecto empresarial considerado de interés general en España.

Los solicitantes deben presentar un pasaporte válido, prueba certificada de la inversión realizada, certificado de antecedentes penales, seguro de salud y prueba de recursos económicos.

El proceso de solicitud de la Golden Visa implica presentar toda esta documentación ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE). O en las oficinas consulares de España, en el país de origen del solicitante.

Beneficios de este visado

Los titulares de una Golden Visa disfrutan de libre circulación en el espacio Schengen. Por ello, no requieren de una visa de entrada, pueden trabajar en España y tienen acceso al sistema educativo y sanitario español (este último mediante seguro privado obligatorio).

Fiscalidad de la Golden Visa

Los titulares de una Golden Visa deben tributar en España por sus ingresos mundiales si residen en España más de 183 días al año. Sin embargo, existen convenios para evitar la doble imposición y regímenes fiscales especiales para ciertos inversores.

¿Eliminación de la Golden Visa en 2025?

Será a partir de abril de 2025 cuando se elimine este visado. El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la ley que regula su eliminación. A pesar de ello, aquellos inversores o familias de inversores que lo hubieran solicitado con anterioridad a esta fecha, se respetará el visado. Y, en el caso de renovaciones de visados, se tramitarán y resolverán conforme a la normativa vigente en la fecha de concesión de la autorización inicial. Por todo ello, esta vía de solicitud de la Golden Visa sigue vigente hasta abril de este año.

Residencia temporal por razones de arraigo

Residencia temporal por razones de arraigo: novedades del nuevo reglamento de extranjería

por Carlos Díaz Gutiérrez

El nuevo Reglamento de Extranjería introduce cambios importantes para regularizar la situación de personas extranjeras en España, incluyendo la residencia por circunstancias excepcionales. En este artículo, desde CE Consulting, abordamos esta modalidad que permite acceder a la residencia legal bajo situaciones específicas, siendo una de las más destacadas el arraigo.

familiares que representan el arraigo

El arraigo es una vía para que personas extranjeras en situación irregular puedan regularizar su estancia en España. Este concepto se basa en los lazos o vínculos que el solicitante ha establecido con el país. Esto puede darse por su permanencia, relaciones familiares o integración social y laboral.

Novedades relacionadas con la residencia temporal por razones de arraigo

El nuevo reglamento de extranjería recoge cinco modalidades de residencia temporal por circunstancias excepcionales por razones de arraigo. En todos los casos, excepto en el caso del arraigo familiar, se exige un período de permanencia en España, mínimo, de dos años continuados anteriores a la solicitud. (Antes, eran tres años).

Las personas que a 20 de mayo de 2025 estén en situación irregular, como consecuencia de una denegación de solicitud de protección internacional, podrán solicitar una autorización de residencia por arraigo. Esto, siempre que esas personas reúnan los requisitos exigidos en cada caso.

Aquellas personas con asilo, la exigencia de permanencia mínima en España se reduce a 6 meses en caso de una disposición especial.

La solicitud de este tipo de residencia temporal se podrá solicitar hasta el 19 de mayo de 2026.

Tipos de arraigo que incluye el nuevo reglamento de extranjería:

Arraigo de segunda oportunidad

La nueva autorización por arraigo de segunda oportunidad exige que el solicitante, en los dos años inmediatamente anterior a la presentación de la solicitud, haya contado con una autorización de residencia (excepto la otorgada por circunstancias excepcionales) y que no se haya renovado. Esto, salvo que sea debido a razones de orden público, seguridad y salud pública.

La prórroga de la autorización de residencia se condiciona a que la persona extranjera se encuentre inscrito en el Servicio Público de Empleo. Y, además, en situación de búsqueda activa de empleo.

Arraigo sociolaboral

Para este tipo de arraigo, la persona solicitante, debe aportar, junto a la solicitud, un contrato de trabajo. Este debe garantizar, al menos, el SMI o el salario establecido en el convenio colectivo, en proporción a la jornada trabajada. Y que represente, al menos, veinte horas en cómputo global. (Antes, el mínimo era de treinta horas, con pago del SMI del 100%).

El solicitante podrá aportar más de un contrato de trabajo. Esto, en el caso de realizar trabajos de naturaleza estacional o vinculados a actividades de temporada. Y, también, en el caso de desarrollar actividades a tiempo parcial y de manera simultánea para más de un empleador.

Arraigo social

Con el nuevo reglamento de extranjería se exige, para el arraigo social, que el solicitante disponga de medios económicos suficientes para el mantenimiento de la familia. Estos medios deben alcanzar, al menos, el 100% del IPREM.

Este arraigo es para aquellos que tengan vínculos familiares: cónyuges o parejas de hecho

registradas, ascendientes y descendientes en primer grado y línea directa.

En caso de que el solicitante no cuente con vínculos familiares, puede aportar un informe que valore favorablemente su esfuerzo de integración. Ese informe lo emite, en el plazo máximo de un mes, el órgano competente de la comunidad autónoma en la que la persona extranjera tenga su domicilio habitual.

Arraigo socioformativo

Este arraigo lo pueden solicitar:

  • Personas que ya están matriculadas o cursando estudios de educación secundaria postobligatoria. O de formación complementaria para obtener certificados profesionales de las ofertas del sistema de formación profesional de grado C, en sus niveles 2 y 3.
  • Personas que se comprometan a realizar una formación promovida por el servicio público de empleo y orientada al desempeño de ocupaciones incluidas en el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura.

En ambas situaciones, el solicitante deberá presentar un informe de integración social en España.

Esta autorización de arraigo socioformativo habilita al solicitante a trabajar por cuenta ajena durante un máximo de treinta horas a la semana. (Antes, este arraigo no habilitaba al solicitante para trabajar)

Arraigo familiar

La novedad que se incorpora con el nuevo reglamento de extranjería es que, para este tipo de arraigo familiar, se saca a ascendientes o cónyuge de españoles. Y se habilita para estos casos otro medio o expediente ya mencionado anteriormente: residencia temporal de familiares de personas con nacionalidad española.

Nuevo Reglamento de Extranjería

Nuevo Reglamento de Extranjería: qué modificaciones se incorporan

por Carlos Díaz Gutiérrez

Se ha publicado el RD 1155/2024 por el que se aprueba un nuevo Reglamento de Extranjería. La publicación de esta norma supone la derogación del actual reglamento (RD 557/2011) e incluye importantes modificaciones, especialmente en el arraigo, la reagrupación familiar, el acceso a los visados y las autorizaciones de residencia. Desde CE Consulting te explicamos todos los detalles del reglamento para que no tengas dudas.

Reglamento extranjeria

¿Cuándo entra en vigor el nuevo reglamento de extranjería?

El nuevo reglamento entrará en vigor a los 6 meses de su publicación. Por lo tanto, será aplicable desde el 20 de mayo de 2025.

Las solicitudes presentadas con anterioridad a la entrada en vigor del reglamento se tramitarán y resolverán conforme a la normativa vigente en la fecha de su presentación.

Novedades del reglamento de extranjería

Entrada y salida del territorio español y visados

El nuevo reglamento de extranjería amplía la exención de visado para extranjeros que se encuentren en algún supuesto de exención de visado establecido en el derecho de la UE. Debe constar una autorización de viaje registrada en el Sistema Europeo de información y Autorización de Viaje (ETIAS).

Estancias en España

El nuevo reglamento de extranjería regula también el régimen de estancia en España de los trabajadores extranjeros. Y diferencia la estancia de corta duración de la de larga duración. E introduce las siguientes novedades:

Estancia de larga duración

Novedades

Suelen darse por estudios, movilidad de alumnos, servicios de voluntariado o actividades formativas. En este tipo de estancias hay varias novedades:

  • Se suprimen la figura de prácticas no laborales y de actividades de investigación.
  • Se aclara cada tipología de estudios o actividades formativas incluidas en la autorización de estancia.
  • Se aporta seguridad jurídica respecto al tipo de instituciones y centros en los que se pueden cursar los estudios y las actividades formativas.
Creación de nuevo organismo

Se prevé la creación del Registro de Instituciones y Centros de Enseñanza Superior.

Duración de la autorización

Se mantiene la duración de la autorización de estancia vinculada a la duración de la actividad para la que se concede.

  • General: máximo de 1 año.
  • Excepcional: 2 años cuando el programa de estudios se desarrolle en una institución de enseñanza superior autorizada y conduzca a la obtención de un título de educación superior reconocido.

Durante los dos meses previos a la fecha de expiración de la autorización, la persona titular podrá solicitar la prórroga. Su vigencia coincidirá con la duración de la actividad. Con el límite máximo de 1 año.

Familiares con estancia de larga duración

Los familiares de personas con autorización de estancia de larga duración por estudios superiores pueden solicitar visado o autorización similar. Esto les permitirá entrar o permanecer legalmente en España durante el período de validez de la autorización de estancia del titular. Y será siempre que le reste al menos una duración de 90 días naturales.

Personas con estancia de larga duración
  • Los titulares de estancias de larga duración podrán desempeñar actividades retribuidas. Podrá ser tanto por cuenta ajena como por cuenta propia. Para ello, se debe, previamente, solicitar.
    • En caso de actividades por cuenta ajena, lo puede presentar el propio empleador.
  • La autorización de estancia para realizar estudios superiores autoriza automáticamente a la persona a trabajar. No son necesario trámites adicionales.
  • En todo caso, la actividad laboral, no puede superar las 30 horas semanales. Excepción: en supuesto de la formación profesional de régimen intensivo.
  • Solo podrá trabajarse en la Comunidad Autónoma en la se concede la autorización de estancia de larga duración. Excepcionalmente, en localidades limítrofes de esa Comunidad Autónoma.
  • La vigencia de la autorización para trabajar coincidirá con la de la autorización de estancia de larga duración.
  • Los titulares de estancia de larga duración pueden automáticamente desarrollar acciones formativasTampoco es necesaria una autorización adicional para realizar prácticas curriculares.

Estancia de corta duración

Se diferencian las siguientes clases de estancias:

Residencia temporal y trabajo por cuenta ajena

La autorización permite el ejercicio de una actividad por cuenta propia durante la vigencia del permiso, siempre que la actividad principal sea la actividad por cuenta ajena, salvo que se esta se haya extinguido de forma sobrevenida por razones ajenas a la voluntad de la persona extranjera, circunstancia que deberá comunicarse a la oficina de extranjería que haya concedido la autorización en el plazo de tres días.

Residencia temporal y trabajo por cuenta propia

El nuevo reglamento de extranjería introduce varios cambios:

  • Se añade como requisitos específicos para la concesión de la autorización:
    • El no encontrarse dentro del plazo de compromiso de no retorno a España
    • No representar una amenaza para el orden público, la seguridad pública o la salud pública.
  • Se obliga a presentar una solicitud de visado de residencia a las personas extranjeras no residentes que quieran trabajar por cuenta propia en España.
    • Se limita al primer año la concesión de autorización a desarrollar actividades por cuenta propia, de forma simultánea en varias CCAA.
  • Se amplían las causas de renovación de la autorización de residencia en estos supuestos:
    • Cuando un familiar cumpla los requisitos para reagrupar a la persona trabajadora. Antes estaba limitado al cónyuge o pareja de hecho.
    • En el caso de trabajadores autónomos económicamente dependientes, cuando se produzca la interrupción o extinción del contrato por causas ajenas a ella. Incluida la trabajadora autónoma económicamente dependiente que sea víctima de violencia de género o víctima de violencia sexual.
    • Cuando se hubiera otorgado una prestación contributiva por desempleo.
    • Cuando el extranjero sea beneficiario de una prestación económica asistencial de carácter público destinada a lograr su inserción social o laboral.
Residencia temporal de familiares de personas con nacionalidad española
  • Con el nuevo reglamento de Extranjería se crea esta residencia. Y sale del arraigo familiar, donde estaba en el anterior reglamento.
  • Esta residencia sería para personas que no poseen la nacionalidad de uno de los Estados miembros de la UE. Ni de otro estado parte del Acuerdo sobre el EEE ni de Suiza. Y que tienen una relación familiar con una persona de nacionalidad española.
Beneficiarios de esta autorización:
    • Cónyuge mayor de 18 años, salvo declaración de nulidad.
    • Pareja extranjera no casada mayor de 18 años que mantenga con la persona de nacionalidad española una relación de afectividad análoga a la conyugal e inscrita en un registro público establecido.
    • Pareja extranjera no casada mayor de 18 años que mantenga con la persona de nacionalidad española una relación estable debidamente probada.
    • Hijos o, los de su cónyuge, pareja registrada o pareja estable siempre y cuando esta también resida o vaya a residir en España, menores de 26 años, o mayores de dicha edad que estén a su cargo, o que tengan una discapacidad para la que precisen apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica.
    • Ascendientes directos de primer grado en línea directa y los de su cónyuge, o pareja registrada o pareja estable si acreditan que viven a su cargo y carezcan de apoyo familiar en origen o si concurren razones de carácter humanitario.
    • Padre, madre, tutor o tutora de un menor de nacionalidad española, siempre que el solicitante tenga a cargo al menor y conviva con este o esté al corriente de sus obligaciones respecto al mismo.
    • Único familiar, hasta el segundo grado, que realice o vaya a realizar los cuidados que precise una persona con nacionalidad española que tenga reconocido alguno de los grados de dependencia;
    • Hijos y las hijas cuyo padre o madre sean o hubieran sido españoles de origen.
    • Otros familiares no incluidos que acrediten, de forma fehaciente, en el momento de la solicitud, que se encuentran a su cargo.
Consideraciones de importancia

Las personas que obtengan esta autorización (residencia temporal) tienen derecho, durante su vigencia, a residir y trabajar, sin necesidad de realizar ningún trámite administrativo adicional. Esto mientras se mantienen las condiciones y siempre que superen la edad mínima de admisión al trabajo. Dicha autorización habilita para trabajar por cuenta ajena o por cuenta propia. En cualquier parte del territorio español, ocupación o sector de actividad. Y ofrece el derecho a la reagrupación familiar.