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La importancia de la planificación fiscal para las pymes

por José Ramón Huertas López

A través de una buena planificación fiscal, y dentro del marco de la ley, es posible minimizar la carga tributaria de una pyme. Con esta planificación, se optimiza la carga tributaria de la empresa mediante el uso de incentivos fiscales diseñados específicamente para ellas. En este artículo, desde CE Consulting te explicamos la importancia de esta práctica, mostrándote los beneficios de una planificación fiscal efectiva. Además, como expertos fiscalistas, te alertamos de los errores más comunes que se pueden cometer.

planificacion fiscal en pymes

Qué es la planificación fiscal

En general, la planificación fiscal trata de reducir de manera legítima la tributación de los contribuyentes, pero sin transgredir la normativa. En el caso de las pymes, tiene también un carácter estratégico, debido a que la finalidad, además de evitar sanciones, debe ser mejorar la gestión del capital del negocio.

A través de una correcta planificación, se puede acceder a deducciones e incentivos o se pueden diferir beneficios, a otros ejercicios económicos. En el propio procedimiento de planificación fiscal es cuando se toman estas decisiones de cara a la tributación.

Diferencias entre planificación fiscal y evasión fiscal

La planificación fiscal, como hemos señalado antes, se considera legítima. Sin embargo, el término evasión fiscal se refiere a las acciones con las que se intenta, deliberadamente, ocultar hechos imponibles a la Hacienda pública, ya sea mediante vulneraciones directas de la norma o por actuaciones que busquen engañar a la Administración.

En consecuencia, la principal diferencia entre planificación fiscal y evasión fiscal es que el objetivo de esta última es únicamente disminuir la carga tributaria de forma ilícita, como por ejemplo, ocultando facturas para pasar desapercibidos ingresos o bienes que son reales.

¿Por qué es importante la planificación fiscal para las pymes?

La planificación fiscal ayuda a las pymes a detectar los posibles problemas en la estructura del negocio. Y también a aprovechar soluciones fiscales creativas para mejorarlos. Permite optimizar la carga tributaria mediante el uso de incentivos fiscales y regímenes especiales. Estos incentivos incluyen la libertad de amortización para inversiones que generan empleo y la aceleración de la amortización de activos. Esto facilita el diferimiento de impuestos y mejora la liquidez de la empresa.

Además, las pymes pueden beneficiarse de la deducción por dotación de reserva de capitalización y reserva de nivelación, que permiten minorar su base imponible positiva por el aumento de los fondos propios respecto del ejercicio precedente, bajo ciertos límites y requisitos y para compensar bases imponibles negativas en el futuro, respectivamente. Esto permite un alivio fiscal en momentos de necesidad.

Ejemplo de aplicación del incentivo de la Reserva de capitalización

Empresa “Pyme, S.L.”20232024
Capital Social200.000
Reserva Legal200.00025.000
Reserva Voluntaria20.00045.000
Beneficio50.00080.000
Fondos Propios (FP)270.000350.000

SOLUCIÓN La Reserva de Capitalización que podría aplicar en el ejercicio 2024 vendría dada por:Incremento FP = (350.000-25.000-80.000) – (270.000-20.000-50.000) = 245.000 – 200.000 = 45.000 Euros.Por tanto, sería el 15% sobre 45.000 euros. Esto es 6.750 euros, el importe de la Reserva de Capitalización, que  minoraría la Base Imponible del Ejercicio 2024. Se debe tener en cuenta el límite del 10% de la base imponible de 2024 y mantener esta, al  menos, durante 3 ejercicios.

Cuando una empresa aplica un plan de retribución flexible, esto permite a los empleados reducir su carga tributaria al recibir parte de su salario en especie, y a la larga, incrementar su ingreso neto. Pero estos planes, también son fiscalmente beneficiosos para la empresa, al permitir deducciones en el Impuesto sobre Sociedades, por eso deben formar parte de una estrategia fiscal.

Otros beneficios de realizar una planificación fiscal

Siguiendo con las ventajas de la planificación fiscal, pese a que el principal beneficio es optimizar los recursos económicos de la pyme también son esenciales otros a tener en cuenta:

  • Proporciona información que favorece la toma de decisiones estratégicas.
  • Puede ser un atractivo para inversores.
  • Aporta flexibilidad financiera al facilitar el ajuste de estrategias.
  • Permite no exponerse a sanciones y multas.
  • Por último, cabría resaltar el posible acceso a deducciones fiscales, exenciones, reducciones, amortizaciones aceleradas, aplazamiento y fraccionamiento de pagos, etc. Y a subvenciones de la administración pública.

Tres errores comunes en la planificación fiscal de las pymes

No contratar asesores fiscales expertos

Un error habitual es gestionar la fiscalidad internamente, con los riesgos que eso conlleva. Un asesor fiscal experto, además de reducir la carga de trabajo al empresario, y paliar su desconocimiento en la materia, aporta seguridad. En CE Consulting estamos especializados en planificación fisca, y comprometidos a brindarte soluciones personalizadas gracias a nuestro equipo de especialistas. De esta manera, el empresario se evita la obligación de conocer todos los entresijos de la fiscalidad, así como las modificaciones que van surgiendo con las nuevas normativas.

Ignorar incentivos fiscales disponibles

La falta natural de conocimientos y experiencia en el ámbito fiscal provoca que se puedan perder oportunidades directas en lo que respecta a incentivos. Estos pueden ser accesibles por inversión en I+D e innovación tecnológica, por contratación de trabajadores con discapacidad o por la apuesta en energías renovables, entre otros.

Dejar la planificación para última hora

Las empresas solo se ocupan de la fiscalidad cuando se acerca la fecha límite para la presentación de impuestos, lo cual impide estudiar las mejores estrategias fiscales, que necesitan prepararse con tiempo, por eso la procrastinación de la planificación fiscal es otro error común que debe evitarse.

Fiscalidad de impatriados en España

Fiscalidad de impatriados en España: obligaciones, ventajas y requisitos

por Elisabet Jiménez Llanos

El concepto de impatriado va aparejado al hecho de adquirir residencia fiscal en España. Por tanto, cabe preguntarse cómo es la la fiscalidad de impatriados, cuáles son sus obligaciones y qué ventajas tienen en nuestro país. Desde CE Consulting te lo explicamos al detalle, informándote del régimen fiscal al que están sujetos los impatriados.

Fiscalidad impatriados mujer llegando a España

¿Quiénes son impatriados?

Los impatriados son los trabajadores, profesionales, emprendedores e inversores residentes en el extranjero -sean o no españoles, pero, en todos los casos, personas físicas- desplazados a territorio español por determinados motivos laborales. Y que, como consecuencia de esa movilidad geográfica, adquieren residencia fiscal en España.

¿Cuál es la fiscalidad de impatriados en España?

La primera implicación de la fiscalidad de impatriados en España es que pasan a ser contribuyentes del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF). No obstante, se les permite tributar por el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR). Este puede resultar más favorable, aunque han de mantener la condición de contribuyente por el IRPF. Este régimen fiscal especial para no residentes busca hacer más atractivo el traslado con residencia en España. El objetivo es atraer capital humano altamente cualificado y mejorar la competitividad de las empresas españolas.

La solicitud a este régimen especial, así como su renuncia, se tramita mediante el modelo 149. Y los contribuyentes deben presentar una declaración especial del IRPF en el modelo 151, adaptado al contenido del régimen.

Los impatriados solamente tienen que pagar impuestos por los ingresos generados en España, y no por los obtenidos fuera de nuestro país. Para disfrutar de este y otros beneficios, sin embargo, es necesario cumplir los requisitos de la Ley Beckham, que resumimos a continuación.

Fiscalidad de impatriados: obligaciones en España

La Ley Beckham

La llamada Ley Beckham, o Ley de Impatriados, está recogida en el art. 93 de la Ley de IRPF. Esta dicta que los impatriados tienen opción de tributar en el IRNR (manteniendo la condición de contribuyentes de IRPF) durante el período impositivo en que se efectúe el cambio de residencia. Y también los cinco años siguientes.

Además, los contribuyentes acogidos a este régimen no están obligados a presentar la declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero. En contrapartida, tampoco pueden aplicar deducciones por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo.

Pero, para adherirse a la Ley Beckham, es indispensable cumplir los requisitos que marca la normativa al respecto.

Los tres requisitos de la Ley Beckham

  • No haber sido residente fiscal en España durante los 5 períodos impositivos anteriores.(Antes eran 10, pero el periodo previo a acreditar se redujo a la mitad. Esto, gracias a la Ley 28/2022. También es conocida como Ley de Startups).
  • Desplazarse a España como resultado de cualquiera de estas cuatro circunstancias:
    • Un contrato de trabajo
    • Adquisición de la condición de administrador de una entidad, independientemente del porcentaje de participación de capital.
    • Realización de una actividad económica emprendedora, novedad que fijó la Ley de Startups.
    • O, desde el 1 de enero de 2023, la prestación de servicios a empresas emergentes por parte de un profesional altamente cualificado. En este cuarto epígrafe también se engloban actividades de formación, investigación, desarrollo e innovación.
  • Que, salvo excepciones, no se estén percibiendo rentas que se puedan calificar como ganancias por un establecimiento permanente situado en territorio español.

Es importante destacar que, desde 2015, los deportistas profesionales ya no pueden solicitar este régimen. La reforma fiscal de dicho año los excluyó completamente.

Ley de Startups

El 23 de diciembre de 2022 entró en vigor la Ley 28/2022, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes. Se suele denominar Ley de Startups. Esta introdujo novedades muy relevantes en relación con la Ley Beckham.

Entre otras reformas, como la mencionada reducción a cinco años o la inclusión de emprendedores, se añadió que también pueden optar por tributar por el IRNR. Es decir, el Impuesto sobre la Renta de No Residente. Esto si se respetan unas condiciones específicas- los familiares que se desplacen con el trabajador. Pero únicamente el cónyuge y los hijos menores de 25 años (o cualquiera que sea su edad si son personas con discapacidad). Y si no existe vínculo matrimonial, se puede incluir al progenitor de estos.

Asimismo, esta regulación incluyó la posibilidad de que puedan disfrutar de este régimen los teletrabajadores extranjeros o nómadas digitales, pese a que es obligatorio que cuenten con el visado para el teletrabajo de carácter internacional previsto en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. Para ampliar esta información puedes leer nuestro artículo Nómada digital y otros permisos que incorpora la ley de startups.

Y en lo que respecta a los impatriados administradores, se eliminó la obligatoriedad de que la participación del administrador en la sociedad fuera inferior al 25%. A excepción de entidades patrimoniales.

Ventajas fiscales de impatriados

Un impatriado, además de las obligaciones, tiene las siguientes ventajas fiscales como sujeto pasivo:

  • Solo tributará en España por los rendimientos que se consideren obtenidos en este país de conformidad con la ley del IRNR. Esto significa que no tendrá que tributar por su renta global en territorio español.
  • Las retenciones e ingresos en concepto de pagos a cuenta del IRPF se practicarán de acuerdo con la normativa del IRNR. Pero el porcentaje de retención o ingreso a cuenta sobre rendimientos del trabajo no se calcula con la escala progresiva del IRPF. Es decir, es fijo: del 24% sobre los ingresos que no superen los 600.000 euros. Y del 47% para los que sobrepasen esa cantidad.
  • No tiene obligación de presentar el modelo 720, de declaración de bienes en el extranjero. Esto es debido a que el impatriado que se adhiere al IRNR es tratado como si fuera un ‘no residente fiscal’.
  • Y en relación con el Impuesto sobre el Patrimonio y el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas, tributará tan solo por los bienes ubicados en España.

Exclusiones del régimen fiscal de impatriados en España

En términos generales, un sujeto pasivo puede ser excluido de este régimen especial si, por su situación, deja de cumplir alguno de los requisitos para la aplicación de la ley. No obstante, no se excluirá al contribuyente que esté en alguno de los siguientes casos:

  • Fin de la relación laboral que le trajo a España por despido. O inicio posterior de otro empleo en territorio español tras un breve periodo de tiempo.
  • Según ha establecido recientemente la Dirección General de Tributos (V0009-24), la renuncia voluntaria de la relación laboral no implica automáticamente la exclusión. Esto, siempre que el período de tiempo transcurrido entre el cese laboral previo y la adopción de cargo de administrador en una sociedad que se haya constituido en España sea breve.

Por último, hay que tener en cuenta que este régimen no es aplicable si el desplazamiento no se ajusta a los motivos establecidos en la normativa. Por esta razón no están admitidas las personas que no desempeñan una actividad económica. (En otras palabras: jubilados, rentistas o con ingresos provenientes de sociedades patrimoniales). Y tampoco están incluidos los contribuyentes con rentas procedentes de un establecimiento permanente en territorio español. Por todo ello, es importante conocer muy bien cada situación y la fiscalidad de impatriados en España para aplicarla de forma correcta. Aquí puedes conocer también detalles de la fiscalidad para expatriados y las implicaciones de los trabajadores al salir de España.

Expatriado: fiscalidad y otras implicaciones al salir de España

por Carlos Díaz Gutiérrez

expatriado en aeropuerto

El término expatriado hace referencia a la persona que reside y trabaja, en un país diferente al suyo de origen, pero con un motivo: cuando su empresa le moviliza a otro país para desempeñar allí funciones específicas. En esta situación, es esencial conocer los aspectos fiscales, laborales y legales que van a cambiar, y que te explicamos al detalle desde CE Consulting.

Qué es la residencia fiscal y la importancia de saber si se es residente o no

La residencia fiscal está regulada por el artículo 9 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), según dicha normativa, se entenderá que una persona tiene su residencia fiscal en territorio español cuando se dé cualquiera de las siguientes circunstancias:

  • Permanecer más de 183 días, durante el año natural, en España.
  • Que el núcleo principal -o la base- de sus actividades o intereses económicos esté ubicado en nuestro país.
  • O si su cónyuge (no separado) e hijos menores de edad residen habitualmente en España.

Residentes: qué es y qué obligaciones tienen

El sujeto pasivo con residencia fiscal en España, tributará bajo normativa española lo que  conllevará la presentación anual de declaración de IRPF por su renta mundial, Modelo 100, así como en caso de que corresponda impuesto sobre el patrimonio, modelo 714, y declaración de bienes en el extranjero, Modelo720/721.

Si una persona ha sido expatriada por causas laborales, pero legalmente es residente español, debe saber que, gracias a la regulación 7P, esta persona cuenta con ventajas fiscales especialmente diseñadas para trabajadores desplazados en el extranjero. Es importante destacar que los profesionales deben realizar trabajos técnicos o productivos, no comerciales. ¡Te contamos aquí todo lo referente al 7p!

No residentes: qué es y qué obligaciones tienen

Un no residente fiscal no cumple con los criterios de residencia fiscal de un país. En consecuencia, tiene obligaciones tributarias, pero tributa únicamente por los ingresos obtenidos en este territorio. Las principales obligaciones fiscales según el tipo de renta son:

Por venta/compra de inmuebles. Modelos 210 y 211

Cuando un no residente vende un inmueble en España está sujeto a una retención del 3% sobre el valor de la operación. Esto se declara mediante el modelo 211. Posteriormente, ha de realizar una liquidación a través del modelo 210, declarando la ganancia patrimonial. El plazo establecido por Hacienda es de tres meses una vez transcurrido el plazo de un mes desde la fecha de transmisión.

Por alquileres y dividendos. Modelo 210

Los ingresos obtenidos por el alquiler de inmuebles, o por dividendos, también deben declararse con el modelo 210. Para los no residentes de la Unión Europea, el tipo impositivo general es del 24%. Y para los residentes en la UE, Noruega o Islandia se reduce a un 19%.

Por tener inmuebles a disposición: presentación anual Modelo 210

Los no residentes que poseen inmuebles en España pero no los alquilan, tienen la obligación de declarar una renta imputada en función del valor catastral de la propiedad mediante el modelo 210.

Otros aspectos que la empresa debe considerar del expatriado

Al enviar trabajadores al extranjero, la empresa debe tener en cuenta otros aspectos importantes, como el laboral y legal.

Laboral

Cotización a la Seguridad Social en España del trabajador desplazado

Si el trabajador movilizado estaba encuadrado en uno de los regímenes de la Seguridad Social española, la empresa debe seguir cotizando en España por ese empleado. Esto es posible mediante la aplicación de convenios bilaterales. En caso de no existir, se aplicaría el Reglamento Europeo de coordinación de la Seguridad Social (Reglamento (CE) nº 883/2004).

Por el contrario, si el trabajador no residía en territorio español cuando fue contratado, no se le aplicará la legislación española de Seguridad Social, sino la del país donde vaya a ejercer la actividad profesional.

Abrir una entidad (con o sin establecimiento permanente en destino), ¿obligatorio?

Las normas específicas de cada país pueden requerir que las empresas extranjeras establezcan una presencia formal donde actúan si sus actividades se extienden en el tiempo, o si generan ingresos muy elevados. Por ejemplo, esta medida puede implicar la apertura de una oficina, la contratación de empleados locales y/o el hecho de contar con agentes comerciales.

Y si el establecimiento es permanente (EP), la nación de destino puede considerar a la empresa como una entidad local a efectos fiscales, lo que significa que tendrá que pagar impuestos sobre los beneficios generados en el lugar.

Comunicación del desplazamiento a la Seguridad Social

La comunicación de ello es un trámite obligatorio. Y debe de hacerse mediante el modelo de solicitud TA-300 u otros modelos en función del país destino. Esta gestión garantiza que el trabajador mantenga sus derechos en España mientras se encuentra fuera.

Para cumplimentar este documento se debe incluir la información del trabajador desplazado, los datos de la empresa y los detalles del desplazamiento: el país de destino, el nombre y domicilio de la empresa de destino y la duración del desplazamiento. Tras ello, la Tesorería General de la Seguridad Social emitirá el Certificado A1, que evita la doble cotización. Y el trabajador expatriado debe llevarlo consigo al país de traslado para certificar que continúa cotizando en España.

En el caso de que no exista convenio, o modelo oficial designado, deberá hacerse mediante una documento que describa la información antes indicada y presentar en el registro electrónico habilitado.

Análisis del convenio entre TGSS y el país de destino del expatriado

También es fundamental que la empresa verifique si existe un convenio bilateral con el país de destino antes de desplazar a un trabajador. Cada convenio puede tener particularidades y reglas específicas que no se pueden ignorar.

Retribuciones y pactos para expatriados

Elaboración de carta de asignación o adenda de desplazamiento

Este documento formaliza la expatriación. En este ha de constar la duración, el lugar de destino, las tareas a realizar, las condiciones laborales, las retribuciones y las compensaciones económicas adicionales.

Adecuación a exenciones y deducciones fiscales

Las empresas que envían trabajadores al extranjero pueden beneficiarse de las deducciones por gastos relacionados con el desplazamiento, mientras que el trabajador, por su parte, podrá beneficiarse de la siguiente manera:

  • Exención de impuestos sobre la renta en su país de origen.
  • Tratamiento fiscal favorable que ofrecen algunos países de destino para atraer talento.
  • Protección contra la doble imposición para evitar pagar los impuestos en ambos países.
  • Se puede aplicar el Régimen de excesos, que permite a los empleados enviados al extranjero mantener ciertas exenciones sobre sus ingresos. Este régimen es incompatible con la regla del 7P.

Legal, otra de las implicaciones a considerar del expatriado

Por último, en este repaso sobre las claves de la expatriación, conviene recordar el cumplimiento de la normativa laboral tanto en España como en el país de destino. Esto implica, en su caso, la gestión de permisos de residencia y trabajo, tanto del trabajador como de su familia. Y también es importante preparar el regreso del expatriado a su país, y su vuelta a la empresa.

Reglamento DORA y su impacto en las empresas

por Javier Milara Muñoz

El Reglamento DORA, o “Digital Operational Resilience Act” es una normativa europea. Busca establecer requerimientos rigurosos para mejorar la seguridad digital y la resiliencia operativa de las entidades financieras y sus proveedores de servicios críticos. Este marco normativo está contenido en el Reglamento (UE) 2022/2554, de 14 de diciembre de 2022. Fue diseñado para fortalecer la resiliencia operacional del sector financiero y la gestión de riesgos tecnológicos en el ámbito digital. Se enmarca dentro de las estrategias más amplias de la Unión Europea para asegurar el sector financiero frente a las crecientes amenazas cibernéticas.

Así, el Reglamento DORA no solo enfatiza la prevención y gestión de riesgos, sino que también establece protocolos claros para la notificación y manejo de incidentes cibernéticos. Con ello, se asegura una respuesta coordinada ante amenazas, protegiendo así la integridad y la eficiencia del mercado interior, a la vez que facilita su correcto funcionamiento. Desde CE Consulting consideramos que este tema es de interés para toda empresa.

Reglamento DORA afecta a empresas

¿Cuál es el objeto principal del Reglamento DORA?

Como objeto principal del Reglamento (UE) 2022/2554 nos encontramos con el fin de lograr un elevado nivel común de resiliencia operativa digital, estableciendo una diversidad de requisitos uniformes relativos a la seguridad de las redes y los sistemas de información que sustentan los procesos empresariales de entidades. Requisitos que se expondrán de forma amplia en los siguientes epígrafes del presente documento, destacando de forma sencilla y preliminar alguno de ellos:

  • Requisitos en relación con los acuerdos contractuales celebrados entre proveedores terceros de servicios de TIC y entidades financieras.
  • Normas para el establecimiento y aplicación del marco de supervisión de los proveedores terceros esenciales de servicios de TIC cuando presten servicios a entidades financieras.
  • Normas sobre cooperación entre autoridades competentes y normas sobre control y ejecución por parte de las autoridades competentes en relación con todos los asuntos cubiertos por el presente Reglamento.

¿A qué empresas afecta DORA?

DORA está dirigido principalmente a actores del sector financiero, incluyendo a instituciones de crédito, empresas de inversión o fondos de pensiones de empleo. También registros de titulaciones, sociedades de gestión, proveedores de servicios de suministro de datos. Y administradores de índices de referencia cruciales, proveedores de servicios de financiación participativa, proveedores de servicios de criptoactivos, fintechs, instituciones de pago, agencias de calificación crediticia, proveedores de servicios de crowdfunding, aseguradoras y reaseguradoras. También es aplicable a sus proveedores de servicios TIC (tecnologías de la información y la comunicación), siendo de obligado cumplimiento lo regulado en el presente reglamentos. Todo ello, siempre de acuerdo con el principio de proporcionalidad, el cual tiene en cuenta el tamaño, perfil, la naturaleza, la escala y la complejidad de los servicios, actividades y operaciones desarrollados por las entidades financieras.

El Reglamento DORA responsabiliza a los órganos de dirección de la organización de la gestión de las TIC. Esto significa que les exige que definan marcos adecuados de gestión de riesgos, colaboren en la ejecución y supervisión de estas estrategias y se mantengan al corriente de la evolución del panorama de riesgos.

¿Cuándo entra en vigor el Reglamento DORA?

El Reglamento entró en vigor el 16 de enero de 2023. Y estableció un plazo de dos años para que las entidades del sector financiero cumplan los requisitos establecidos en el Reglamento. Es decir, hasta el 16 de enero de 2025. Por tanto, desde el 17 de enero de 2025 el Reglamento DORA es plenamente aplicable.  Y, por ello, las entidades financieras deberán cumplir con los requisitos establecidos. Además, a partir de esta fecha, las autoridades competentes comenzarán las actividades de supervisión.

¿Cuáles son los requisitos y obligaciones del Reglamento DORA?

Los requisitos del Reglamento DORA abarcan cinco pilares fundamentales:

Gestión de riesgos TIC

Este pilar pretende transformar la gestión de riesgos de las TIC de un proceso reactivo a uno proactivo. Implica el desarrollo y la aplicación de sistemas de identificación, evaluaciones periódicas de riesgos, prácticas de evaluación, estrategias de mitigación, planes de respuesta a incidentes y procesos de concienciación sobre los riesgos en toda la organización, políticas y procedimientos de respaldo y procedimientos y métodos de restablecimiento y recuperación.

Gestión de riesgos de terceros (proveedores TIC)

Para reforzar la relación entre las instituciones financieras y sus terceros proveedores críticos. Exige que las entidades tengan contratos detallados con sus proveedores de TIC, lleven a cabo una diligencia debida continua y dispongan de un proceso sólido para la desvinculación. También podrán ser designados por las autoridades europeas de supervisión como como proveedores esenciales para las entidades financieras. Además, de la designación de un supervisor principal fuera de la unión, según los criterios establecido por el reglamento. Este pretende garantizar que las relaciones con terceros no comprometan la resistencia operativa.

Notificación de incidentes

Este pilar normaliza y centraliza el proceso de notificación de incidentes graves en las entidades financieras de toda la UE. Exige que las entidades implanten sistemas que controlen, detecten, describan, notifiquen y analicen los incidentes significativos.

Resiliencia operativa digital

Es imprescindible garantizar que las entidades financieras puedan sobrevivir a las ciberamenazas. Para ello, las organizaciones debe llevar a cabo pruebas periódicas para evaluar sus vulnerabilidades y respuestas cibernéticas y, a continuación, mejorar sus prácticas en función de los resultados.

Intercambio de información

Este pilar pretende aumentar la concienciación sobre la resistencia operativa e incrementar el intercambio de prácticas y lecciones aprendidas en todo el sector. Las organizaciones deben compartir información de forma segura para aumentar la colaboración y la resistencia entre las instituciones financieras.

Cómo se deben reportar incidentes según el Reglamento DORA

El proceso de notificación de incidentes requiere que las empresas establezcan procedimientos claros para la detección, gestión, clasificación y notificación de los mismos.

Detección. Las entidades deben contar con protocolos internos para la identificación, seguimiento, registro. También categorización y tipificación de todos los incidentes vinculados a las tecnologías de la información y comunicación (TIC).

Evaluación de la gravedad. La entidad debe estimar la magnitud o relevancia del incidente para decidir si procede su notificación. Los incidentes calificados como graves deben ser reportados a la alta dirección y al consejo de administración. Se debe detallar sus consecuencias y las acciones de respuesta emprendidas. Así como los controles adicionales que se planean implementar a raíz de estos incidentes graves de TIC.

Notificación a la Autoridad de Supervisión Competente (ASC). Es obligatorio reportar el incidente a la autoridad supervisora pertinente dentro del plazo estipulado. La autoridad competente puede diferir según el tipo de entidad financiera y su campo de operaciones.

Notificación inicial. El contenido de la notificación debe incluir un aviso inicial. Y un informe intermedio. Esto, si hay cambios significativos en la situación del incidente. Y un informe final, con las conclusiones del análisis de la causa primaria.

¿Se podrán imponer sanciones administrativas y medidas correctoras?

De acuerdo como lo establecido en la normativa, las autoridades competentes dispondrán de todas las facultades de supervisión, investigación y sanción necesarias para el cumplimiento adecuado de esta. Entre ellas destacan las siguientes sanciones administrativas y medidas correctoras:

  • Emitir un requerimiento dirigido a la persona física o jurídica que esté infringiendo el presente Reglamento. Esto, para que ponga fin a su conducta y se abstenga de repetirla.
  • Exigir el cese provisional o definitivo de toda práctica o conducta que la autoridad competente considere contraria a las disposiciones del presente Reglamento. E impedir la repetición de dicha práctica o conducta.
  • La adopción de cualquier tipo de medida, también de carácter pecuniario. El objetivo es garantizar que las entidades financieras sigan cumpliendo los requisitos legales.
  • Exigir, en la medida en que lo permita el Derecho nacional, los registros de tráfico de datos existentes que obren en poder de un operador de telecomunicaciones, cuando existan sospechas fundadas de infracción del presente Reglamento. Y cuando tales registros puedan ser pertinentes para una investigación de infracciones del presente Reglamento.
  • La publicación de avisos, incluidas declaraciones públicas, en las que se indique la identidad de la persona física o jurídica y la naturaleza de la infracción.

Todo ello, además, sin perjuicio de que los estados miembros puedan establecer sanciones penales derivadas de la comisión de infracciones por parte de los sujetos obligados por el reglamento.

DORA: un Reglamento de interés para todo el empresariado

Si bien DORA se centra en el sector financiero, los principios en los que se basa son relevantes para todo tipo de empresas. Esto, porque los ciberataques son una amenaza común en diversas industrias.

La protección de datos y sistemas no es solo una cuestión de cumplimiento normativo. También es una ventaja competitiva en un mundo cada vez más interconectado.

Empresas de otros sectores podrían beneficiarse al adoptar prácticas similares a las de DORA para mejorar su propia seguridad y resiliencia digital. Además, les ayudaría a prepararse mejor para los retos actuales y futuros de un entorno digital globalizado.

Por tanto, este Reglamento no solo es un mandato regulatorio. Es más una oportunidad para demostrar diligencia y compromiso con la seguridad y protección de la información crítica, tanto de clientes como de la empresa misma. Y posiciona a las organizaciones como líderes confiables en la era digital.

Novedades laborales y en materia social para 2025

por Ana Alarcón Ruiz

Existen novedades laborales para 2025 que toda empresa y trabajador debe conocer. Este año se perfila como un periodo lleno de cambios y transformaciones en el ámbito social y laboral. En este artículo, nuestros expertos de CE Consulting te resumen las novedades laborales para 2025 más destacadas.

Novedades laborales

¿Cuáles son las principales novedades laborales para 2025?

Incremento del Salario Mínimo Interprofesional

El Ministerio de Trabajo y los sindicatos firmaron el acuerdo de Sueldo Mínimo Interprofesional (SMI) 2025 en 1.184 euros mensuales en 14 pagas. El acuerdo supone incrementar en 50 euros mensuales el SMI de 2024. Con ello, se acumula una revalorización de cerca del 61% en este concepto desde 2018. De esta forma, el nuevo SMI es de 16.576 euros brutos al año y 39,47 euros brutos al día, con carácter general.

También Trabajo y sindicato acordaron abrir en el plazo máximo de dos meses una Mesa de Diálogo Social para la transposición de la Directiva (UE) 2022/2041 del Parlamento Europeo y del Consejo de 19 de octubre de 2022 sobre unos salarios mínimos adecuados en la Unión Europea. Deberá abordar la Modernización y actualización de la normativa actual de Real Decreto de SMI, la compensación y absorción de determinados complementos en relación con el salario mínimo interprofesional. Y también que se fije por ley el criterio de que el SMI sea como mínimo equivalente al 60% del salario medio. También se estudiará que la nueva normativa legal incluya una disposición que establezca la obligación de actualizar automáticamente los salarios de los convenios colectivos que puedan verse afectados por el SMI y garantizar su retroactividad. Además, se adecuarán las cuantías diarias por hora del SMI a la reducción de la jornada a 37,5 horas semanales en cómputo anual.

Revalorización de las pensiones para 2025

Se revalorizan las pensiones del sistema de la Seguridad Social, de Clases Pasivas y de otras prestaciones públicas, con efectos desde el 1 de enero de 2025. La revalorización supone, con carácter general, un incremento del 2,8% de las pensiones contributivas del sistema de Seguridad Social.

Elevación de la edad de jubilación en 2025

Durante 2025 se aplican las siguientes normas:

  • La edad ordinaria de jubilación se fija en 66 años y 8 meses siempre que se acrediten al menos 15 años de cotización. No obstante, se permite acceder a la jubilación a los 65 años a quienes acrediten, al menos, 38 años y 3 meses o más de cotización. Para acceder a la jubilación parcial anticipada en 2025, se exige haber cumplido 62 años y 8 meses si se acreditan al menos 36 años y 3 meses de cotización. O 64 años y 4 meses de edad si se acreditan 33 años de cotización.
  • No hay cambios en la base reguladora de la pensión de jubilación. Desde 2022, se calcula dividiendo por 350 las bases de cotización de los 300 meses inmediatamente anteriores al mes previo del hecho causante. De este modo, se toman en consideración los últimos 25 años cotizados.
  • El porcentaje aplicable a la base reguladora. Igual que en 2024, para alcanzar el 100% de la base reguladora se exige un total de 36 años y 6 meses de cotización.

Modificación del régimen de compatibilidad de las prestaciones por incapacidad permanente

Desde el 22-12-2024, la realización de un trabajo o actividad que determine la inclusión en un régimen de la Seguridad Social implica la suspensión del pago de la prestación por incapacidad permanente absoluta y gran invalidez. Este pago se reanudará cuando se produzca el cese en el trabajo. El abono del complemento de gran invalidez, destinado a remunerar a la persona que atienda al beneficiario de la pensión, no se suspende por la realización de un trabajo incompatible.

Actualización de la normativa en materia de cotización

En tanto se apruebe la LPG para 2025, se prorrogan las normas de cotización contenidas en el Titulo VIII de la L 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, con las siguientes actualizaciones:

Bases mínimas

Se incrementan de forma automática en el mismo porcentaje que lo haga el SMI incrementado en un sexto. La base máxima son 4909.50 euros al mes y 163.65 día como tope máximo de cotización.

Mecanismo de Equidad Intergeneracional

Se eleva al 0,80%. En caso de distribución entre empresa y trabajador corresponde el 0,67% a cargo de la empresa y el 0,13% a cargo del trabajador.

Cotización adicional de solidaridad

Una de las novedades laborales para 2025 es que desde el 1 de enero se empieza a aplicar esta cuota de solidaridad en trabajadores cuyo sueldo supere el importe de la base máxima de cotización. Esta cotización adicional no se va a aplicar a autónomos, tan solo los trabajadores por cuenta ajena, así como los trabajadores bajo el régimen de Trabajadores del Mar por cuenta ajena o por cuenta propia, cuya base de cotización supere la base máxima.

Cotización para los trabajadores autónomos

En 2025, los autónomos que se encuadren dentro de los seis primeros tramos con ingresos inferiores a los 1.700 euros, verán reducida su cuota anual entre los 80 y los 428 euros. Pero los que se sitúen en tramos de ingreso superiores a 1.700 euros, verán aumentada su cuota con un incremento anual entre los 272 euros y los 970 euros.

Asimismo, los trabajadores autónomos que, en razón de un trabajo por cuenta ajena, desarrollado simultáneamente, coticen en régimen de pluriactividad tienen derecho al reintegro del 50% del exceso que sus cotizaciones por contingencias comunes superen la cuantía de 16.672,66 euros. Esto con el tope del 50% de las cuotas ingresadas en este régimen especial en razón de su cotización por las contingencias comunes.

Beneficios en la cotización aplicables a los ERTEs y al Mecanismo RED

Se amplía la obligación de mantenimiento del empleo en empresas beneficiarias de exenciones en la cotización de trabajadores afectados por ERTEs por causas ETOP y por fuerza mayor. También las acogidas al mecanismo RED. En este caso se extiende durante un mínimo de 6 meses y un máximo de 2 años siguientes a la finalización del periodo de vigencia del ERTE.

Cotización de socios de cooperativas incluidos en el RETA

Desde inicio del año, no se aplica a los socios de cooperativas incluidos en el RETA ,que dispongan de un sistema intercooperativo de prestaciones sociales, complementario al sistema público, la cotización en función de los rendimientos de la actividad económica. Por lo que no será necesario proceder a la regularización anual de cuotas. Estos trabajadores elegirán su base de cotización mensual en un importe igual o superior a la base mínima del tramo 1 de la tabla general.

Otras novedades laborales para 2025

Trabajadores a tiempo parcial y fijos discontinuos

  • Con efecto desde el 1 de abril de 2025, se incorporan novedades en el cálculo de las prestaciones.
  • Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2025 la prohibición de despedir por causas objetivas vinculada al aumento de los costes energéticos en empresas beneficiarias de ayudas directas previstas en el RDL 9/2024. Asimismo, hasta dicha fecha, las empresas acogidas a medidas de reducción de jornada o suspensión de contratos por causas relacionadas con la invasión de Ucrania y que se beneficien de apoyo público, tampoco podrán utilizar estas causas para realizar despidos.
  • Con la finalidad de reducir las obligaciones tributarias de perceptores de rentas más bajas, se eleva de 1.500 a 2.500 euros la cuantía total de los rendimientos íntegros del trabajo procedentes del segundo y restantes pagadores que obligan a presentar la declaración de la Renta.
  • Se prorrogan las medidas sociales para afrontar las consecuencias de la erupción volcánica de Cumbre Vieja.

Modificaciones en el despido

  • Con vigencia a partir del 3 de abril de 2025, se delimita la justa causa para solicitar la extinción del contrato por parte del trabajador consistente en la falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario.
  • Sin perjuicio de otros supuestos que pueda considerar el órgano judicial, la causa concurre, alternativamente, cuando se adeuden al trabajador tres mensualidades completas de salario en el periodo de un año. Esto, sin necesidad de que sean consecutivas. O cuando haya un retraso en el pago de salarios durante seis meses, aún no consecutivos. A estos efectos, se entiende que existe el retraso cuando hayan transcurrido 15 días desde la fecha fijada para el abono del salario.
  • Se recupera como causa objetiva de nulidad del despido disciplinario y por causas objetivas la solicitud y el disfrute de los permisos por accidente o enfermedad graves de familiares, así como el ejercicio de los derechos de adaptación de jornada por conciliación de la vida familiar y laboral. Estas causas de nulidad fueron eliminadas por el error en 2024.

Activación del mecanismo RED para el sector de fabricación de vehículos

Otra de las novedades laborales para 2025 es que el Consejo de Ministros aprobó la activación del Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo para el sector de la fabricación de vehículos de motor. A este pueden acogerse empresas que cumplan determinados requisitos.

Otros novedades laborales para 2025 que se encuentran en negociación o tramitación

A pesar que no están en vigor en este momento, es importante comentarlos:

Registro horario digital

Actualmente, la normativa exige a las empresas registrar de manera objetiva y fiable las horas de inicio y fin de la jornada de cada trabajador. Aunque no se ha legislado sobre sistemas digitales específicos, se esperan cambios que refuercen la fiabilidad del registro.

Permiso parental

En 2025, previsiblemente, se introducirán mejoras en los permisos de nacimiento y cuidado de menores, para aumentar los derechos de los trabajadores. Hay un acuerdo de Gobierno para ampliar de 16 a 20 semanas el periodo de baja por maternidad y paternidad.

Reducción de la jornada laboral Jornada de 37,5 horas

El Ministerio de Trabajo firmó con los sindicatos un acuerdo para reducir la jornada laboral en nuestro país, pero no hay fecha de la entrada en vigor de este.

Ley de Inteligencia Artificial

Ley de Inteligencia Artificial: claves del reglamento y su impacto en las empresas

por Víctor Millán Belmonte

La Ley de Inteligencia Artificial (IA) de la Unión Europea es conocida como reglamento (UE) 2024/1689. Establece un marco jurídico armonizado para el desarrollo, comercialización y uso de sistemas de inteligencia artificial dentro de la Unión. Dado que es un tema de gran actualidad y que impacta a las empresas, desde CE Consulting te explicamos los puntos clave.

ley de inteligencia artificial

¿Por qué una Ley de Inteligencia Artificial?

El objetivo del reglamento de Inteligencia Artificial es asegurar que la IA se desarrolle y utilice de manera que respete los valores fundamentales de la Unión Europea. Estos son: la protección de los derechos humanos, la democracia y el Estado de derecho. Todo ello, a la vez que fomenta la innovación y la competitividad en el mercado europeo.

La ley regula los sistemas de IA en diferentes categorías de riesgo. Además, establece requisitos específicos para cada categoría. Los sistemas de alto riesgo pueden tener un impacto significativo en la seguridad o los derechos fundamentales de las personas. Por ello, están sujetos a normas más estrictas. Estas incluyen la evaluación de conformidad antes de su comercialización y el monitoreo continuo de su uso.

¿Qué aspectos de la Inteligencia Artificial regula?

El reglamento de Inteligencia Artificial de la UE regula una amplia gama de aspectos relacionados con el desarrollo y el uso de la IA. Estos incluyen:

Introducción en el mercado y puesta en servicio

Establece normas para la evaluación de conformidad, el registro y la documentación de los sistemas de IA antes de su comercialización.

Clasificación de riesgos

Define y clasifica los sistemas de IA según su nivel de riesgo. Impone requisitos más estrictos para los sistemas de alto riesgo, como aquellos utilizados en infraestructuras críticas, educación, empleo y administración pública.

Transparencia y supervisión

Impone obligaciones de transparencia para ciertos sistemas de IA, incluyendo la necesidad de informar a los usuarios cuando interactúan con una IA. También establece mecanismos de supervisión y vigilancia del mercado para asegurar el cumplimiento de las normas.

Prohibiciones

Prohíbe ciertas prácticas de IA consideradas inaceptables, como la manipulación subliminal o la explotación de vulnerabilidades específicas de un grupo de personas.

¿A quién afectará el reglamento de Inteligencia Artificial?

El reglamento de Inteligencia Artificial afecta a una amplia gama de actores dentro del ecosistema de la IA, entre los que se incluyen:

Proveedores de sistemas de IA

Aquellos que desarrollen, comercialicen o pongan en servicio sistemas de IA en la UE, independientemente de si están establecidos dentro o fuera de la Unión.

Responsables del despliegue de IA

Entidades que utilicen sistemas de IA, incluyendo empresas privadas y autoridades públicas.

Importadores y distribuidores

Aquellos que importen o distribuyan sistemas de IA dentro de la UE también estarán sujetos a las normas del reglamento.

Fabricantes de productos integrados con IA

Empresas que integren sistemas de IA en sus productos también deberán cumplir con el contenido del reglamento.

Uso ético y responsable de la IA

La ley de Inteligencia Artificial promueve un uso ético y responsable de la IA.

Las directrices éticas establecidas por el reglamento se centran en asegurar que la IA sea transparente, justa y no discriminatoria. Los sistemas de IA deben ser explicables y sus decisiones revisables. Esto, especialmente, aquellos que tienen un impacto significativo en los derechos y libertades de las personas.

Además, el reglamento fomenta la responsabilidad de los desarrolladores y usuarios de IA. Y asegura que los sistemas se diseñen y utilicen de manera que minimicen los riesgos y maximicen los beneficios para la sociedad.

¿Cuándo entra en vigor el reglamento de Inteligencia Artificial?

Este reglamento está en vigor desde el 1 de agosto de 2024, siendo aplicable en su mayor parte a partir del 2 de agosto de 2026.

No obstante, el 2 de febrero de 2025 entraron en vigor algunas prohibiciones específicas del Reglamento de IA. Entre las que se encuentran las siguientes:

  • Sistemas de IA que manipulen el comportamiento humano de manera engañosa.
  • Aplicaciones de IA para inferir emociones en entornos laborales o educativos (excepto en casos médicos o de seguridad).
  • Uso de sistemas de reconocimiento facial en espacios públicos sin justificación policial.

Además de las prohibiciones, desde esta fecha (2-2-2025) cualquier proveedor de IA o empresa que la utilice debe garantizar que las personas trabajadoras que interactúan con sistemas de IA en su puesto de trabajo reciban una formación adecuada. Esta formación debe permitirles tomar conciencia de las oportunidades y riesgos que plantea la IA, así como de los posibles perjuicios que puede causar.

Otros capítulos del Reglamento, los relacionados con la transparencia y las sanciones, se aplicarán a partir del 2 de agosto de 2025.

Finalmente, el art. 6 apartado 1, sobre reglas de clasificación de sistemas de alto riesgo y las obligaciones correspondientes del reglamento, serán aplicables a partir del 2 de agosto de 2027.

Sanciones por incumplimiento del reglamento de la IA

Las sanciones incluyen multas administrativas. Estas pueden alcanzar hasta 35 millones de euros. O, en su caso, el 7% del volumen de negocios mundial total del infractor del ejercicio financiero anterior, si esta cifra es superior.

Los Estados miembros de la UE deben establecer y aplicar regímenes de sanciones eficaces, proporcionadas y disuasorias para asegurar el cumplimiento del reglamento.

Las sanciones están diseñadas para castigar el incumplimiento, prevenir comportamientos indebidos y fomentar el desarrollo y uso responsable de la IA. Las medidas de ejecución pueden incluir advertencias, multas y otras sanciones no pecuniarias. Estas irán adaptadas a la gravedad de la infracción y al tamaño de la entidad infractora.

Impacto de la ley de Inteligencia Artificial en las empresas

Fiscal

A medida que se vaya implementando y desarrollando la IA, se irán estableciendo nuevas obligaciones fiscales y las empresas deberán establecer estrategias de optimización. El reglamento establece un marco regulador que puede influir significativamente en las obligaciones fiscales de las empresas, tanto desarrolladoras de IA, como las que la usen. Con probabilidad, en el futuro, las empresas se enfrentarán a nuevas tasas o impuestos diseñados para garantizar que las tecnologías de IA contribuyan adecuadamente a las economías de donde operan. Y, como consecuencia, las empresas tratarán de realizar todo tipo de estrategias de optimización fiscal. Un ejemplo: buscar incentivos fiscales y subvenciones para investigación, desarrollo e implantación en IA.

A medida que se vaya extendiendo el uso de la IA en las empresas, estas llevarán un cumplimiento proactivo mayor. Esto significa que las empresas implementarán sistemas de cumplimiento fiscal proactivo y auditorías que se alineen con las nuevas normativas para evitar posibles sanciones.

Laboral

Se espera que las empresas realicen inversiones en formación y reciclaje profesional de los empleados. Esto para adaptarse a los cambios tecnológicos y para garantizar el uso seguro y ético de la IA en sus organizaciones.

La formación en IA es obligatoria para aquellas empresas que utilicen sistemas de IA de alto riesgo. En estos casos, la normativa exige que los empleados que interactúen con estas herramientas reciban formación adecuada para su uso y comprensión.

Por otro lado, las empresas que usen ChatGPT u otras IAs generativas con fines generales (redacción, atención al cliente, soporte interno), no tienen la obligación de ofrecer formación en esta materia, aunque sí es muy recomendable. Si se emplea en entornos donde pueda tener implicaciones legales o afectar derechos fundamentales, entonces la empresa sí deberá tomar medidas de capacitación.

Legal

Las empresas deben cumplir con una serie de requisitos legales para evitar sanciones. Especialmente, en lo que respecta a la privacidad y gestión de datos con los que se entrena o trabaja esta tecnología. Deberán implementar medidas estrictas para cumplir el reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y las disposiciones específicas de la nueva Ley de IA. También asegurar que los sistemas de IA sean transparentes y explicables. Y que permitan a los usuarios entender cómo se toman las decisiones automatizadas, cumpliendo los requisitos de Transparencia y Explicabilidad de la norma.

Igualmente, las empresas deberán establecer un marco de gobernanza que supervise el desarrollo e implementación de la IA, asegurando el cumplimiento ético y legal.

Recomendaciones para las empresas

Dado que la aplicación del Reglamento es progresiva, es crucial que las empresas comiencen a evaluar cómo les afecta y tomen medidas para garantizar el cumplimiento. Se recomienda:

  • Identificar los usos de IA dentro de la organización.
  • Analizar si estos usos entran dentro del ámbito de aplicación del Reglamento.
  • Establecer un modelo de gobernanza de IA en la organización.
  • Implementar un sistema de gestión de la IA, incluyendo la gestión de riesgos asociados.
  • Proporcionar formación y concienciación en IA al personal.

Este reglamento de la IA presenta oportunidades y desafíos para las empresas, ya que fomenta la innovación, pero establece un marco regulador riguroso. Las empresas que se adapten rápidamente obtendrán una ventaja competitiva significativa, destacándose por encima de la competencia.

Novedades laborales y en materia social para 2025

por Ana Alarcón Ruiz

Existen novedades laborales para 2025 que toda empresa y trabajador debe conocer. Este año se perfila como un periodo lleno de cambios y transformaciones en el ámbito social y laboral. En este artículo, nuestros expertos de CE Consulting te resumen las novedades laborales para 2025 más destacadas.

Novedades laborales

¿Cuáles son las principales novedades laborales para 2025?

Prórroga del Salario Mínimo Interprofesional

El Real Decreto-ley 9/2024 establece la prórroga del SMI de 2024 hasta la publicación del decreto para el año 2025. La cantidad actual del SMI (2024) es de 1.134 euros mensuales, en 14 pagas (15.876 euros brutos anuales). Y diario 37,80 euros.

Ante el posible vacío legal que pudiera producirse como consecuencia de la falta de prórroga del SMI 2024 consecuencia de la no convalidación del RDL 9/2024, la DGTr ha emitido un criterio interpretativo manteniendo la vigencia del SMI fijado para 2024.

Revalorización de las pensiones para 2025

Se revalorizan las pensiones del sistema de la Seguridad Social, de Clases Pasivas y de otras prestaciones públicas, con efectos desde el 1 de enero de 2025. La revalorización supone, con carácter general, un incremento del 2,8% de las pensiones contributivas del sistema de Seguridad Social.

Elevación de la edad de jubilación en 2025

Durante 2025 se aplican las siguientes normas:

  • La edad ordinaria de jubilación se fija en 66 años y 8 meses siempre que se acrediten al menos 15 años de cotización. No obstante, se permite acceder a la jubilación a los 65 años a quienes acrediten, al menos, 38 años y 3 meses o más de cotización. Para acceder a la jubilación parcial anticipada en 2025, se exige haber cumplido 62 años y 8 meses si se acreditan al menos 36 años y 3 meses de cotización. O 64 años y 4 meses de edad si se acreditan 33 años de cotización.
  • No hay cambios en la base reguladora de la pensión de jubilación. Desde 2022, se calcula dividiendo por 350 las bases de cotización de los 300 meses inmediatamente anteriores al mes previo del hecho causante. De este modo, se toman en consideración los últimos 25 años cotizados.
  • El porcentaje aplicable a la base reguladora. Igual que en 2024, para alcanzar el 100% de la base reguladora se exige un total de 36 años y 6 meses de cotización.

Modificación del régimen de compatibilidad de las prestaciones por incapacidad permanente

Desde el 22-12-2024, la realización de un trabajo o actividad que determine la inclusión en un régimen de la Seguridad Social implica la suspensión del pago de la prestación por incapacidad permanente absoluta y gran invalidez. Este pago se reanudará cuando se produzca el cese en el trabajo. El abono del complemento de gran invalidez, destinado a remunerar a la persona que atienda al beneficiario de la pensión, no se suspende por la realización de un trabajo incompatible.

Actualización de la normativa en materia de cotización

En tanto se apruebe la LPG para 2025, se prorrogan las normas de cotización contenidas en el Titulo VIII de la L 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, con las siguientes actualizaciones:

Bases mínimas

Se incrementan de forma automática en el mismo porcentaje que lo haga el SMI incrementado en un sexto. La base máxima son 4909.50 euros al mes y 163.65 día como tope máximo de cotización.

Mecanismo de Equidad Intergeneracional

Se eleva al 0,80%. En caso de distribución entre empresa y trabajador corresponde el 0,67% a cargo de la empresa y el 0,13% a cargo del trabajador.

Cotización adicional de solidaridad

Una de las novedades laborales para 2025 es que desde el 1 de enero se empieza a aplicar esta cuota de solidaridad en trabajadores cuyo sueldo supere el importe de la base máxima de cotización. Esta cotización adicional no se va a aplicar a autónomos, tan solo los trabajadores por cuenta ajena, así como los trabajadores bajo el régimen de Trabajadores del Mar por cuenta ajena o por cuenta propia, cuya base de cotización supere la base máxima.

Cotización para los trabajadores autónomos

En 2025, los autónomos que se encuadren dentro de los seis primeros tramos con ingresos inferiores a los 1.700 euros, verán reducida su cuota anual entre los 80 y los 428 euros. Pero los que se sitúen en tramos de ingreso superiores a 1.700 euros, verán aumentada su cuota con un incremento anual entre los 272 euros y los 970 euros.

Asimismo, los trabajadores autónomos que, en razón de un trabajo por cuenta ajena, desarrollado simultáneamente, coticen en régimen de pluriactividad tienen derecho al reintegro del 50% del exceso que sus cotizaciones por contingencias comunes superen la cuantía de 16.672,66 euros. Esto con el tope del 50% de las cuotas ingresadas en este régimen especial en razón de su cotización por las contingencias comunes.

Beneficios en la cotización aplicables a los ERTEs y al Mecanismo RED

Se amplía la obligación de mantenimiento del empleo en empresas beneficiarias de exenciones en la cotización de trabajadores afectados por ERTEs por causas ETOP y por fuerza mayor. También las acogidas al mecanismo RED. En este caso se extiende durante un mínimo de 6 meses y un máximo de 2 años siguientes a la finalización del periodo de vigencia del ERTE.

Cotización de socios de cooperativas incluidos en el RETA

Desde inicio del año, no se aplica a los socios de cooperativas incluidos en el RETA ,que dispongan de un sistema intercooperativo de prestaciones sociales, complementario al sistema público, la cotización en función de los rendimientos de la actividad económica. Por lo que no será necesario proceder a la regularización anual de cuotas. Estos trabajadores elegirán su base de cotización mensual en un importe igual o superior a la base mínima del tramo 1 de la tabla general.

Otras novedades laborales para 2025

Trabajadores a tiempo parcial y fijos discontinuos

  • Con efecto desde el 1 de abril de 2025, se incorporan novedades en el cálculo de las prestaciones.
  • Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2025 la prohibición de despedir por causas objetivas vinculada al aumento de los costes energéticos en empresas beneficiarias de ayudas directas previstas en el RDL 9/2024. Asimismo, hasta dicha fecha, las empresas acogidas a medidas de reducción de jornada o suspensión de contratos por causas relacionadas con la invasión de Ucrania y que se beneficien de apoyo público, tampoco podrán utilizar estas causas para realizar despidos.
  • Con la finalidad de reducir las obligaciones tributarias de perceptores de rentas más bajas, se eleva de 1.500 a 2.500 euros la cuantía total de los rendimientos íntegros del trabajo procedentes del segundo y restantes pagadores que obligan a presentar la declaración de la Renta.
  • Se prorrogan las medidas sociales para afrontar las consecuencias de la erupción volcánica de Cumbre Vieja.

Modificaciones en el despido

  • Con vigencia a partir del 3 de abril de 2025, se delimita la justa causa para solicitar la extinción del contrato por parte del trabajador consistente en la falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario.
  • Sin perjuicio de otros supuestos que pueda considerar el órgano judicial, la causa concurre, alternativamente, cuando se adeuden al trabajador tres mensualidades completas de salario en el periodo de un año. Esto, sin necesidad de que sean consecutivas. O cuando haya un retraso en el pago de salarios durante seis meses, aún no consecutivos. A estos efectos, se entiende que existe el retraso cuando hayan transcurrido 15 días desde la fecha fijada para el abono del salario.
  • Se recupera como causa objetiva de nulidad del despido disciplinario y por causas objetivas la solicitud y el disfrute de los permisos por accidente o enfermedad graves de familiares, así como el ejercicio de los derechos de adaptación de jornada por conciliación de la vida familiar y laboral. Estas causas de nulidad fueron eliminadas por el error en 2024.

Activación del mecanismo RED para el sector de fabricación de vehículos

Otra de las novedades laborales para 2025 es que el Consejo de Ministros aprobó la activación del Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo para el sector de la fabricación de vehículos de motor. A este pueden acogerse empresas que cumplan determinados requisitos.

Otros novedades laborales para 2025 que se encuentran en negociación o tramitación

A pesar que no están en vigor en este momento, es importante comentarlos:

Registro horario digital

Actualmente, la normativa exige a las empresas registrar de manera objetiva y fiable las horas de inicio y fin de la jornada de cada trabajador. Aunque no se ha legislado sobre sistemas digitales específicos, se esperan cambios que refuercen la fiabilidad del registro.

Permiso parental

En 2025, previsiblemente, se introducirán mejoras en los permisos de nacimiento y cuidado de menores, para aumentar los derechos de los trabajadores. Hay un acuerdo de Gobierno para ampliar de 16 a 20 semanas el periodo de baja por maternidad y paternidad.

Reducción de la jornada laboral Jornada de 37,5 horas

El Ministerio de Trabajo firmó con los sindicatos un acuerdo para reducir la jornada laboral en nuestro país, pero no hay fecha de la entrada en vigor de este.

Las principales novedades fiscales de 2025

por José Ramón Huertas López

Las leyes y normativas fiscales cambian constantemente, por lo que es importante estar al día de las últimas modificaciones. Por ello, con el inicio del nuevo año, es fundamental conocer las principales novedades fiscales de 2025 que pueden afectar tanto a particulares, autónomos o sociedades.

novedades fiscales

Nuevos impuestos

Impuesto sobre el margen de intereses comisiones de determinadas entidades financieras

Afecta a entidades específicas, modificando su periodo de devengo y ajustando cuotas en operaciones de reestructuración. Entró en vigor el 25/12/24.

Impuesto sobre los líquidos de cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco

Su aplicación se pospone al 1 de abril de 2025, garantizando mayor tiempo de adaptación para las empresas afectadas.

Medidas antifraude y digitalización entre las novedades fiscales de 2025

El gobierno intensifica en 2025 las acciones para combatir el fraude fiscal. Entre esas medidas están:

Facturación electrónica obligatoria

A fecha de hoy se desconoce la entrada en vigor.

Control sobre plataformas digitales

Las plataformas como Airbnb, Wallapop y similares deberán informar de todas las transacciones realizadas sin importar el número o el monto acumulado.

Novedades fiscales de 2025

Impuesto sobre Sociedades

El Impuesto sobre Sociedades experimenta varias modificaciones que afectan principalmente a grandes empresas y grupos multinacionales:

Tipo mínimo global

Se implementa un tipo efectivo del 15% para multinacionales con ingresos anuales superiores a 750 millones de euros, en línea con acuerdos internacionales.

Prórroga de beneficios fiscales

Se extiende la libertad de amortización en inversiones que utilicen energía renovable.

Reducción de tipos para pequeñas empresas

Las microempresas y empresas de reducida dimensión podrán beneficiarse de tipos impositivos más bajos, favoreciendo su crecimiento, y se irán aplicando de manera progresiva hasta 2029

IVA

Desde el 1 de enero de 2025, se introducen los siguientes cambios:

Simplificación para autónomos

Se prorrogan los límites de exclusión del régimen simplificado y del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca (REAGP) a 250.000 euros de ingresos anuales.

Gasóleo bonificado

Se incorpora al sistema de gestión de depósitos fiscales para mejorar su trazabilidad.

IRPF

Este año, se implementan varios ajustes en este impuesto:

Límites de ingresos para declaración obligatoria

Entre las novedades fiscales de 2025 está el aumento a 22.000 euros del umbral para contribuyentes con más de un pagador, siempre que el segundo pagador no supere los 2.500 euros anuales.

Aumento en la tributación del ahorro

Para las rentas superiores a 300.000 euros, el tipo de gravamen sube del 28% al 30%.

Deducciones por eficiencia energética

Se amplía un año más el plazo para deducir inversiones en mejoras de eficiencia energética en viviendas. También por la compra de vehículos eléctricos “enchufables” y de pila de combustible y puntos de recarga.

Planes de pensiones

Este año sería el primer ejercicio en el que se pueden rescatar planes de pensiones con antigüedad superior a los 10 años, con motivo de la entrada en vigor de una normativa en 2015.

Devoluciones a mutualistas

A partir de ahora, los mutualistas que quieran solicitar las devoluciones correspondientes al IRPF por ejercicios anteriores tendrán que realizar la solicitud de forma individual por cada uno de los años pendientes.

Modificación de tarifas del IAE

Desde el 1 de enero de 2025 se modifica el grupo 861 de la sección 2ª (Actividades profesionales) de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) para incorporar en el mismo a los Artistas de Arte Sacro.

Impuestos de Sucesiones y Donaciones

Algunas comunidades autónomas han ampliado bonificaciones, fomentando la transmisión de bienes familiares. Además, en este 2025 se ajustan los coeficientes en el cálculo del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), garantizando una tributación más equitativa.

Novedades laborales y en materia social para 2025

por Ana Alarcón Ruiz

Existen novedades laborales para 2025 que toda empresa y trabajador debe conocer. Este año se perfila como un periodo lleno de cambios y transformaciones en el ámbito social y laboral. En este artículo, nuestros expertos de CE Consulting te resumen las novedades laborales para 2025 más destacadas.

Novedades laborales

¿Cuáles son las principales novedades laborales para 2025?

Prórroga del Salario Mínimo Interprofesional

El Real Decreto-ley 9/2024 establece la prórroga del SMI de 2024 hasta la publicación del decreto para el año 2025. La cantidad actual del SMI (2024) es de 1.134 euros mensuales, en 14 pagas (15.876 euros brutos anuales). Y diario 37,80 euros.

Revalorización de las pensiones para 2025

Se revalorizan las pensiones del sistema de la Seguridad Social, de Clases Pasivas y de otras prestaciones públicas, con efectos desde el 1 de enero de 2025. La revalorización supone, con carácter general, un incremento del 2,8% de las pensiones contributivas del sistema de Seguridad Social.

Elevación de la edad de jubilación en 2025

Durante 2025 se aplican las siguientes normas:

  • La edad ordinaria de jubilación se fija en 66 años y 8 meses siempre que se acrediten al menos 15 años de cotización. No obstante, se permite acceder a la jubilación a los 65 años a quienes acrediten, al menos, 38 años y 3 meses o más de cotización. Para acceder a la jubilación parcial anticipada en 2025, se exige haber cumplido 62 años y 8 meses si se acreditan al menos 36 años y 3 meses de cotización. O 64 años y 4 meses de edad si se acreditan 33 años de cotización.
  • No hay cambios en la base reguladora de la pensión de jubilación. Desde 2022, se calcula dividiendo por 350 las bases de cotización de los 300 meses inmediatamente anteriores al mes previo del hecho causante. De este modo, se toman en consideración los últimos 25 años cotizados.
  • El porcentaje aplicable a la base reguladora. Igual que en 2024, para alcanzar el 100% de la base reguladora se exige un total de 36 años y 6 meses de cotización.

Modificación del régimen de compatibilidad de las prestaciones por incapacidad permanente

Desde el 22-12-2024, la realización de un trabajo o actividad que determine la inclusión en un régimen de la Seguridad Social implica la suspensión del pago de la prestación por incapacidad permanente absoluta y gran invalidez. Este pago se reanudará cuando se produzca el cese en el trabajo. El abono del complemento de gran invalidez, destinado a remunerar a la persona que atienda al beneficiario de la pensión, no se suspende por la realización de un trabajo incompatible.

Actualización de la normativa en materia de cotización

En tanto se apruebe la LPG para 2025, se prorrogan las normas de cotización contenidas en el Titulo VIII de la L 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, con las siguientes actualizaciones:

Bases mínimas

Se incrementan de forma automática en el mismo porcentaje que lo haga el SMI incrementado en un sexto. La base máxima son 4909.50 euros al mes y 163.65 día como tope máximo de cotización.

Mecanismo de Equidad Intergeneracional

Se eleva al 0,80%. En caso de distribución entre empresa y trabajador corresponde el 0,67% a cargo de la empresa y el 0,13% a cargo del trabajador.

Cotización adicional de solidaridad

Una de las novedades laborales para 2025 es que desde el 1 de enero se empieza a aplicar esta cuota de solidaridad en trabajadores cuyo sueldo supere el importe de la base máxima de cotización. Esta cotización adicional no se va a aplicar a autónomos, tan solo los trabajadores por cuenta ajena, así como los trabajadores bajo el régimen de Trabajadores del Mar por cuenta ajena o por cuenta propia, cuya base de cotización supere la base máxima.

Cotización para los trabajadores autónomos

En 2025, los autónomos que se encuadren dentro de los seis primeros tramos con ingresos inferiores a los 1.700 euros, verán reducida su cuota anual entre los 80 y los 428 euros. Pero los que se sitúen en tramos de ingreso superiores a 1.700 euros, verán aumentada su cuota con un incremento anual entre los 272 euros y los 970 euros.

Asimismo, los trabajadores autónomos que, en razón de un trabajo por cuenta ajena, desarrollado simultáneamente, coticen en régimen de pluriactividad tienen derecho al reintegro del 50% del exceso que sus cotizaciones por contingencias comunes superen la cuantía de 16.672,66 euros. Esto con el tope del 50% de las cuotas ingresadas en este régimen especial en razón de su cotización por las contingencias comunes.

Beneficios en la cotización aplicables a los ERTEs y al Mecanismo RED

Se amplía la obligación de mantenimiento del empleo en empresas beneficiarias de exenciones en la cotización de trabajadores afectados por ERTEs por causas ETOP y por fuerza mayor. También las acogidas al mecanismo RED. En este caso se extiende durante un mínimo de 6 meses y un máximo de 2 años siguientes a la finalización del periodo de vigencia del ERTE.

Cotización de socios de cooperativas incluidos en el RETA

Desde inicio del año, no se aplica a los socios de cooperativas incluidos en el RETA ,que dispongan de un sistema intercooperativo de prestaciones sociales, complementario al sistema público, la cotización en función de los rendimientos de la actividad económica. Por lo que no será necesario proceder a la regularización anual de cuotas. Estos trabajadores elegirán su base de cotización mensual en un importe igual o superior a la base mínima del tramo 1 de la tabla general.

Otras novedades laborales para 2025

Trabajadores a tiempo parcial y fijos discontinuos

  • Con efecto desde el 1 de abril de 2025, se incorporan novedades en el cálculo de las prestaciones.
  • Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2025 la prohibición de despedir por causas objetivas vinculada al aumento de los costes energéticos en empresas beneficiarias de ayudas directas previstas en el RDL 9/2024. Asimismo, hasta dicha fecha, las empresas acogidas a medidas de reducción de jornada o suspensión de contratos por causas relacionadas con la invasión de Ucrania y que se beneficien de apoyo público, tampoco podrán utilizar estas causas para realizar despidos.
  • Con la finalidad de reducir las obligaciones tributarias de perceptores de rentas más bajas, se eleva de 1.500 a 2.500 euros la cuantía total de los rendimientos íntegros del trabajo procedentes del segundo y restantes pagadores que obligan a presentar la declaración de la Renta.
  • Se prorrogan las medidas sociales para afrontar las consecuencias de la erupción volcánica de Cumbre Vieja.

Modificaciones en el despido

  • Con vigencia a partir del 3 de abril de 2025, se delimita la justa causa para solicitar la extinción del contrato por parte del trabajador consistente en la falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario.
  • Sin perjuicio de otros supuestos que pueda considerar el órgano judicial, la causa concurre, alternativamente, cuando se adeuden al trabajador tres mensualidades completas de salario en el periodo de un año. Esto, sin necesidad de que sean consecutivas. O cuando haya un retraso en el pago de salarios durante seis meses, aún no consecutivos. A estos efectos, se entiende que existe el retraso cuando hayan transcurrido 15 días desde la fecha fijada para el abono del salario.
  • Se recupera como causa objetiva de nulidad del despido disciplinario y por causas objetivas la solicitud y el disfrute de los permisos por accidente o enfermedad graves de familiares, así como el ejercicio de los derechos de adaptación de jornada por conciliación de la vida familiar y laboral. Estas causas de nulidad fueron eliminadas por el error en 2024.

Activación del mecanismo RED para el sector de fabricación de vehículos

Otra de las novedades laborales para 2025 es que el Consejo de Ministros aprobó la activación del Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo para el sector de la fabricación de vehículos de motor. A este pueden acogerse empresas que cumplan determinados requisitos.

Otros novedades laborales para 2025 que se encuentran en negociación o tramitación

A pesar que no están en vigor en este momento, es importante comentarlos:

Registro horario digital

Actualmente, la normativa exige a las empresas registrar de manera objetiva y fiable las horas de inicio y fin de la jornada de cada trabajador. Aunque no se ha legislado sobre sistemas digitales específicos, se esperan cambios que refuercen la fiabilidad del registro.

Permiso parental

En 2025, previsiblemente, se introducirán mejoras en los permisos de nacimiento y cuidado de menores, para aumentar los derechos de los trabajadores. Hay un acuerdo de Gobierno para ampliar de 16 a 20 semanas el periodo de baja por maternidad y paternidad.

Reducción de la jornada laboral Jornada de 37,5 horas

El Ministerio de Trabajo firmó con los sindicatos un acuerdo para reducir la jornada laboral en nuestro país, pero no hay fecha de la entrada en vigor de este.

Golden Visa

Golden Visa: el visado que dejará de otorgarse desde abril

por Carlos Díaz Gutiérrez

La Golden Visa es un tipo de visado que ofrece España, entre otros países, a ciudadanos no pertenecientes a la Unión Europea que realizan inversiones significativas en el país. Este tipo de visado dejarán de otorgarse desde abril de 2025. Hablamos con nuestros expertos de CE Consulting para dar luz a todas las dudas que se están generando.

golden visa

¿Qué es una Golden Visa?

Este visado proporciona a los inversores y a sus familias el derecho a vivir y trabajar en España. Además, este visado puede ser el primer paso hacia la obtención de la residencia permanente o la nacionalidad española.

La Golden Visa está regulada por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. Esta ley establece las bases para la atracción de inversión y talento a España y sus posteriores modificaciones.

¿Quién puede solicitar este visado?

Este visado está dirigido a inversores no europeos, empresarios, profesionales altamente cualificados e investigadores. También para trabajadores que realizan movimientos intraempresariales dentro de la misma empresa o grupo de empresas. Además de los mencionados, también puede solicitar este visado un representante debidamente acreditado y designado por el inversor para gestionar un proyecto de interés general. Esto, siempre y cuando dicho proyecto cumpla con las condiciones establecidas. Este visado podrá solicitarse hasta abril de 2025.

Requisitos para obtener la Golden Visa

Los solicitantes deben cumplir con los requisitos generales de entrada y estancia en España. También deben no estar ilegalmente en territorio español, ser mayores de 18 años y no tener antecedentes penales. A esto hay que sumar contar con seguro de salud y tener recursos económicos suficientes para sí mismos y sus familiares.

Para calificar para una Golden Visa, los inversores deben realizar una de las siguientes inversiones:

  • Adquisición de bienes inmuebles con una inversión de al menos 500.000 euros. Esta condición está en fase de eliminación.
  • Inversión de al menos 2 millones de euros en bonos del Tesoro español o 1 millón de euros en acciones o participaciones de empresas españolas. O, en su caso, en depósitos bancarios en entidades financieras españolas.
  • Desarrollo de un proyecto empresarial considerado de interés general en España.

Los solicitantes deben presentar un pasaporte válido, prueba certificada de la inversión realizada, certificado de antecedentes penales, seguro de salud y prueba de recursos económicos.

El proceso de solicitud de la Golden Visa implica presentar toda esta documentación ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE). O en las oficinas consulares de España, en el país de origen del solicitante.

Beneficios de este visado

Los titulares de una Golden Visa disfrutan de libre circulación en el espacio Schengen. Por ello, no requieren de una visa de entrada, pueden trabajar en España y tienen acceso al sistema educativo y sanitario español (este último mediante seguro privado obligatorio).

Fiscalidad de la Golden Visa

Los titulares de una Golden Visa deben tributar en España por sus ingresos mundiales si residen en España más de 183 días al año. Sin embargo, existen convenios para evitar la doble imposición y regímenes fiscales especiales para ciertos inversores.

¿Eliminación de la Golden Visa en 2025?

Será a partir de abril de 2025 cuando se elimine este visado. El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la ley que regula su eliminación. A pesar de ello, aquellos inversores o familias de inversores que lo hubieran solicitado con anterioridad a esta fecha, se respetará el visado. Y, en el caso de renovaciones de visados, se tramitarán y resolverán conforme a la normativa vigente en la fecha de concesión de la autorización inicial. Por todo ello, esta vía de solicitud de la Golden Visa sigue vigente hasta abril de este año.