Cómo entrevistar a un candidato: claves para un proceso de selección eficaz

por Esther Carrasco Serrano

Entrevistar a un candidato y hacerlo correctamente es clave para incorporar al profesional ideal a tu equipo o empresa. Más allá del currículum, es en la entrevista donde se valoran las habilidades blandas, la actitud y el encaje cultural con la empresa. Incluso cuando el proceso de selección se externaliza con consultoras especializadas, la empresa es quien toma la decisión final sobre la incorporación. Por ello, las entrevistas, especialmente, en las últimas fases, requieren una preparación adecuada para minimizar riesgos y asegurar la mejor elección. Desde CE Consulting te damos algunas claves para estructurar y dirigir correctamente el proceso de selección.

Claves a la hora de entrevistar a un candidato

Primeros pasos para entrevistar a candidatos

Prepara la entrevista con antelación

Antes de recibir al candidato, el profesional de la empresa que contrata debe revisar el currículum y la carta de presentación. Es recomendable tener claras sus experiencias, formación y logros más relevantes. También repasar los requisitos del puesto y el perfil profesional que necesita la empresa. Además, es importante diseñar una guía de entrevista con preguntas estratégicas. Esto permite comparar perfiles de forma objetiva y evitar improvisaciones.

En entrevistas por videoconferencia, conviene comprobar con antelación la conexión a internet, el sonido y la iluminación.  Esto ayuda a evitar interrupciones y generar una experiencia fluida para el candidato.

¿Cómo preparar un entorno cómodo para la entrevista de trabajo?

El objetivo es que el candidato se sienta tranquilo para mostrar su verdadero potencial. Es importante que el reclutador salude con cercanía, explique cómo se desarrollará la entrevista y genere un clima de confianza.

En entrevistas virtuales, mantener contacto visual con la cámara y utilizar un tono de voz claro y cercano ayuda a humanizar la conversación.

Un entorno amable favorece respuestas más sinceras y mejora la calidad del intercambio. Además, la puntualidad por parte de los entrevistadores es fundamental, ya que transmite profesionalidad y respeto por el tiempo del candidato.

Utiliza preguntas abiertas y concretas

A la hora de entrevistar a un candidato, hay que evitar preguntas genéricas como “háblame de ti”. Es preferible usar preguntas abiertas que inviten a la reflexión y permitan evaluar competencias específicas. Por ejemplo:

  • ¿Cómo resolviste una situación difícil en tu anterior trabajo?
  • ¿Qué harías si tu equipo no cumple los plazos?

Estas preguntas permiten conocer la capacidad de resolución, liderazgo o trabajo en equipo del candidato. Además, es clave incluir preguntas sobre la motivación por el puesto y el motivo real del cambio profesional. Algunas preguntas útiles pueden ser:

  • ¿Qué te atrajo de esta oferta en particular?
  • ¿Qué buscas en tu próximo rol que no tienes en tu actual trabajo?
  • ¿Qué valoras más en una empresa y en su cultura organizativa?

Evalúa competencias: ¿Cómo evaluar competencias técnicas y soft skills en una entrevista?

Cuando se precisa entrevistar a un candidato no hay que centrarse solo en la formación o experiencia del candidato. Es necesario evaluar también habilidades como la comunicación, la actitud, la empatía o la capacidad de adaptación. Una persona puede tener un perfil técnico excelente pero no encajar en la cultura de la empresa o en el equipo.

Comparte información sobre la empresa y el puesto

La entrevista también es una oportunidad para que el candidato obtenga información relevante sobre la organización, su cultura y los detalles del puesto. Explicar la misión, valores y expectativas de la empresa no solo permite atraer talento alineado con la filosofía corporativa, sino que también refuerza el employer branding y mejora la experiencia del candidato.

Otros pasos a tener en cuenta en la entrevista de trabajo

Toma notas y puntúa cada respuesta

Durante la entrevista, es fundamental ir tomando notas de lo más relevante. Puede usarse una hoja de evaluación con criterios claros (experiencia, habilidades, actitud, etc.). Esto facilitará comparar candidatos de forma justa y transparente.

Deja espacio para que el candidato pregunte

A la hora de entrevistar a un candidato, es importante permitirle que haga preguntas. Esto no solo demuestra transparencia, sino que también muestra su nivel de interés por el puesto y por la empresa. Escuchar atentamente y responder con claridad es fundamental.

En entrevistas virtuales, es recomendable animar al candidato a expresar cualquier duda sobre el rol o la organización para asegurar que tiene una visión completa antes de tomar una decisión.

Cierra la entrevista correctamente

Es recomendable agradecer el tiempo del candidato. También informar sobre los próximos pasos y plazos del proceso de selección. Una buena experiencia en la entrevista mejora la imagen de tu empresa, aunque la persona no sea seleccionada.

Cuida la experiencia al entrevistar a un candidato

La imagen de la empresa no solo depende de su presencia en el mercado, sino también de cómo gestiona sus procesos de selección. Desde la comunicación clara sobre el proceso hasta el trato ofrecido durante la entrevista, cada interacción influye en la percepción que el candidato se lleva de la organización. Un proceso estructurado, respetuoso y bien gestionado refuerza la reputación de la empresa y su capacidad para atraer talento.

Aunque la última palabra con respecto a las incorporaciones la tiene la empresa que contrata, lo ideal para minimizar los riesgos en la toma de decisión de este tipo, es externalizar las fases de búsqueda y evaluación. En CE Consulting ayudamos a empresas a atraer y seleccionar el mejor talento, con un proceso ágil, profesional y adaptado a cada organización.

Pagos en efectivo: límites legales para empresas y particulares

por Ángel Manuel Cardo Herrero

Los pagos en efectivo siguen siendo frecuentes, tanto en operaciones entre empresas como entre particulares. Sin embargo, en España existe un límite legal para pagar en efectivo, regulado por la normativa vigente. En CE Consulting te explicamos lo que debes tener en cuenta si realizas pagos en metálico a clientes, proveedores u otras personas, para evitar sanciones y cumplir con la ley.

Reducción de la limitación de pagos en efectivo

¿Cuál es la normativa de pagos en efectivo?

El artículo 7 de la Ley 7/2012 de modificación de la normativa tributaria es la normativa principal que regula las limitaciones de pagos en efectivo en España. Posteriormente, la Ley 11/2021, en su artículo 18 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, modificó los límites de los pagos en efectivo de tal modo que no se pueden realizar pagos en efectivo por importe igual o superior a:

  • 1.000 euros: cuando una de las partes actúe como empresario o profesional.
  • 10.000 euros: cuando el pagador sea una persona física no residente en España y no actúe como empresario ni profesional.

El objetivo de esta normativa es reducir el uso del efectivo en las transacciones económicas, combatir la economía sumergida y aumentar el control fiscal.

Operaciones afectadas por el límite de pagos en efectivo en 2025

El límite de pagos en efectivo se aplica a las siguientes operaciones:

  1. Operaciones entre empresas y particulares.
  2. Operaciones entre empresarios o profesionales.
  3. Cualquier operación en la que intervenga una parte con actividad económica.

Excepción

El límite no se aplica cuando ambas partes son particulares y no actúan como empresarios ni profesionales. Sin embargo, se recomienda documentar el pago mediante un recibo o contrato firmado para justificar su legalidad en caso de ser necesario.

Ejemplos prácticos de límite de pago en efectivo

  • Factura de 800 € → Se puede pagar en efectivo.
  • Factura de 1.200 € → No se puede pagar todo en efectivo.
  • Factura de 3.000 € pagada por un turista no residente → Permitido.
  • Factura de 2.000 € pagada con 1.000 € en efectivo y 1.000 € por transferencia → Correcto.

Sanciones por superar el límite de pagos en efectivo

Realizar un pago en efectivo que supere los límites establecidos puede conllevar una sanción económica. Según la normativa, la sanción será del 25% del importe pagado indebidamente.

  • Responsabilidad compartida: Tanto el pagador como el receptor pueden ser responsables de la infracción.
  • Exención de sanción: Si una de las partes denuncia el hecho ante la Agencia Tributaria dentro de los tres meses siguientes al pago, quedará exenta de sanción. Esta denuncia puede realizarse de forma telemática a través del portal oficial de la Agencia Tributaria.

Preguntas frecuentes sobre pagos en efectivo

¿Cuánto se puede pagar en efectivo entre particulares?

Si ambas partes son personas físicas y no actúan como empresarios o profesionales, no hay un límite legal concreto. Sin embargo, se recomienda documentar el pago con un recibo o contrato firmado para evitar futuros problemas legales o fiscales.

¿Puedo pagar una factura en efectivo y el resto por transferencia?

Sí, siempre que la parte pagada en metálico no supere los 1.000 euros (o 10.000 euros, si el pagador es no residente). El resto puede abonarse por otros medios como transferencia, tarjeta o ingreso bancario.

¿Cómo afecta a los turistas o personas no residentes los pagos en metálico en España?

Cuando el pagador es una persona física no residente en España y no actúa como profesional o empresario, el límite para pagar en efectivo es de 10.000 euros. Esta excepción busca facilitar el consumo de turistas, aunque también se exige justificar documentalmente la condición de no residente.

¿Qué se considera pago en efectivo?

Según la normativa, se entiende como efectivo no solo los billetes y monedas, sino también:

  • Los cheques al portador.
  • Los medios de pago electrónicos no nominativos (como tarjetas regalo sin identificación del usuario).
  • Cualquier instrumento que no permita identificar claramente a los intervinientes.

¿Cómo se puede denunciar el incumplimiento del límite de pago en efectivo?

Cualquier persona puede comunicar a Hacienda operaciones que superen los límites establecidos, incluso si no ha participado directamente en ellas. La denuncia puede presentarse de forma anónima y telemática a través del portal oficial de la Agencia Tributaria.
Si una de las partes intervinientes en la operación presenta la denuncia dentro de los tres meses posteriores al pago, quedará exenta de sanción.

Cuentas anuales: qué son, cómo hacerlas y cuándo presentarlas

por Néstor Manuel González Ramírez

Las cuentas anuales son un conjunto de documentos contables que reflejan la situación financiera y patrimonial de una empresa al final de cada ejercicio, además de sus resultados. En este artículo de CE Consulting abordamos los aspectos más relevantes de las mismas, desde quiénes están obligados a presentarlas hasta cómo se registran.

Quiénes están obligados a presentar las cuentas anuales y qué excepciones existen

En general, están obligadas a elaborar y presentar las cuentas anuales todas las empresas que desarrollen una actividad económica, con independencia de su tamaño o forma jurídica. Sin embargo, existen algunas excepciones a esta obligación.

  • Los empresarios individuales no están obligados a presentar cuentas anuales.
  • En el caso de los trabajadores autónomos que se rigen por el Régimen de Estimación Directa Normal deben mantener registros contables, pero no están obligados a depositarlos en el Registro Mercantil.
  • Las sociedades no mercantiles y el resto de los autónomos tampoco tienen la necesidad de tener libro de cuentas anuales.

Es preciso destacar que son las entidades mercantiles las que tienen que depositar sus cuentas anuales en el Registro Mercantil. En el caso de otro tipo de personas jurídicas, como pueden ser las fundaciones, han de presentarse ante otro organismo, en este caso, sería el Registro Oficial de Fundaciones correspondiente.

Si eres una fundación, infórmate sobre las cuentas anuales de las fundaciones.

Cómo se formulan, aprueban y presentan las cuentas anuales

La elaboración de las cuentas anuales es responsabilidad del órgano de administración de la empresa. La Ley de Sociedades de Capital establece que los administradores de una sociedad están obligados a formular, en el plazo máximo de tres meses desde el cierre del ejercicio social, las cuentas anuales, el informe de gestión, y la propuesta de aplicación del resultado.

Si el ejercicio contable coincide con el año natural, el plazo de formulación de cuentas finalizaría el 31 de marzo del año siguiente.

Formulación de las cuentas anuales

La formulación de cuentas consiste en la preparación de estas y proponer el destino del resultado del ejercicio, para que la junta general de socios lo apruebe posteriormente.

Además de encargarse de su formulación, todos los administradores deberán firmar las cuentas anuales y el informe de gestión. Si en alguno de ellos faltase a la firma, es necesario indicar expresamente la causa de la ausencia en los documentos en los que falte.

Aprobación de las cuentas anuales

Una vez formuladas las cuentas anuales por parte de los administradores, estas deben ser sometidas a la aprobación de la junta general de socios en el plazo máximo de seis meses desde el cierre del ejercicio. La aprobación de las cuentas anuales por parte de la junta general de socios es un requisito legal y una responsabilidad fundamental.

A partir de la convocatoria de la junta, cualquier socio podrá obtener de la sociedad, de forma inmediata y gratuita, los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la junta. También el informe de gestión y el informe del auditor de cuentas. Además, es preciso destacar que cualquier acuerdo adoptado en junta ha de constar en acta.

Presentación y registro

Tras su aprobación, las cuentas anuales deben registrarse en el Registro Mercantil, en el caso de que se rijan por la normativa mercantil, como se ha mencionado previamente. El registro de las cuentas anuales es obligatorio para todas las sociedades mercantiles, con independencia de su tamaño o forma jurídica.

¿Cuáles son los plazos y requisitos legales para su aprobación y presentación?

  • Formulación. Existe un periodo de tres meses a partir del cierre del ejercicio para formular las cuentas, normalmente el plazo que va desde el 1 de enero al 31 de marzo.
  • Aprobación. Las cuentas anuales deben ser aprobadas por el órgano de administración de la empresa dentro de los seis meses siguientes al cierre del ejercicio, siendo la fecha límite el 30 de junio, en el caso de que el ejercicio contable coincida con el año natural.
  • Presentación. Las cuentas anuales deben presentarse ante el Registro Mercantil para su depósito en el plazo de un mes desde su aprobación.

Documentos obligatorios de las cuentas anuales

Las cuentas anuales están formadas por los siguientes documentos:

  • Balance de situación. Muestra la situación patrimonial de la empresa en un momento determinado.
  • Cuenta de pérdidas y ganancias. Muestra los resultados económicos de la empresa durante un ejercicio.
  • Memoria anual. Proporciona información complementaria sobre la situación financiera, patrimonial y de resultados de la empresa, así como aclaración y mención de aspectos particulares de la sociedad.
  • Estado de cambios en el patrimonio neto. Muestra los movimientos que se han producido en el patrimonio neto de la empresa durante un ejercicio.
  • Estado de flujos de efectivo. Muestra el origen y destino de los fondos de la empresa durante un ejercicio.

No obstante, cuando pueda formularse balance en modelo abreviado, el estado de cambios en el patrimonio neto y el estado de flujos de efectivo no serán obligatorios.

Qué documentos deben presentarse en el Registro Mercantil

A la hora de presentar las cuentas anuales en el Registro Mercantil, se deben presentar los siguientes documentos:

  • Solicitud firmada por quien presente las cuentas.
  • Certificado del administrador del acta del acuerdo de la junta o del órgano social competente aprobando las cuentas.
  • Un ejemplar del informe de gestión (en su caso).
  • Un ejemplar del informe de los auditores de cuentas en caso de que la sociedad deba realizar una verificación contable, o cuando alguno de los miembros de la sociedad solicitara una auditoría independiente.
  • Un ejemplar del informe de los negocios con acciones de la empresa, si la empresa o sociedad está obligada a presentarlo.
  • Una certificación de que las cuentas depositadas se corresponden con las auditadas (en su caso).

¿Qué tipos de cuentas anuales existen?

Es de interés resaltar que existen distintos formatos de cuentas anuales:

Cuentas anuales normales

Todas las sociedades están obligadas a la presentación de las cuentas anuales normales, a excepción de aquellas que puedan presentar las cuentas anuales abreviadas o de aquellas que puedan acogerse al Plan General Contable (en adelante PGC) de PYMES (pequeñas y medianas empresas).

Cuentas anuales abreviadas

La principal diferencia entre las cuentas anuales normales y las abreviadas radica en su simplicidad. Las cuentas anuales abreviadas tienen un formato más simple, donde hay un menor desglose de la información.

Podrán formular el balance, la memoria y el estado de cambios en el patrimonio neto abreviados las sociedades que durante dos ejercicios consecutivos reúnan, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, al menos dos de las siguientes circunstancias:

    • Que el total de las partidas del activo no supere los cuatro millones de euros.
    • Que el importe neto de su cifra anual de negocios no supere los ocho millones de euros.
    • Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a cincuenta.

En cuanto a la cuenta de pérdidas y ganancias, las sociedades podrán presentarla en su formato abreviado cuando, durante dos ejercicios consecutivos, reúnan a la fecha de cierre de cada uno de ellos, al menos dos de las siguientes circunstancias:

    • Que el total de las partidas de activo no supere los once millones cuatrocientos mil euros.
    • Que el importe neto de su cifra anual de negocios no supere los veintidós millones ochocientos mil euros.
    • Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a doscientos cincuenta.

No existe un estado de flujos de efectivo en modelo abreviado: las empresas que puedan presentar el balance, la memoria y el estado de cambios en el patrimonio neto abreviados, están eximidos de presentar este documento.

Cuentas anuales PYME

Las pymes pueden decidir entre aplicar el PGC en su versión íntegra o en la versión específica para PYMES. Además, las sociedades que apliquen la versión íntegra del PGC, pueden elaborar modelos abreviados de las cuentas anuales si cumplen los requisitos necesarios para su aplicación.

Es decir, una pyme que cumpla los requisitos para presentar cuentas anuales abreviadas podrá elegir entre utilizar los modelos abreviados previstos en el PGC en su versión íntegra o utilizar los modelos previstos en el PGC en su versión para PYMES.

El informe de gestión

El informe de gestión no forma parte específicamente de las cuentas anuales, pero deberán depositarlo obligatoriamente aquellas sociedades obligadas a presentar los modelos normales del balance de situación, la memoria y el estado de cambios en el patrimonio neto. Por tanto, en el caso de que la sociedad formule balance y estado de cambios en el patrimonio neto abreviados, no estará obligada a elaborar el informe de gestión.

¿Qué empresas deben auditar sus cuentas anuales?

En España, hay ciertos casos en los que las empresas están obligadas a auditar sus cuentas, en función de su tamaño, o su forma jurídica.

Las Sociedades Anónimas y Sociedades Limitadas están obligada a auditar sus cuentas si cumplen con dos de los siguientes tres requisitos:

    • El valor total de los activos sea superior a 2.850.000 euros.
    • El importe neto de la cifra de negocio supere los 5.700.000 euros.
    • Más de los 50 empleados.

También habrán de auditar sus cuentas aquellas sociedades que durante un ejercicio social hubieran recibido subvenciones o ayudas con cargo a los presupuestos de las Administraciones Públicas o a fondos de la Unión Europea por un importe total acumulado superior a 600.000 euros, en dicho ejercicio y en los ejercicios en que se realicen las operaciones o ejecuten las inversiones correspondientes a las citadas subvenciones o ayudas.

Es importante tener en cuenta que las empresas que no tienen la obligación de auditar sus cuentas anuales pueden optar por realizar una auditoría de manera voluntaria, ya que esto puede proporcionar garantías adicionales de transparencia y confianza. En estos casos, se indicaría en la presentación de las cuentas anuales la condición de voluntariedad de la auditoría.

Multas y consecuencias legales por no presentar las cuentas anuales

La no presentación de las cuentas anuales puede conllevar las siguientes consecuencias:

  • Las empresas que no presenten las cuentas anuales pueden ser sancionadas por la Administración. Las sanciones pueden ser de naturaleza económica, con multas de hasta 60.000 €.
  • Si en el plazo de un año desde el cierre del ejercicio todavía no se han presentado las cuentas, se puede producir el cierre de la hoja registral. Esto supone que no se pueda inscribir ningún documento en el Registro. Las únicas excepciones son los ceses o dimisiones de administradores, la revocación o renuncia de poderes, y la disolución de la sociedad y el nombramiento de liquidadores.

Otros efectos, no tipificados, pero también importantes para la entidad son:

  • El daño en la credibilidad de la empresa ante sus socios, clientes y proveedores.
  • Responsabilidad del administrador frente a la sociedad y sus socios, por no haber actuado con la debida diligencia. También frente a terceros, e incluso como circunstancia para valorar su responsabilidad en el caso de concurso de acreedores por no formular las cuentas, someterlas a auditoría (si estuviera obligado) o no depositarlas en el Registro Mercantil.
  • Además, la compañía podría tener dificultades para obtener financiación de las entidades financieras por el empeoramiento de la opinión de crédito de los informes de solvencia o del crédito mismo.

Preguntas sobre las Cuentas Anuales

Os presentamos algunas dudas habituales sobre las cuentas anuales.

¿Qué sucede si no se presentan las cuentas anuales porque no se han aprobado?

Es posible que las cuentas no se presenten porque no han sido aprobadas. En este caso, el órgano de administración podrá evitar el cierre registral. Para ello tiene que presentar en el Registro una certificación, con firmas legitimadas, que exprese la causa de falta de aprobación. O una copia del acta notarial de la Junta en la que conste la falta de aprobación de las cuentas anuales. Deberá presentarlo dentro un año desde la fecha de cierre del ejercicio social.

Además, en este caso se debe justificar, cada seis meses, que persiste la situación de falta de aprobación de las cuentas. Esto deberá someter nuevamente a la aprobación de la junta general y, en su caso, reiterar la falta de aprobación.

Por último, es importante recordar que la falta de formulación de las cuentas anuales será considerada como un caso de administración negligente de la sociedad. Así, los administradores no podrán alegar desconocimiento de la situación de desequilibrio patrimonial de la sociedad, si la hubiera.

¿Las entidades religiosas tienen que presentar cuentas anuales?

La Conferencia Episcopal Española firmó un convenio de colaboración con Transparencia Internacional España. Este organismo no gubernamental lucha contra la corrupción a través de la creación y el fortalecimiento de sistemas de integridad. Mediante este acuerdo se establecen medidas de transparencia y de apertura de datos que facilitarán la rendición pública de cuentas de la Conferencia Episcopal Española.

Además, todas las entidades religiosas de ámbito nacional que hayan sido aprobadas por la Conferencia Episcopal Española están sujetas a mecanismos de vigilancia económico- patrimonial, control de cuentas y supervisión. Y deben presentar las cuentas anuales ante la Oficina de Transparencia de la Conferencia Episcopal. Estos mecanismos son los previstos por el ordenamiento canónico y sus estatutos conforme a lo establecido en el Reglamento de rendición de cuentas para las entidades inscritas en el Registro de Entidades Religiosas de ámbito nacional.

Las Fundaciones canónicas regidas por la Conferencia Episcopal Española deberán aprobar sus cuentas anuales. Y debe ser en el plazo máximo de seis meses desde el cierre del ejercicio. Luego remitirlas a la Delegación Episcopal de Fundaciones dentro del plazo de 10 días hábiles desde su aprobación.

Además, deberán de presentar en los tres meses anteriores al inicio del ejercicio económico, un plan de actuación. Este incluirá el conjunto de actividades previstas a realizar, así como el presupuesto de ingresos y gastos previstos para llevarlo a cabo dichas actividades.

¿Qué relación tienen las cuentas anuales y los libros de contabilidad?

El cierre del ejercicio social de una entidad marca los plazos para el cumplimiento de las obligaciones mercantiles y fiscales. En el caso de las entidades con ejercicio social igual al año natural (cierra a fecha 31 de diciembre), se dispone de un plazo de cuatro meses para la legalización de los Libros Oficiales, es decir, hasta el 30 de abril.

¿Qué diferencias hay entre las cuentas anuales y los estados financieros?

Las cuentas anuales y los estados financieros son dos conceptos que se suelen utilizar de forma indistinta. Sin embargo, existen diferencias entre ambos términos.

Las cuentas anuales son un conjunto de documentos contables que reflejan la situación financiera, patrimonial y de resultados de una empresa a una fecha determinada. Son un concepto cerrado y sus documentos están establecidos en la Ley, de obligatoria elaboración y presentación en el Registro Mercantil. Los estados financieros, por su parte, son un conjunto de datos financieros menos detallados. Se utilizan para tomar decisiones de inversión o financiación.  Abarcan mayor cantidad de documentos e informes.

Conoce en detalle las claves para elaborar los estados financieros

¿Qué consecuencias tiene el falseamiento de las cuentas?

Falsear las cuentas anuales de una empresa no es solo una irregularidad contable, constituye un delito societario tipificado en el Código Penal. Si un administrador o directivo presenta información falsa o incompleta con el objetivo de causar un perjuicio económico, puede enfrentarse a penas de prisión de uno a tres años y multas económicas. Estas penas se agravan si efectivamente se produce el daño económico. Y también implican la pérdida de los bienes o beneficios obtenidos a través del delito.

El falseamiento puede ser activo (modificar datos) o pasivo (ocultar información relevante) y puede generar tanto responsabilidad penal como civil. Es decir, además de las penas previstas, la persona responsable deberá asumir la reparación de los daños y perjuicios causados. Por ello, es fundamental que los administradores que no estén de acuerdo con el contenido de las cuentas anuales dejen constancia de su disconformidad en el acta, pero no se nieguen a firmarlas. Esto es así ya que la firma es una obligación legal y no implica necesariamente conformidad con su contenido.

Tributación de subvenciones y ayudas: cómo y cuándo declararlas

por José Ramón Huertas López

La tributación de subvenciones y ayudas es una de las cuestiones que mayores dudas genera en la declaración de la Renta. ¿Cuánto se tributa por las subvenciones? ¿Cuándo se declaran? o ¿Hay que declarar la subvención en la Renta? Estas son preguntas a las que damos respuesta en CE Consulting en este articulo.

Asesora realizando la tributación de subvenciones en la declaración de la renta

Subvenciones y ayudas: ¿cuáles son las diferencias?

En primer lugar, es importante tener en cuenta que, si bien las subvenciones y ayudas están relacionadas con el apoyo financiero, existen diferencias entre ambos conceptos:

  • Las subvenciones son la entrega de dinero, bienes o servicios exenta de la obligación de reembolso o devolución siempre que se cumplan con los requisitos y obligaciones establecidas en la misma. Su función es promover actividades calificadas de interés público.
  • Las ayudas se basan en intereses comunitarios y en situaciones económicas difíciles que a diferencia de la subvención sí que se debe devolver.

Tributación de subvenciones y ayudas en el IRPF

La forma de declarar y tributar las subvenciones y ayudas en la Declaración de la Renta variará según la calificación que tengan. Estas pueden ser:

Ganancia patrimonial

Desde un punto de vista fiscal, se dará una ganancia cuando exista una variación en el patrimonio del contribuyente a su favor. Un ejemplo de ello es la venta de una vivienda donde el precio de venta superó al precio de adquisición.

Si eres una persona que no realiza una actividad económica, la subvención o ayuda solicitada se considerará ganancia patrimonial y, por tanto, está sujeta al pago del IRPF.

Ejemplo de subvenciones y ayudas habituales consideradas ganancia patrimonial son:

  • Ayudas públicas para el pago del IBI.
  • Subvenciones para reparación de defectos estructurales en la vivienda.
  • PLAN MOVES III para la adquisición de vehículo eléctricos.

Rendimiento del trabajo

Son las contraprestaciones en forma de dinero o en especie que provenga del trabajo personal. La ley califica determinadas ayudas como rendimientos del trabajo entre las que se incluyen:

  • Cheques de guardería.
  • Prestaciones de la seguridad social por desempleo, incapacidad, jubilación, accidentes etc.
  • Becas que no se encuentren exentas.

Rendimiento de actividades económicas

Las que proceden del trabajo personal y utilizan medios materiales o recursos humanos para producir o distribuir bienes o servicios. Los autónomos deberán incluir estas subvenciones en la Declaración de la Renta como rendimiento de actividades económicas.

Hacienda encuadra dentro de esta categoría las siguientes:

  • Subvenciones corrientes: que sustituyen ingresos generados por trabajos como las que suelen ofrecer los ayuntamientos o Comunidades Autónomas a los autónomos
  • Subvenciones para la compra de patrimonio relacionado con la actividad. Se imputarán como ingreso de la actividad, por ejemplo, si se ha beneficiado de una ayuda o subvención para adquirir maquinaria en una empresa este ingreso se imputará dentro del rendimiento del negocio

A continuación, entraremos en detalle de cómo realizar esta declaración en el Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas si eres autónomo.

Tributación de subvenciones: Cómo declararlas en la renta si eres autónomo

Si recibes una subvención que se asocia a una actividad económica, se tributará como rendimiento de la actividad y su tipo impositivo dependerá del importe y de la situación fiscal del autónomo.

Entonces ¿en qué casillas del modelo 100 debo incluir estas subvenciones?

Por rendimiento de la actividad económica:

  • Casilla 0173 Ingresos por subvenciones corrientes: En esta casilla habría que declarar las subvenciones corrientes, aquellas que se conceden para el desarrollo de la actividad
  • Casilla 0174 Imputación de ingresos por subvenciones del capital: Se incluirán aquellas que tienen como finalidad el favorecer la instalación o inicio de la actividad, así como las inversiones en inmovilizado (maquinaria, instalaciones etc.)

Por ganancia patrimonial:

Según la subvención Hacienda establece diferentes casillas a las siguientes subvenciones:

Cuando su obtención está ligada a un elemento patrimonial no afecto a actividad económica. Entre otras:

  • Subvenciones por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual (casillas [0299] y [0300])
  • Subvenciones por la reparación de defectos estructurales en la vivienda habitual (casilla [0300])
  • Ayudas públicas para el pago del IBI (casilla [0301])
  • Ayudas públicas derivadas del Plan Renove de los bienes de los que se trate (electrodomésticos, calderas, ventanas, aire acondicionado etc.) (casilla [0301])
  • Ayudas públicas para la instalación de rampas, ascensores, aunque se instalen para mejorar la movilidad (casilla [0301])

Ayudas públicas a la adquisición de vehículos sostenibles (MOVALT, VEA Y MOVES III 2022) cuando los beneficiarios son contribuyentes del IRPF que no realizan ninguna actividad económica (casilla [0301])

Estas subvenciones públicas, si bien están ligadas a un elemento patrimonial, no derivan de su transmisión y, por tanto, deben ser incluidas en la declaración de IRPF en el apartado F1 dentro de “Otras ganancias y pérdidas patrimoniales que no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales”.

Cuando su obtención no está ligada a un elemento patrimonial, y no se califica como rendimiento del trabajo o de la actividad económica, por ejemplo:

  • Ayudas públicas al alquiler (casilla [0303])
  • La “Ayuda de 200 euros a personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio” (casilla [0356]), regulada en el artículo 31 del Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio
  • El “Bono Social Térmico” (casilla [0301])
  • Bono Cultural Joven (casilla [0323])
  • Otros bonos culturales (casilla [0304])
  • Ayudas públicas a los titulares de bienes integrantes del Patrimonio Histórico Español destinadas a su conservación o rehabilitación. (casilla [0266])
  • Ayudas públicas para la primera instalación de jóvenes agricultores previstas en el Marco Nacional de Desarrollo Rural destinadas a la adquisición de una participación en el capital de empresas agrícolas. (casilla [0279])”

¿Y si me encuentro en estimación objetiva?

La subvención no se consignará en ninguna casilla puesto que se entiende incluida en los módulos que resulten de aplicación a efectos del cálculo del rendimiento neto de la actividad.

  • Si realiza una actividad que no sea agrícola ganadera o forestal debe rellenarse el apartado D2 de la página 9. No es necesario incluir detalles de ingresos o gastos, sino que se identifica la actividad según su epígrafe del IAE e incluye las cantidades que corresponden a cada módulo.
  • Si realiza una actividad agrícola ganadera o forestal debe rellenar el apartado D3 en la página 10

Por rendimiento del trabajo:

En el caso de que también trabaje por cuenta ajena, las ayudas recibidas consideradas por rendimiento del trabajo se deben declarar en la Casilla 3, retribuciones dinerarias.

Preguntas frecuentes sobre la tributación de subvenciones

Si no tengo obligación de hacer declaración, pero he recibido una ayuda o subvención ¿Qué tengo que hacer?

A pesar de que existe situaciones tasadas en la normativa vigente por las cuales no es obligatorio realizar la declaración de la renta, cuando se perciben ganancias patrimoniales con cuantía superior a 1.000€ se establece la obligatoriedad de hacer la declaración.

Existen otras situaciones por las que una subvención puede conllevar la obligatoriedad de presentar declaración. Por ejemplo, si únicamente percibes rendimiento del trabajo por una cuantía inferior a 22.000€ de un único pagador no está comprometido a realizar la Declaración de la Renta, pero en algunas subvenciones se considera como un segundo pagador, por lo que si se superan los 15.876 € percibidos sí debe presentarla.

En este artículo te contamos todos los supuestos en los que se está obligado a hacer la declaración de la Renta.

¿Cuándo deben declararse las ayudas: cuando se conceden o cuando las percibes?

Las subvenciones públicas que tributen deben imputarse en el IRPF no cuando se conceden sino cuando se procede a su cobro. No obstante, en algunos casos se puede optar por declararlas por cuartas partes en el año de su cobro y en los tres siguientes, así se consigue la progresividad del impuesto.

¿Cuánto es la tributación de subvenciones a Hacienda ?

Es complicado dar una respuesta ya que depende de diversos factores, como los ingresos brutos del declarante, su situación fiscal y la Comunidad Autónoma donde resida.

En general las ganancias patrimoniales se gravan por tramos como se puede observar en la siguiente tabla:

Base liquidable hasta (euros)Incremento en cuota íntegra estatal (euros)Resto base liquidable del ahorro hasta (euros)Tipo aplicable (%)
006.00019
6.000,001.14044.00021
50.000,0010.380150.00023
200.000,0044.880100.000,0027
300.000,0071.880En adelante28

Lo más habitual según los ingresos de los españoles es devolver entre el 19% y el 30%

Hay que tener en cuenta que las ayudas se declaran como ingresos y recibir una ayuda puede significar un cambio de tramo. Por ejemplo, si tiene unos ingresos de 34.000€ se aplicaría una base liquidable del 24%, si se recibe una ayuda de 2.000€, los ingresos aumentarían a 36.000€ por lo que la base liquidable sería del siguiente tramo, es decir, 30%

¿Hay ayudas y subvenciones exentas de tributación?

Parea saber si una ayuda está exenta o no, se debe consultar el acuerdo de concesión donde se especifica el régimen tributario especifico.

Cómo se tramita la declaración de la renta de un fallecido

por José Ramón Huertas López

Por muy doloroso que resulte, la declaración de la renta de un fallecido es una de las obligaciones fiscales que se debe realizar tras la muerte de una persona. Esta tarea se delega en los herederos, quienes asumen la obligación de realizar este trámite. Desde CE Consulting resolvemos las dudas más habituales.

Declaración de la renta de un fallecido

¿Cuándo es obligatorio presentar la declaración de la renta de un fallecido?

Los límites de cuantía y naturaleza que obligan a realizar la declaración del IRPF, no se modifican ni se reducen por fallecimiento. Por tanto, si el fallecido recibió en el 2024 (hasta su muerte) más de 22.000 euros anuales en rentas del trabajo, de un solo pagador, o 15.876 euros si tuvo más de un pagador que superasen los 1.500 euros anuales, está obligado a presentar la declaración de rentaNo presentarla implicará que Hacienda pueda reclamar a sus sucesores la deuda no pagada.

Así, aunque de forma general es similar a una renta normal, existen una serie de peculiaridades que es importante señalar:

  • La renta del fallecido tiene que presentarse en modalidad individual. El cónyuge que sobrevive e hijos menores de edad pueden optar por realizar la renta en modalidad conjunta, pero sin incorporar las rentas del cónyuge fallecido.
  • Se prorratearán los ingresos y gastos deducibles. En el caso del cálculo de rentas anuales (por ejemplo, la renta de un alquiler o la renta imputada por segunda residencia), se prorratearán los importes anuales de ingresos y gastos deducibles por los días que abarcan desde el 01-01-2024 hasta la fecha de fallecimiento.
  • Las rentas generadas por inmuebles y activos financieros a titularidad de la persona fallecida se deben incorporar a las rentas de los herederos. Esto debe producirse por el importe correspondiente a partir del día siguiente al fallecimiento hasta el 31 de diciembre de 2024. Dichas rentas se incorporarán en las declaraciones de los herederos a partes iguales (si a fecha de presentación de la renta de 2024 todavía no se ha repartido la herencia), o en el porcentaje que proceda (si a fecha de presentación de la renta de 2024 ya se tiene realizada la partición de la herencia).

¿Cómo se presenta la declaración de la renta de un fallecido?

Los herederos deberán presentar la declaración de la renta de la persona fallecida como cualquier otra. Sin embargo, no podrán utilizar el certificado digital o ClavePIN a nombre del fallecido.

  • Presentación telemática. Es necesario recurrir al sistema RENO, con la referencia obtenida para la renta de 2023 y con el número y fecha de validez del DNI del fallecido. Además, conviene rellenar las casillas de la declaración de la renta de REPRESENTANTE con los datos de cualquiera de los herederos.
  • Presentación en las oficinas de la Agencia Tributaria. Para realizar el trámite presencialmente, la cita previa debe concertarse a nombre del fallecido. La persona que acuda a la oficina de Hacienda debe, además, acreditar su condición de heredero para presentar la declaración.
  • Presentación con un asesor. Ponte en contactos con nosotros y te asesoraremos en todo lo referente a la declaración de la renta de un fallecido.

Modelo H100: Solicitar la devolución de la renta de la persona fallecida

Si la declaración de la renta de una persona fallecida resulta a devolver, sus herederos pueden solicitar la devolución a través del Modelo H100 de la Agencia Tributaria. Para ello, deben acreditar la condición de herederos legales o testamentarios mediante el certificado de defunción y el certificado de últimas voluntades. Además del testamento o, en su defecto, la declaración de herederos. Este Modelo H100 se presenta en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, rellenando el formulario con los datos del fallecido y de los herederos. Y adjuntando la documentación necesaria.

Si solo uno de los herederos va a recibir la devolución, aportará también una autorización de conformidad escrita y firmada por todos los herederos. A esto, se suma las fotocopias de sus documentos de identidad.

En el caso de que la devolución sea superior a 2.000 euros, además de toda la documentación anterior, debe aportarse el justificante de haber declarado en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones el importe de la devolución.

Aunque no tenga la obligación el fallecido de presentar la renta, es muy recomendable revisar siempre si interesa o no presentarla. Esto, porque es probable que se genere una devolución. En CE Consulting podemos asesorarte.

¿Y si el resultado de la renta sale pagar?

Hay que tener en cuenta que la Ley General Tributaria establece que:

  • Todas las obligaciones tributarias de las personas fallecidas se trasmiten a los herederos, pero en ningún caso lo hacen las sanciones que la Agencia Tributaria haya impuesto antes de su fallecimiento. Esto significa que los impuestos que el fallecido no pagó antes de su muerte (por ejemplo, IRPF, IVA, Impuesto de Patrimonio) pasan a formar parte del caudal hereditario. Y, por tanto, los herederos deben asumir estas deudas hasta el límite del valor de la herencia recibida. Y no están obligados a pagar con su patrimonio personal. Con respecto a las sanciones impuestas por la Agencia Tributaria al fallecido, estas se extinguen con su muerte, ya que son personales y no pueden trasladarse a los herederos.
  • Las deudas del fallecido se transmiten en la misma situación en que se encontraban en el momento del fallecimiento. Por tanto, Hacienda requerirá a los sucesores el pago de la deuda y las costas pendientes.

¿Qué sucede si no se presenta la declaración de la renta de una persona fallecida?

Si una persona fallecida estaba obligada a presentar la declaración de la renta y sus herederos no la presentan, pueden surgir diversas consecuencias legales y fiscales.

Por un lado, la Agencia Tributaria puede imponer sanciones si detecta que la declaración debía haberse presentado. Sin embargo, las sanciones impuestas antes del fallecimiento no se transmiten a los herederos. Si la declaración resultaba a pagar, además de la sanción, se aplicarían intereses de demora y recargos.

Asimismo, los herederos asumen tanto los bienes como las deudas tributarias del fallecido, pero solo hasta el límite del valor de la herencia recibida. Por ello, la Agencia Tributaria puede reclamar el pago de los impuestos pendientes dentro de este límite.

Hay que comentar que si la declaración resultaba a devolver y no se presenta, los herederos pueden perder el derecho a recuperar ese dinero si pasa el plazo para solicitarlo. Por eso, es siempre recomendable revisar este tipo de rentas con un asesor que te oriente de lo que más convenga.

Usufructo de la vivienda: ¿cómo afecta a la declaración de los herederos?

Es muy habitual que se tenga desagregado los derechos de usufructo y nuda propiedad de los inmuebles. Un ejemplo: un padre viudo que tiene el usufructo de la que es su residencia habitual (por la que no tributa en su renta al ser vivienda habitual) y sus dos hijos tienen a partes iguales la nuda propiedad de dicha vivienda (por la que tampoco tributan en renta, al no tener el usufructo).

Desde la fecha del fallecimiento del padre cada uno de los dos hijos pase a ser propietario en pleno dominio de la vivienda (50% cada uno). Dado que no es la vivienda habitual de ninguno, tendrán que tributar en sus respectivas declaraciones por la renta imputada por el inmueble por los días que transcurren desde el día siguiente al fallecimiento del padre hasta el 31-12-2024.

Por tanto, es necesario que los sucesores estén muy atentos a las rentas no declaradas y pendientes de imputación por la persona fallecida para que sean incorporadas, desde la fecha del fallecimiento, en sus propias declaraciones.

Más información de interés sobre la declaración de la Renta

La declaración de la renta es un trámite obligatorio para muchas personas, pero en algunos casos puede volverse más complejo. Esto, debido a circunstancias específicas, como el fallecimiento del contribuyente. Contar con el asesoramiento adecuado permite cumplir con las obligaciones fiscales de manera correcta. También, evitar sanciones y, en su caso, gestionar la devolución de importes a favor del fallecido o sus herederos.

¿Qué deducciones puedes aplicar en tu declaración de la renta en 2024?

por José Ramón Huertas López

En tu declaración de la renta del ejercicio 2024 puedes aplicar una serie de deducciones para conseguir reducir el importe que pagues a Hacienda o, lo ideal, que la declaración de la renta te salga a devolver. Por eso, desde CE Consulting queremos que conozcas las más habituales y revises si puedes aplicar alguna de ellas. Te resumimos en este artículo las principales.

Deducciones en la declaración de la renta

Deducción por inversiones en vivienda habitual

Si compraste tu vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013, puedes optar a la deducción. En concreto, un importe del 15% de los pagos que hayas realizado durante el año, con un límite máximo de 9.040 euros. Se podría aplicar la deducción si se trata de una vivienda que fue habitual para el contribuyente y se dedujo por ella antes de 2013, aunque la haya tenido alquilada algunos años después, siempre que ahora haya vuelto a constituir su vivienda habitual.

Algunas Comunidades Autónomas cuentan con deducción por inversión en vivienda habitual para ciertos contribuyentes: jóvenes, familia numerosa o para viviendas ubicadas en zona rural.

Desgravar el alquiler

Continuando con la vivienda, si la alquilaste antes del 1 de enero de 2015 podrás deducirte el 10,05% de las cantidades satisfechas en el periodo impositivo por el alquiler de la vivienda habitual, siempre que tu base imponible sea inferior a 24.107,20 euro anuales. Esta desgravación estatal, además, es compatible con las que aprueben las Comunidades Autónomas por el mismo motivo.

Aportaciones a planes de pensiones

Siempre que la renta provenga de rendimientos del trabajo o por la realización de alguna actividad económica, se puede reducir la factura fiscal, realizando aportaciones a planes de pensiones, dado que éstas aminorarán la base imponible.

En 2024 la reducción de la base imponible del IRPF tiene un doble límite:

  • El 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas del ejercicio.
  • 1.500 euros anuales.

Al existir este doble límite, únicamente podrá reducir en la base imponible del IRPF la menor de las dos cantidades anteriores

Las cantidades que no puedan ser objeto de reducción en la base imponible por insuficiencia de base o por aplicación del límite porcentual anterior podrán reducirse en los cinco ejercicios siguientes.

En los planes de pensiones de empleo pueden alcanzar los 8.500 euros, dependiendo de la renta del trabajador.  Es por ello, que una persona podría beneficiarse de un total de 10.000 euros.

Pensiones compensatorias y alimenticias

En caso de divorcio, los cónyuges que las abonen podrán deducirse las cuantías abonadas.

Desgravación de donativos a entidades religiosas o sin ánimo de lucro

Realizar donaciones a este tipo de entidades permite deducir en tu renta:

  • El 80% sobre los primeros 250 euros de donativo.
  • El 40% cuando las donaciones efectuadas durante el año hayan superado los 250 euros, en general, por el exceso.

En caso de mantener o incrementar durante varios años las donaciones a una misma entidad, se aplicará una deducción del 45% por el exceso sobre 250 euros.

Si se efectúan donaciones a fundaciones y asociaciones de utilidad pública no acogidas a la ley de entidades sin fines lucrativos puede aplicarse una deducción del 10%.

Deducciones por aportaciones a partidos políticos y cuotas de afiliación

Estas aportaciones dan derecho a una deducción del 20% de las cantidades aportadas, con el límite de 600 euros.

Otras deducciones para tener en cuenta

Además de las deducciones, mencionadas, es importante que revises las deducciones que tu Comunidad Autónoma haya podido establecer y tengas en cuenta otras que a veces se pasan por alto como son:

  • Deducciones por obras de mejora de eficiencia energética en viviendas.
  • Deducción por adquisición de vehículos eléctricos.
  • Deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación.
  • Deducción por rentas obtenidas en Ceuta o Melilla.
  • Deducción por residencial habitual y efectiva en la isla de La Palma (solo aplicable en los ejercicios 2022, 2023 y 2024).
  • Deducción por actuaciones para la protección y difusión del Patrimonio Histórico Español y del Patrimonio Mundial.
  • Deducción aplicable a las unidades familiares formadas por residentes fiscales en Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo

Y, por último, no olvides tener en cuenta aquellas deducciones sobre las que, si no has solicitado el abono anticipado, podrás deducir en tu IRPF hasta 1.200 euros al año por cada una de ellas.

  • Maternidad: para madres trabajadoras con hijos menores de 3 años.
  • Discapacidad: para personas con ascendientes, descendientes o cónyuges con personas con discapacidad a su cargo.
  • Familia numerosa: para los ascendientes que formen parte de una familia numerosa.

Prorrata del IVA: qué es y cómo se aplica

por Ana Calvo Beitia

La prorrata del IVA es un tema que debe interesar a profesionales independientes o empresas. Cuando en su actividad económica estos realizan operaciones que generan derecho a la deducción del IVA junto a otras que no, las cuotas soportadas solo son deducibles en una proporción determinada. A esta se le denomina prorrata. Desde CE Consulting te contamos todo sobre este asunto y cómo se calcula.

Prorrata del IVA

Tipos de prorrata del IVA

Este procedimiento de prorrata se regula principalmente en los artículos 102 y siguientes de la Ley 37/1992, del Impuesto sobre el Valor Añadido. Estos artículos establecen las normas para aplicar la prorrata general y la especial, y cuándo debe aplicarse cada una de ellas.

  • Prorrata general: es la que se aplica con carácter general, siempre que no proceda la prorrata especial.
  • Prorrata especial: se puede ejercitar la solicitud, en general, en la última declaración-liquidación del impuesto correspondiente a cada año natural. Y, obligatoriamente, cuando la cantidad total de las cuotas deducibles por la prorrata general excede en un 10% de la que resultaría si se aplicara la prorrata especial. Cuando esto ocurre, es decir, cuando la deducción de cuotas aplicando la prorrata general supera el 10% de la que resultase por aplicar la especial, se aplicaría esta última.

Prorrata general

En este caso, el porcentaje del IVA que se puede deducir se obtiene calculando el porcentaje que representan las operaciones que den derecho a deducción del total de operaciones que se realiza. Ese porcentaje será el que se tiene que aplicar al porcentaje de IVA que se ha pagado para saber cuánto se puede deducir del IVA soportado.

La fórmula sería la siguiente:

IVA deducible = IVA soportado por el % de prorrata que se aplica al importe total del impuesto soportado.

Un ejemplo. En una empresa que se ha pagado un total de 3.000 euros de IVA durante el año, hay que calcular cuánto de ese IVA podrá deducirse usando la regla de la prorrata.

Imaginemos que se han realizado ventas sujetas a IVA por un total de 10.000 euros. Además, se han hecho ventas que no están sujetas al IVA por un total de 5.000 euros. Para determinar la prorrata, primero necesitamos calcular las ventas totales con la suma de las dos. Es decir, 15.000 euros.

La prorrata se obtiene dividiendo las operaciones con derecho a deducción (10.000 euros) entre el totales realizadas(15.000 euros). Esto nos da un porcentaje del 66,67%. Esto es la prorrata que se redondea a la unidad superior, es decir, 67%. Este porcentaje indica que se puede deducir el 67% de los 3.000 euros de IVA que se ha pagado. Así, el resultado permite aplicar una deducción de 2.010 euros.

Prorrata especial

El procedimiento de la prorrata especial se regula por el artículo 106 de la Ley de IVA. Tiene por objeto conseguir una deducción más exacta de las cuotas soportadas deducibles. El procedimiento consiste en separar las cuotas soportadas por la adquisición o importación de bienes y servicios en función de su utilización.

En este caso, se dividen los gastos en tres categorías:

  • Aquellos gastos relacionados con actividades con derecho a deducir el IVA. De los cuales se deduce el total de las cuotas soportadas.
  • Los gastos relacionados con actividades sin derecho a deducción de IVA. De ellos no se puede deducir nada de IVA.
  • Gastos relacionados con ambas actividades. En este caso, se aplica la fórmula de la prorrata general.

¿Cuándo se regulariza la prorrata del IVA?

La prorrata del IVA se presenta, generalmente, en la última autoliquidación del IVA del año. Esta se debe realizar entre el 1 y el 30 de enero. Es en la última autoliquidación cuando deben ajustarse todas las diferencias entre el IVA que se ha deducido provisionalmente durante el año y el IVA realmente deducible según las ventas reales del ejercicio.

¿Quién está obligado a hacer la declaración de la renta?

por José Ramón Huertas López

Saber si estás o no obligado a hacer la declaración es fundamental. El 3 de abril comienza la campaña de la declaración de la Renta 2024. En este artículo, te explicamos cuándo el contribuyente está obligado a hacer la declaración de la renta. También cuáles son las rentas exentas.

Pareja dudando si está obligado a hacer la declaración de la renta

¿Cuándo estás obligado a hacer la declaración?

Rentas del trabajo superiores a 22.000 euros

Si las rentas del trabajo de una persona, que recibe de un único pagador, superan los 22.000 euros, esta estará obligada a presentar la declaración de la renta. Se consideran rentas del trabajo: el salario, la prestación por desempleo o la pensión de jubilación.

Este límite aplica también si sus únicos rendimientos del trabajo consisten en pensiones de la Seguridad Social y demás prestaciones pasivas. Y, además, el tipo de retención aplicable se haya determinado por el procedimiento especial, establecido reglamentariamente.

Varios pagadores y límite de 15.876 euros

En muchos casos, el contribuyente ha recibido rendimientos del trabajo por parte de varias empresas. En estos casos, si la suma de las rentas del segundo y restantes pagadores supera los 1.500 euros, el límite para estar obligado a hacer la declaración será de 15.876 euros.

También será obligatoria su presentación cuando:

  • Se han percibido rentas sujetas a un tipo fijo de retención.
  • El pagador no está obligado a retener, como sucede con los empleados del hogar, personas que han percibido pensiones del extranjero, administradores de empresas. En este último caso, los administradores de empresas que cobran por el hecho de ejercer dichas funciones, tienen un tipo dijo de retención. Por ello, encajarían en el punto mencionado anteriormente.

Estos límites son los mismos tanto si se presenta una declaración individual o una declaración conjunta. La diferencia entre ellos tiene relación con el cálculo de la retención.

Cuando hay un pagador, habrán calculado la retención según las retribuciones totales del año. Por ello, la diferencia de la suma a ingresar o devolver será muy pequeña. En el caso de varios pagadores, se da por hecho que cada uno solo han tenido en cuenta una parte del salario anual para calcular la retención. De este modo, el IRPF normalmente saldrá a ingresar. De ahí que Hacienda exija hacer la declaración con un límite más bajo.

Beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV)

Las personas que reciben el IMV deberán realizar la declaración de la renta. En caso de no hacerla, podrían perder esta ayuda.

Renta 2024 para los autónomos

En el caso de los autónomos, a partir del ejercicio correspondiente a 2023 han de declarar obligatoriamente, independientemente de los rendimientos obtenidos.

Obligado a hacer la declaración independientemente de las rentas percibidas

Se está obligado a declarar, aunque no se superen los límites indicados anteriormente, en aquellos casos en los que:

  • La suma de los rendimientos del capital mobiliario (dividendo de acciones, intereses de las cuentas, etc.) y las ganancias patrimoniales sometidas a retención (transmisiones de bienes, de acciones y fondos de inversión, o ciertos premios) supera los 1.600 euros.
  • La suma de las imputaciones de rentas inmobiliarias, rendimientos de Letras del Tesoro y subvenciones recibidas para la compra de viviendas de protección oficial o de precio tasado, y demás ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas, sea superior a los 1.000 euros.
  • Durante el año se hayan obtenido rendimientos de actividades económicas, de alquileres o ganancias patrimoniales, salvo si dichas rentas, junto con las rentas del trabajo y del capital mobiliario, no superan los 1.000 euros, o quienes hayan tenido pérdidas patrimoniales de 500 euros.
  • Se haya recibido algún tipo de prestación pública que obligue, para su cobro, la presentación del IRPF como en el caso del Ingreso Mínimo Vital. Esta obligación afecta a todas las personas integrantes de la unidad de convivencia, con independencia de que cumplan o no los requisitos vistos anteriormente.
  • Se quiera aplicar la deducción por compra de vivienda para adquisiciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2012 o bien, reducciones por aportar a planes de pensiones o patrimonios protegidos de personas con discapacidad.

Rentas exentas: ¿Quién no está obligado a hacer la declaración?

Como hemos visto, la obligación de hacer la declaración depende normalmente de las rentas del trabajo y de otros rendimientos. Sin embargo, hay una serie de rentas exentas que no deben computar. Por ejemplo, las becas públicas por estudios, las anualidades de alimentos recibidas por decisión judicial y las prestaciones por maternidad, entre otras.

Cómo realizar y presentar la declaración de Renta 2024

En la Campaña de Renta 2024 se utilizará el Servicio de tramitación del borrador/declaración Renta web para realizar y presentar la declaración de todo tipo de rentas, incluidas las actividades económicas.

Los contribuyentes, cuyos datos fiscales no precisen información adicional, podrán obtener de forma inmediata el borrador de la declaración y realizar los cambios necesarios para presentar la declaración por Internet.

Todo lo que necesitas saber sobre el absentismo laboral: qué es, tipos y despidos asociados

por Ana Alarcón Ruiz

El absentismo laboral es un tema muy importante para las empresas ya que puede suponerles pérdidas económicas y de productividad. En España, según datos del Informe realizado por el centro de estudios del mercado laboral Randstad Research, desde finales de 2022, el absentismo laboral se mantiene por encima del 6%. Y si vemos los datos que se han registrado desde 2008, la tendencia es claramente al alza. Pero, ¿qué es realmente el absentismo laboral? ¿Puede estar justificado? ¿Cuándo se puede despedir a un trabajador por esta causa? En CE Consulting te damos una primera aproximación a este concepto para que conozcas cómo está la legislación española al respecto.

¿Qué es el absentismo laboral?

El absentismo laboral está recogido en el artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores. Se da cuando un trabajador se ausenta de su puesto de trabajo de forma intermitente y reiterada. Incumple, por tanto, con sus obligaciones, ya sea de manera justificada o injustificada. En ese sentido, se considera absentismo laboral tanto las ausencias (cuando el trabajador no va en todo el día a su puesto de trabajo) como los retrasos.

Tipos de absentismo laboral

Podemos encontrar tres tipos de absentismo laboral.

Absentismo justificado

Engloba todas las ausencias al trabajo que tienen una causa razonable, como puede ser una cita con el médico o las bajas por intervención quirúrgica. Sin embargo, hay ausencias justificadas que no se computan como absentismo, son:

  • Las vacaciones y las huelgas generales.
  • Los permisos de paternidad, maternidad y lactancia.
  • Todas las situaciones que dan derecho al disfrute de los permisos retribuidos regulados en el art1 37.3 del ET. (Matrimonio, enfermedad u hospitalización de un familiar, mudanza, etc.)
  • Las enfermedades o accidentes con baja médica
  • situaciones de reposo prescrito por el medico sin baja.
  • Las ausencias motivadas por violencia de género.

Absentismo injustificado

El absentismo injustificado se da cuando una persona no acude a su puesto de trabajo. Y no puede ampararse en ninguna de las razones descritas anteriormente.

Absentismo presencial

Este tipo de absentismo se da cuando el trabajador sí acude físicamente a su puesto, pero no realiza las tareas asignadas. Hace otro tipo de actividades no relacionadas con sus responsabilidades. Por ejemplo: alargar en exceso la hora de la comida o dedicar tiempo prolongado en la pausa del bocadillo. Este comportamiento se considera una transgresión de la buena fe contractual. Esto es así ya que el empleado no presta sus servicios con la lealtad y diligencia mínima esperada.

¿Se puede despedir a un trabajador por absentismo laboral?

El despido por absentismo, regulado en el artículo 52.d) del Estatuto de los Trabajadores, fue derogado por el Real Decreto-ley 4/2020, de 18 de febrero. Y, posteriormente, por la Ley 1/2020, con efectos desde el 20 de febrero de 2020. Esta derogación se fundamentó en la necesidad de evaluar la situación concreta de cada caso, para que la medida de despido sea proporcionada y no discriminatoria, especialmente en relación con trabajadores con discapacidad.

La normativa anterior permitía el despido por faltas de asistencia al trabajo, incluso justificadas, si alcanzaban ciertos umbrales. A pesar de ello, esta práctica fue considerada incompatible con la Directiva 2000/78/CE del Consejo. Esta protege contra la discriminación a personas con discapacidad ya que podrían acumular más bajas por enfermedad.

Despido disciplinario

En el art.54 2.a) del E.T se establece que el contrato de trabajo puede ser terminado por decisión del empresario cuando el trabajador incurre en un incumplimiento grave y culpable de sus obligaciones. Esto significa que el empleador tiene el derecho de despedir al empleado si se comete una falta significativa que justifique la terminación del contrato.

Entre los incumplimientos contractuales que pueden llevar al despido disciplinario se encuentran las faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad al trabajo. Por lo que, si un trabajador falta al trabajo o llega tarde de manera reiterada y sin justificación válida, el empleador puede considerar esto una razón suficiente para proceder con el despido.

En los convenios colectivos se tipifican como faltas las ausencias injustificadas graduando el numero de faltas y la sanción que llevan aparejadas.

Estos despidos no van acompañados de una indemnización, pero el trabajador sí tiene derecho a recibir el finiquito. De la misma manera, también tendrá derecho a cobrar el paro si cumple con los requisitos establecidos.

Convenios colectivos: 10 preguntas para saber su impacto en la empresa y trabajadores

por Ana Alarcón Ruiz

Los convenios colectivos son esenciales para regular las condiciones laborales en las empresas. Existen dos tipos de convenio colectivos: el convenio de empresa y el convenio de sector. Dada su importancia, en CE Consulting, te contamos sus características, diferencias y su importancia para empresas y trabajadores.

convenios colectivos de trabajadores

¿Qué es un convenio de empresa y un convenio de sector?

Un convenio de empresa es un acuerdo negociado entre la empresa y los representantes de los trabajadores. Se aplica exclusivamente a esa organización. El convenio de empresa regula condiciones específicas como salarios, horarios y beneficios.

El convenio de sector es un acuerdo que abarca a todas las empresas de un mismo sector de actividad. Por ejemplo, comercio, construcción o sanidad. Se negocia entre los sindicatos y las organizaciones empresariales representativas del sector. El convenio de sector establece condiciones mínimas que deben cumplir todas las empresas incluidas en su ámbito de aplicación.

Diferencias entre convenio de empresa y convenio de sector

AspectoConvenio de EmpresaConvenio de Sector
Ámbito de aplicaciónSolo en la empresa que lo negociaTodas las empresas de un sector
NegociaciónEntre empresa y representantes de los trabajadoresEntre sindicatos y patronales del sector
CondicionesPueden mejorar las del sector o ajustarlas a la realidad de la empresaFija condiciones mínimas para todas las empresas del sector
FlexibilidadMayor, ya que se adapta a la situación de la empresaMenor, al establecer reglas generales para el sector

¿Qué clases de convenios colectivos puede haber?

Según su ámbito de aplicación, existen diferentes tipos de convenios colectivos:

  • Convenios sectoriales estatales y nacionales: estos afectan a todo el territorio estatal.
  • Convenios sectoriales autonómicos: afectan a una comunidad autónoma de un sector de actividad determinada.
  • Convenios sectoriales provinciales: afectan a una provincia en un sector de actividad determinado.
  • Convenios sectoriales interprovinciales: en este caso, estos convenios afectan a varias provincias.
  • Convenios sectoriales locales o comarcales: afectan a una localidad concreta.

¿Qué regula un convenio colectivo?

Los convenios establecen aspectos clave de la relación laboral. Son, por ejemplo: salarios y complementos; jornada laboral y horarios; vacaciones y permisos; seguridad y salud en el trabajo; formación profesional; planes de igualdad y políticas de inclusión.

Tanto el convenio sectorial como el de empresa garantizan derechos y obligaciones para las partes.

  • Por una parte, para las empresas. El convenio de empresa permite mayor adaptación a sus necesidades operativas, mientras que el convenio de sector garantiza estabilidad y condiciones comunes en el mercado.
  • Para los trabajadores, tanto el convenio de empresa como el sectorial constituyen una plataforma de mejora de sus condiciones, ajustándolas a las características concretas de su actividad.

¿Por qué son importantes los convenios colectivos para la empresa y el trabajador?

En lo que respecta a materia salarial, el convenio de sector establece el salario mínimo que deben pagar las empresas del sector, garantizando equidad y evitando competencia desleal. Aunque antes un convenio de empresa podía fijar salarios inferiores a los del sector, la reforma laboral ha limitado esta opción, priorizando los mínimos sectoriales.

También los convenios establecen los límites máximos sobre horas extras, pudiendo mejorar las opciones de descanso y compensación.

Además, los convenios colectivos son importantes para elaborar el plan LGTBI y el protocolo de prevención de violencia sexual. Desde 2022, las empresas con más de 50 trabajadores deben implementar un Plan LGTBI para prevenir la discriminación y fomentar la inclusión. Los convenios pueden establecer medidas específicas, como protocolos contra la discriminación, permisos para trámites de cambio de identidad de género o formación en diversidad.

La ley indica que las medidas serán pactadas a través de negociación colectiva. Además, que el procedimiento a seguir y/o la obligación de negociar dependerá de si la empresa aplica un convenio colectivo de ámbito empresarial, de ámbito superior o si no aplica convenio. Los plazos también dependen de si existe representación legal en la empresa o no. Lo mismo ocurre con el protocolo de prevención de violencia sexual. Es importante que la empresa consulte el convenio colectivo de la empresa antes de desarrollar el mencionado protocolo, para ajustarlo a las particularidades que éste pueda marcar.

¿Qué convenio tiene prioridad sobre otro?

Una empresa debe tener en cuenta que las condiciones laborales del personal contratado deben regirse por el convenio colectivo del sector de actividad al que pertenezcan dentro del ámbito geográfico en el que se encuentren, prevaleciendo el de ámbito provincial sobre el autonómico y éste sobre el estatal.

En general, tiene prioridad el convenio de sector en materia salarial. Sin embargo, el convenio de empresa puede seguir regulando aspectos como la jornada laboral o los turnos. En ausencia de un convenio de empresa, se aplica el de sector correspondiente.

En caso último de que no existiera ni uno ni otro, la empresa deberá regirse por el Estatuto de los Trabajadores. También prevalece esta legislación si algún aspecto no se encuentra recogido en el convenio colectivo o del sector.

¿Puede una empresa tener más de un convenio colectivo?

Si hay diferentes actividades de la empresa y están claramente separadas sería posible que se aplicaran diferentes convenios en una misma empresa. La empresa o el trabajador puede acceder a los convenios colectivos a través del Boletín Oficial del Estado (BOE), en los boletines oficiales de las Comunidades Autonómicas, en REGCON-MEYSS. Y además, en la Comisión Consultiva de Convenios Colectivos puede realizar consultas al respecto.

¿Qué es el seguro de convenio colectivo?

El seguro de convenio colectivo es un seguro obligatorio si así lo establece el convenio colectivo aplicable a la empresa. Su finalidad es proteger a los trabajadores cubriendo indemnizaciones en caso de fallecimiento o invalidez derivadas de accidente laboral, enfermedad profesional o, en algunos casos, enfermedad común o accidentes no laborales. No hay que confundirlo con la mutua de accidentes de trabajo. Este último ofrece asistencia sanitaria en caso de accidente laboral o enfermedad profesional.

Todas las empresas cuyo convenio colectivo lo exija deben contratar este seguro para sus trabajadores, independientemente del número de empleados. La póliza se actualiza anualmente según la plantilla media de la empresa. El no tener este seguro podría generar sanciones a la empresa. Y, en caso de algún siniestro, la empresa deberá asumir el pago de la indemnización con su propio patrimonio. Y los administradores pueden ser responsables civiles subsidiarios.

¿Cómo se negocian los convenios colectivos?

La negociación de un convenio colectivo sigue un proceso regulado en el Estatuto de los Trabajadores. Las partes involucradas (sindicatos y empresas) presentan sus propuestas que son analizadas y perfiladas hasta conseguir el consenso de las partes. Posteriormente, el convenio debe ser registrado y publicado en el BOE o boletines autonómicos para su aplicación.

¿Qué sucede si no se aplica el convenio colectivo adecuado?

Si una empresa no aplica el convenio correcto, los trabajadores pueden reclamar sus derechos ante la Inspección de Trabajo o los tribunales. Esto puede derivar en sanciones económicas y en la obligación de pagar las diferencias salariales y otros beneficios no reconocidos.

¿Cómo afectan los convenios colectivos al teletrabajo y la conciliación?

Cada vez más convenios incluyen regulaciones sobre teletrabajo, como compensaciones por gastos de conexión o derecho a la desconexión digital. Desde la Ley del Teletrabajo (Ley 10/2021), muchas empresas han tenido que adaptar sus convenios para incluir medidas sobre:

  • Compensaciones por teletrabajo, como ayudas para internet, electricidad o material de oficina.
  • Derecho a la desconexión digital, evitando llamadas o correos fuera del horario laboral.
  • Flexibilidad horaria para favorecer la conciliación familiar.
  • Adaptación de turnos y permisos, especialmente para trabajadores con hijos menores o dependientes a cargo.

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